¿HAY SOLUCIÓN A LA CÁRCEL?

A día de hoy está es la realidad y la dirección en la que se mueven las cárceles y centros de menores del Estado español. Una realidad bastante mala, que a veces parece inamovible. Pero no hay que olvidar que es otra realidad construida por el tiempo y las personas, y que por lo tanto el tiempo y las personas pueden transformarla.

La transformación pasa por desarrollar modelos de resolución de conflictos que no pasen por el castigo a través del encierro y la violencia bajo custodia del Estado. Desde una perspectiva abolicionista la cárcel es «metáfora» de la sociedad, así que transformar la sociedad sirve para cambiar la cárcel, de igual manera que transformar la cárcel es cambiar la sociedad. Esta ecuación lleva a pensar que el ideal sería aplicar las mismas medidas, al mismo tiempo, en uno y otro ámbito. Un ejemplo vuelve a ser el de la droga: despenalizar el consumo y tráfico a pequeña escala de sustancias psicoactivas supondría, de un lado, reducir entre un 50 y un 70% el número de personas presas, y de otra reducir lo mismo o más el número de delitos cometidos fuera de prisión. De hecho, si la «privación de libertad» se aplicara sólo en delitos contra las personas, el 85’6% de la población penitenciaria (un 84’9% de los presos y un 94’1% de las presas) podría estar fuera de la cárcel a día de hoy.

Y siendo cierto que a ciertas personas se puede seguir considerando necesario mantener bajo control por su peligrosidad real hacia la integridad física de otras personas, habría que aplicarles medidas de contención que no supusiesen violación de ningún otro de sus derechos, más que el de la «libertad de movimiento», lo que supondría construir unas estructuras distintas de lo que hoy llamamos cárcel… «albergues de control», sugirió un ex-preso, unos espacios de los que la «persona controlada» no puede salir, pero en los que la familia, las amistades y las asociaciones de apoyo y asistencia puedan entrar sin ninguna limitación y cuando lo deseen. Estos albergues estarían en la comunidad de origen de la persona, serían pequeños, y contarían con más medidas de asistencia social y sanitaria que de control y seguridad. Unos espacios que significarían la traslación de las medidas de reducción de daños al ámbito penitenciario. Unos espacios que serían un primer paso desde el que luego imaginar nuevas soluciones.

Además, las «alternativas a la cárcel» ya existen: hay fórmulas de justicia colectiva que ya exploran esos campos, como las reservas Mohawk en Canadá y Québec, que utilizan un sistema de «Circle sentence» (sentencia circular) en la que de forma colectiva la persona agredida, el agresor y los representantes de la comunidad consensúan una sentencia de obligado cumplimiento por las partes, en la que el principal objetivo es el resarcimiento de la parte ofendida y la reparación (cuando es posible) del daño causado. Y si bien es cierto que quizá esta fórmula no sea aplicable a una sociedad moderna en su conjunto, quizá si lo sea en ámbitos de conflictos en comunidades pequeñas, o en casos de violencia dentro de la familia, que es donde mayor número de Circle sentencies han sido dictadas con resultados positivos.

De todas formas, no es cuestión de copiar modelos sino de construir los propios. De hecho bastaría con aplicar de forma más amplia los ya existentes, como los trabajos en beneficio de la comunidad o los cumplimientos en comunidades terapéuticas, que recoge la actual legislación vigente. Porque el actual modelo de castigo penitenciario es un modelo que nos está llevando a tener que enfrentarnos cada día a más conflictos, entre otras cosas porque ayuda a agrandar las desigualdades socioeconómicas. Por ello mismo hay que buscar fórmulas de control y contención de los conflictos que sirvan para reducir esas desigualdades. Porque la cárcel es fábrica de violencia y discriminación, así que si no la combatimos producirá más violencia y más discriminación… en beneficio de las elites socioeconómicas de siempre.

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