GUIA SOBRE LAS AYUDAS SOCIALES PUBLICAS VASCAS DISPONIBLES

Vamos a hablar fundamentalmente de dos tipos de ayudas, el «Ingreso Mínimo de Inserción» (IMI) y las «Ayudas de Emergencia Social» (AES). Las ayudas municipales son casi idénticas a las AES. Existen ayudas específicas para infancia, mujeres, inmigrantes, drogodependientes, minorías étnicas y ex-presidiarios. La asistenta te lo amplirá y también puedes informarte en los servicios de Bienestar Social de la Diputación.

I.M.I. (INGRESO MINIMO DE INSERCION)

1. Lo cobran a fecha julio de 1999 lo que antes eran unidades familiares sin recursos y ahora llaman unidades económicas de convivencia independiente también sin recursos o que, aún con algún tipo de ingresos, no alcancen las 50.815 pesetas mensuales (una “unidad” de un miembro), 64.800 (dos miembros), 74.120 (tres miembros), 83.440 (cuatro miembros), 92.760 (cinco miembros) y a partir de aquí 5.060 por miembro.

2.- Consiste en 50.815 pesetas mensuales (familia de un miembro), 64.800 (dos miembros), etcétera. A los que tienen ingresos inferiores a esas cantidades se les entrega el resto hasta 50.815, 64.800 o lo que corresponda.

3.- El IMI es un derecho. Se concede a todo el que lo solicite y cumpla los requisitos. Hay que esforzarse para adecuarse a los requisitos. La asistenta te pedirá una serie de documentos. Tómate con calma el papeleo.

4.- El/La solicitante debe ser mayor de 25 años; estar apuntado en el paro (INEM); llevar al menos un año empadronado en la Comunidad Autónoma Vasca y fuera del hogar familiar.

5.- La legalidad vigente contempla estas excepciones:
– Matrimonios o parejas de hecho registradas.
– Familias monoparentales con hijos. Se obliga a denunciar al ex para cobrar las ayudas alimentarias correspondientes.
– Divorcio o separación reciente.
– Mujeres que hayan sufrido malos tratos.
– Personas con minusválidos a su cargo.

6.- Son ingresos lo que se declara a Hacienda, ya que se solicita la declaración de la renta o certificado de no haberla hecho. Otros ingresos (chapuzas, limpiar escaleras, cuidar niños, clases particulares…) no se cuentan mientras la asistenta no los conozca. Si los conoce, ella puede contabilizarlos e incluso se dan casos en que la asistenta te ofrece trabajo sumergido que luego te descuenta del IMI o no a su albedrío. En algunos lugares (Vitoria) el Departamento de Bienestar Social vigila con patrullas de municipales a sospechosos de estar trabajando.

7.- Ten cuidado con los bienes que tienes a tu nombre (plazos fijos, pisos, garajes…), porque te pueden dar un disgusto. Las asistentas no preguntan por el coche y su criterio para denegar es que no superes los dos millones de pesetas en bienes o en metálico.

8.- Recuerda que puedes vivir en un sitio y estar empadronado en otro siempre que la asistenta no lo sepa. Al solicitar el IMI quizá envíe agentes municipales a comprobar. Tenlo previsto (haz la escalera, aparece en el contestador automático, que los residentes lo confirmen, si es posible habla con los vecinos, un cartelito en el buzón con tu nombre…), porque a veces los municipales investigan que ni James Bond.

9.- Se computan los ingresos de todos los miembros de la familia con quienes estás empadronado. A poco que sean (una pensión…), seguramente superarán las cantidades comentadas. Al parecer, la familia tiene que mantenerte por obligación. Si eres soltero/a intenta empadronarte solo, porque te facilitará las cosas.

