>>>Corresponde destacar que la mediatización de datos sensibles como la publicidad de las medidas dispuestas motivó que este Ministerio Público Fiscal solicitara al Juez Federal de Esquel que ordenara, en esta causa, el secreto del sumario, lo que fue concedido mediante resolución fundada el 14 de agosto pasado, toda vez que las circunstancias señaladas por esta parte se circunscribían al presupuesto previsto en el artículo 204 del Código Procesal Penal de la Nación. Dicha medida, si bien limita a las partes a tener acceso a la tarea investigativa, tiene como principal objetivo minimizar cualquier riesgo que pudiera ocasionar la publicidad de la misma, tanto en su producción como en su resultado. Por último, sin perjuicio de ser la hipótesis delictiva inicial de la causa, se solicitó al Juzgado Federal la recaratulación de la causa, que ha quedado registrada como EXPTE FCR 8232/2017 “N.N. s/ desaparición forzada de personas Art. 124 ter del Código Penal”.
Fiscalía Federal de Esquel, 24 de agosto de 2017<
Fuente: Fiscales Argentinos
http://www.fiscales.gob.ar/violencia-institucional/comunicado-de-la-fiscalia-federal-de-esquel-en-relacion-a-la-investigacion-por-la-desaparicion-forzada-de-santiago-maldonado/