ACTUALIZADO Abril. Noticias sobre Leyes Reparatorias. Agrupados

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27 de Abril – El Estado Argentino reconoció el exilio forzado de una familia pampeana.
La Sala V de la Cámara Federal Contencioso Administrativo reconoció el derecho a reclamar un resarcimiento por todo el tiempo que pasaron fuera del país a Martín Solé, hijo de Miguel Solé, militante peronista pampeano exiliado en Suecia durante la última dictadura militar.
El fallo, firmado por Pablo Gallegos Fedriani, Jorge Federico Alemany y Guillermo F. Treacy, favorece al ingeniero Químico Martin Solé (40), que regresó a la Argentina desde Suecia en 1984, cuando tenía 8 años, por integrar una familia que se vio obligada a dejar el país ante la existencia de un peligro real hacia la vida de su padre, sobre quien pesaba un pedido de captura por considerarlo integrante de Montoneros.
>>>El caso de Solé se circusncribe a los estipulado por el máximo tribunal nacional. Martín Solé explicó que el fallo favorable “salió el 10 de marzo de 2016. Según la ley 24043, se permite a quienes hayan vivido en el exilio durante la última dictadura militar argentina comiencen el trámite ante la secretaria de DDHH de la Nación, no es algo sencillo, pero tampoco imposible”.>>>
Fuente: Plan B
http://www.planbnoticias.com.ar/v2/el-estado-argentino-reconocio-el-exilio-forzado-de-una-familia-pampeana/

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REUNIÓN DE EX-EMPLEADOS DEL ESTADO, CESANTEADOS POR RAZONES POLÍTICAS O GREMIALES BAJO EL TERRORISMO DE ESTADO

Una reunión de ex-empleados del Estado cesanteados por el terrorismo de Estado, se realizará el Lunes 13 de Octubre a las 14:30 hs. en el local de la Mutual Sentimiento sito en Av. Lacroze 4181 – Piso 1° (CABA). La misma es organizada y coordinada por la Comisión de Cesanteados de Capital Federal y pueden participar cesanteados de todo el país, de nivel nacional, provincial o municipal…..

http://www.nodo50.org/exilioargentino/?p=570

Ordenan indemnizar a exiliados de los 70. Por Néstor Esposito.
La Justicia hizo lugar al resarcimiento PREVISTO por la Ley 24043. El fallo benefició a Carlos Gonçalves, empleado judicial y militante, y su familia. Debieron refugiarse en España un año después del Golpe. La justicia le concedió la indemnización para perseguidos políticos durante la dictadura a un matrimonio y sus seis hijos. Carlos Gonçalves era empleado judicial y militante del peronismo revolucionario en una agrupación denominada «Movimiento Revolucionario 17 de octubre». Gonçalves y su familia habían pedido el resarcimiento al Ministerio de Justicia, pero fue rechazado porque «no existía prueba contundente que acreditara la persecución personal y directa alegada que habría motivado su salida del país». > Fuente: Tiempo Argentino http://tiempo.infonews.com/nota/132708/ordenan-indemnizar-a-exiliados-de-los-70

La Corte Suprema reconoció indemnización a nacidos en el extranjero durante el exilio de sus padres en la dictadura.
Se consideró que la permanencia en el país extraño no fue una decisión voluntaria de ninguno de los hijos de los exiliados, por lo que el lugar de nacimiento carecía de trascendencia para el reconocimiento del derecho que reclamaban
La Corte Suprema consideró hoy que la indemnización prevista en la ley 24.043 es debida no sólo a quienes se exiliaron durante el período comprendido entre el 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983 para salvar su vida o su integridad, sino también a sus hijos, nacidos en el extranjero.
Fuente: La Nación http://www.lanacion.com.ar/1727715-la-corte-suprema-reconocio-indemnizacion-a-nacidos-en-el-extranjero-durante-el-exilio-de-sus-padres-en-la-dictadura