10.- Si sólo puedes empadronarte en un piso compartido nunca debes reconocer relación de amistad, porque según la ley vasca contra la exclusión social de 1998 y sus reglamentos de aplicación también los amigos han de mantenerte. Entonces puedes acogerte a varias figuras:

– Si el piso compartido está en régimen de alquiler, puedes firmar un contrato de subarrendamiento (una habitación) a través de la Cámara de la Propiedad. Te piden fianza.
– Si el piso es propiedad de un residente o se trata de una pensión tu figura es el pupilaje (estar de patrona).
– Las anteriores responden a casos reales, por los que además se puede pedir una AES. Si no encajas en ellas puedes y te recomendamos alegar «extrema necesidad», por la cual alguien te acoge sin pedirte dinero. Sólo has de decir a la asistenta que no tienes recursos para pagar un alquiler ni un subarrendamiento. No necesitas presentar ningún documento donde conste que pagas algo. Basta que estés empadronado.

11.- En Guipúzcoa si está en Diputación el día 21 cobras desde el mes siguiente. En Álava y Bizkaia el IMI tarda en concederse 2-3 meses desde que lo solicitas pero esos meses se pagan como atrasos. Si surgen problemas burocráticos, no renuncies a ellos. Se renueva cada año o cada seis meses, depende del pueblo. Puedes pararlo por ejemplo por un trabajo eventual, pero para volver a cobrarlo te piden otra vez todos los documentos actualizados.

12.- Si es posible, rellena tu propia solicitud, no te limites a firmarla. Exige un resguardo donde aparezca la fecha de solicitud del IMI, aunque la asistenta crea que no hace falta. Así conjuras posibles traspapeleos o recortes en los atrasos. Si no hay impresos o la asistenta se niega, puedes meterlo a su nombre por el registro del Ayuntamiento, quedándote con una copia.

13.- Al concederte el IMI tal vez te obliguen a aceptar un «convenio de inserción» o lo que es lo mismo, cursillos inútiles porque parece que hay que tenernos ocupados. Si no te interesa y tardan más de ocho meses en ofrecértelo puedes negarte. Si tardan menos de ocho meses exige un cursillo que te interese (no necesariamente de la lista de la asistenta) e insiste en que te lo paguen con gastos incluidos. En Sestao vale estar en la Asamblea de Parados.

A.E.S. (AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL)

1. Aunque en teoría pueden solicitarlas todas aquellas personas con ingresos inferiores al 150% del IMI (una persona sola un máximo de 69.225 pesetas mensuales, dos personas máximo de 90.000 y así sucesivamente), en la práctica se conciben como un complemento para los beneficiarios del IMI. Consulta la tabla de ingresos según el número de miembros de la unidad económica de convivencia independiente.

2.- Sólo hay que llevar seis meses empadronado fuera del hogar familiar y ser mayor de 18 años. El mejor momento para solicitarlas es entre octubre y febrero, coincidiendo con la aprobación de los presupuestos.

3.- Al contrario que el IMI, las AES no son un derecho, es decir, se conceden cuando las instituciones y/o las asistentas lo consideran oportuno/quieren/pueden. Pueden dártela un año y quitártela al siguiente. El problema, que a la vez es magnífica excusa, es la escasez presupuestaria con que están dotadas.

4.- Contemplan dos necesidades principales: vivienda y salud. Además cualquier otra circunstancia que a juicio de la asistenta merezca la calificación de emergencia (luz y agua, entierros, electrodomésticos, reparaciones en la vivienda…).

5.- Vivienda: se dan ayudas para pago de alquileres y para pago de hipotecas. Las hipotecas deben haberse suscrito cuatro años antes de solicitar la Ayuda. En Barakaldo las AES se piden y conceden semestralmente desde 1999. En teoría pueden cubrir hasta el 90% del importe total, pero en la práctica se conceden ayudas de en torno a 200.000 pesetas anuales y búsquese usted el resto. Excepciones aparte.

