LA NUEVA TORTURA: LA TORTURA BLANCA

Las formas de aplicar la tortura son muy numerosas. Hay que partir de la definición que la Convención de las Naciones Unidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de 1948, hace de la tortura: ” … todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instancia suya o con su consentimiento”.

El problema de esta definición, en principio muy abierta, es cómo valorar la “gravedad” de los sufrimientos, un hecho que ha sido utilizado por diversos estados para legalizar ciertas prácticas de castigos físicos (como es el caso Estado de Israel), o ciertas técnicas de presión psicológica durante los interrogatorios (como sería el caso de los EE.UU). De todas maneras, lo que sí es evidente es que las técnicas más físicas y evidentes (amputaciones, aplicaciones de corriente eléctrica, golpes mecánicos con objetos contundentes) están siendo sustituidas por técnicas más sutiles, enfocadas a atacar las resistencias psicológicas y a eliminar las “marcas” físicas, razón por la que se denomina a estas prácticas como tortura blanca.

La tortura blanca también tiene un aspecto físico, si bien reviste unas características que podríamos definir como “pasivas” frente a las tradicionales formas “activas” de la tortura convencional. Con esto nos referimos a situaciones como la privación del sueño, la obligación a mantenerse posturas incómodas y muchas veces anti-naturales o las asfixias con bolsas de plástico, técnicas que en su aplicación se enfocan a lo corporal pero que, por una parte, no dejan marcas y, por otro lado, pretenden causar un mayor daño psíquico que físico. La evolución y aplicación de estas técnicas de tortura blanca están más desarrolladas en los estados occidentales que intentan mantener su apariencia de “democracias formales” y “estados de derecho”, puesto que son unas torturas mucho más difíciles de demostrar en los juzgados, donde no hay pruebas físicas que aportar. Esto es así porque muchas veces estas técnicas se concentran en la agresión sensorial (exposición a sonidos y luces intensos) o incluso en la privación sensorial (pasar horas en oscuridad y silencio totales). Algunas técnicas son tan puramente psicológicas que se presentan de una forma sólo verbal, o se trata de simulaciones (simulación de ejecución, simulación de agresión sexual, etc.) que juegan con el miedo de la persona detenida que puede, en su subconsciente, llegar a vivir y sufrir como reales situaciones fingidas por sus torturadores.

En muchas ocasiones estas técnicas se combinan para intensificar su efecto, así, tras un largo período de privación de sueño, agresiones verbales, alteraciones sensoriales (a veces con aplicación de sustancias psicoactivas) llega una simulación (como puede ser la de convencer a la persona detenida que en la habitación de al lado se está dando una paliza a un familiar, paliza de la que oiría los golpes y gritos) que puede terminar por romper la resistencia psíquica y emocional de la persona para que firme una autoinculpación reconociendo haber hecho cosas que nunca han ocurrido. Una grabación sin audio de una sesión de este tipo lo único que mostraría es una persona nerviosa que no puede dormir y a la que en ningún momento se le ha puesto la mano encima.

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