La Corte ordenó indemnizar a las hijas de una pareja de exiliados en la dictadura, nacidas en Venezuela
Por primera vez, cobrarán el beneficio reconocido para quienes sufrieron persecuciones políticas en Argentina.
La Corte Suprema de Justicia ordenó hoy que el Estado indemnice a las hijas de una pareja que tuvo que partir al exilio durante la dictadura. Por primera vez, entonces, dos mujeres nacidas en el extranjero recibirán el beneficio económico que hasta ahora sólo cobraban quienes habían tenido que partir al exilio para escapar de la represión ilegal.
Fuente: Clarín http://www.clarin.com/politica/Corte_Suprema-indeminzacion-dictadura-hijas-Venezuela_0_1213079104.html

La Corte reconoció el derecho a indemnización de los hijos del exilio
El fallo de la Corte favoreció a Eleonora Lucía y Ana de las Mercedes de Maio, hijas del matrimonio de Tomás de Maio y Ana del Pozo. El tribunal consideró probado que en el ’75 y el ’76 el matrimonio estuvo privado de su libertad, fueron despedidos de sus empleos y se fueron a Bolivia, para luego radicarse en Venezuela, donde nacieron sus hijas.
La Corte Suprema de la Nación reconoció el derecho a indemnización de los hijos nacidos en el exterior, cuyos padres debieron exiliarse para salvar sus vidas, confirmaron hoy fuentes judiciales a la agencia Télam. El máximo tribunal revocó una sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y concluyó que la indemnización prevista por la ley 24.043 corresponde no solo a quienes debieron irse del país entre el 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983, sino también a sus hijos nacidos en el extranjero.>
Fuente: Infojus http://www.infojusnoticias.gov.ar/nacionales/la-corte-reconocio-el-derecho-a-indemnizacion-de-los-hijos-del-exilio-5670.html

Contiene el fallo completo en PDF. En las causas “De Maio Ana de las Mercedes c/ Mº J y DDHH” y “De Maio Eleonora Lucía c/ Mº J y DDHH”, la Corte Suprema –con las firmas de los Dres. Lorenzetti, Highton, Fayt, Maqueda y Zaffaroni- consideró que la indemnización prevista en la ley 24.043 es debida no sólo a quienes se exiliaron durante el período comprendido entre el 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983 para salvar su vida o su integridad, sino también a sus hijas, nacidas en el extranjero.>
Fuente: Agencia del CIJ http://www.cij.gov.ar/nota-14043-La-Corte-reconoci–indemnizaci-n-a-nacidos-en-el-extranjero-durante-el-exilio-de-sus-padres-en-la–ltima-dictadura.html

DECISIÓN DE LA CORTE SUPREMA A FAVOR DE QUIENES NACIERON EN EL EXILIO ENTRE 1974 Y 1983 Con derecho a percibir una indemnización
El máximo tribunal reconoció la legalidad del resarcimiento para dos hijas de exiliados en Venezuela. “Se vieron forzadas, como consecuencia directa del accionar ilegítimo del Estado, a ser criadas en un entorno diferente del que debieron pertenecer”, argumentó.
Fuente: Pagina12
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-255490-2014-09-17.html

(*) AGRADECEMOS A LOS COMPAÑEROS QUE NOS ENVÍAN INFORMACIÓN RELATIVA A LEYES REPARATORIAS, INFORMACIONES QUE DIFUNDIMOS POR NUESTROS MEDIOS

Un comentario sobre “ACTUALIZADO Abril. Noticias sobre Leyes Reparatorias. Agrupados”

  1. Fuimos indemnizados 4 miembros de la familia, somos cinco la más joven de mis hijas recibió un veredicto contrario pues según las respuestas que nos dieron el escrito presentado por el abogado no era conforme con el formato establecido. El veredicto fue dado por la suprema corte de justicia. Podría decirme si hay algún recurso para revertir ese veredicto?

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