6.- En cuanto a Salud las AES atienden aquellas necesidades que no cubre Osakidetza: dentista, gafas, atención psicológica o psiquiátrica. Claro que la salud es algo muy amplio y para alguien puede ser una auténtica necesidad ir a la piscina, a un gimnasio o a la playa. Más aún los niños. Pide certificados a tu médico. Las cantidades suelen ser las mismas que para la vivienda.

7.- En teoría tú puedes pedir una AES para cada una de tus necesidades de emergencia. Ocurre que si te dan para una cosa, es difícil que te concedan para otra. Si pides las que necesitas, luego no saldrán estadísticas pregonando que se conceden el 95% de las ayudas solicitadas. La asistenta tiene la obligación de tramitarte todo lo que tú le pidas.

8.- Pide un resguardo donde se especifique la fecha en que solicitas tu AES y la cantidad pedida. Exige a la asistenta que incluya la cantidad completa que necesitas, no la que ella cree que van a darte. Con el resguardo podrás reclamar si te deniegan la ayuda o sólo te dan una parte insuficiente.

DONDE DIRIGIRSE

LA persona a que debes dirigirte es la asistenta social que te corresponde según la calle donde estás empadronado.

– Si no estás de acuerdo con la respuesta de la asistenta o con su forma de atenderte anímate a reclamar a la asistenta, al concejal delegado de Bienestar Social, al alcalde, al Departamento de Bienestar Social de la Diputación, al ararteko. Solicita entrevistas y entrega reclamaciones por escrito.

– Berri-Otxoak es una plataforma contra la exclusión social, ni agentes institucionales ni hermanitas de la caridad. Con esa premisa ahí van unos

CONSEJILLOS PRÁCTICOS

LA asistenta es una trabajadora a quien se ha encargado dar el visto bueno a las ayudas sociales. Desde luego tiene superiores políticos que le marcan directrices y le piden cuentas. En algunos lugares (Rentería) están subcontratadas como autónomas, nada menos. Cada una tiene su carácter, compromisos personales e ideología. No es tu amiga ni tu confidente.

– Prepara la entrevista e intenta llevar los papeles preparados. Puedes acudir con alguna amistad, pero que no sea de las que tienen que mantenerte de por vida, o al menos no lo confeséis.

– Compórtate con corrección y dignidad. Expónle objetivamente tu situación de falta de recursos pero no entres en detalles íntimos. A la asistenta no le interesa si tienes novio/a, y si te lo pregunta córtala. Ten en cuenta que si sospecha que tienes pareja (aunque no estés registrado, ni mucho menos casado) tendrá en cuenta los ingresos de ambos. Y aunque ninguno de los dos tenga ingresos, lo que podrían ser dos IMIs separados (50.815 x 2 = 101.630 pesetas), se convierten en uno con una persona a cargo (64.800 pesetas).

– Los datos que proporcionas a la asistenta son confidenciales. Nunca podrán salir de los departamentos de Bienestar Social del ayuntamiento o la Diputación, por ejemplo a Hacienda. Deja claro a la asistenta que lo sabes.

– La vía administrativa (asistenta-concejal-alcalde-Diputación) no siempre es satisfactoria. La solicitud de ayudas públicas está pensada como una carrera de obstáculos para que abandones. Ármate de energía e insiste. La experiencia indica que exponer la situación a la prensa y tomar medidas llamativas (encerrarse en el Ayuntamiento hasta que te den una solución, acampar a la puerta o lo que la imaginación te sugiera) reaviva los trámites burocráticos.

– Es una reflexión falsa echar la culpa a otras personas sin recursos (que si los gitanos, que si el vecino…) de que nos denieguen ayudas sociales. Si las instituciones públicas quisieran, solucionarían más situaciones difíciles poniendo dinero o trabajo digno o viviendas asequibles encima de la mesa. Los 17 cargos de confianza y concejales liberados del Ayuntamiento de Barakaldo cobran 125 millones de pesetas al año en sueldos, dietas y gastos de representación aparte. Dineros públicos, haberlos haylos.

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