25 de Julio – Para los hijos del exilio.

El máximo tribunal revocó una decisión de la Cámara en lo Contencioso y ratificó el reconocimiento a quienes, durante el terrorismo de Estado, fueron “impedidos de nacer en la patria de sus padres por razones completamente ajenas a ellos”.
La Corte Suprema de Justicia ratificó el derecho a ser indemnizados como víctimas del terrorismo de Estado de las personas nacidas en el exterior tras el exilio de sus padres durante la última dictadura.>
Fuente: Pagina 12
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-277868-2015-07-25.html

NOTA del CEAM . Información relacionada publicada en Septiembre de 2014
Con derecho a percibir una indemnización
Decisión de la Corte Suprema a favor de quienes nacieron en el exilio entre 1974 y 1983,
El máximo tribunal reconoció la legalidad del resarcimiento para dos hijas de exiliados en Venezuela. “Se vieron forzadas, como consecuencia directa del accionar ilegítimo del Estado, a ser criadas en un entorno diferente del que debieron pertenecer”, argumentó.>
Fuente: Pagina 12
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-255490-2014-09-17.html

Mas información
Fuente: Colectivo expresos politicos y detenidos de Rosario
http://colectivoepprosario.blogspot.com.es/2014/09/decision-de-la-corte-suprema-favor-de.html