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Detengan el Genocidio sobre la niñez en la Franja de Gaza, el mayor campo de concentración del mundo

Domingo 11 de enero de 2009 por CEPRID

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El Tribunal Internacional sobre la Infancia llama a detener el Genocidio sobre la niñez en la Franja de Gaza, el mayor campo de concentración del mundo

EL Fiscal Internacional pide detener los crímenes de lesa humanidad contra la población palestina en la Franja de Gaza, asediada y convertida en un campo de concentración contra la vida y la dignidad humana del pueblo palestino

El Tribunal Internacional sobre la Infancia afectada por la Guerra y la Pobreza de la Mision Diplomatica Internacional Humanitaria RWANDA 1994 , a través de su Presidente Internacional, Sergio Tapia y Fiscal Internacional de Derechos Humanos del Tribunal Internacional contra los Crímenes de Lesa humanidad y el Genocidio, denuncia y llama a la comunidad internacional a proteger a la infancia palestina de la Franja de Gaza, convertida en el mayor campo de concentración del mundo, tras los continuos ataques aéreos, bombardeos diarios del ejército israelí, apuntando indiscriminadamente a civiles, llevando a la población palestina a la hambruna forzada, de 1,5 millones de personas al cerrar todas las fronteras y sometida y asesinada la infancia como el bombardeo que ha impactado en una boda cercana al edificio del Ministerio del Interior en la ciudad de Gaza, con 15 edificios de apartamentos dentro del radio objetivo del ataque aéreo israelí Una mujer fue asesinada y otros 47 heridos – donde las victimas de estos crímenes de lesa humanidad en su mayoría niños y mujeres que estaban dentro de sus casas o jugando en la calle.

El Tribunal Internacional sobre la Infancia afectada por la Guerra y la Pobreza de la Misión Diplomática Internacional Humanitaria RWANDA 1994 señala que la Franja de Gaza vive y sufre la tragedia de los crímenes de guerra, y el crimen de genocidio, por parte de las fuerzas de ocupación israelíes, responsables de cometer actos de crímenes de lesa humanidad contra la infancia palestina y la población civil en la ultima decada como: ataques aéreos sobre el Estado Palestino y campamentos de refugiados, matando niños, mujeres y ancianos.

Asi mismo el Fiscal Internacional de Derechos Humanos del Tribunal Internacional, el argentino Sergio Tapia afirma que no deja lugar a dudas sobre la intencionalidad de los ataques, se bombardea sistemáticamente viviendas, hospitales, automóviles no militares de gente que huye con el evidente fin de matar al mayor numero de civiles posible.

Atacando contra los civiles en las zonas ocupadas. Atacando al personal médico y sanitario cuando socorría a la población civil. Utilizando en estos bombardeos armas prohibidas con el objetivo de causar daño inmediatos o diferidos a la población civil, incluyendo a los niños: bombas de fragmentación, bombas de helio y bombas de uranio empobrecido.

Todos los actos ponen en evidencia por su coordinación, constancia y continuidad, que la población civil ha sido el objetivo principal, sino exclusivo de los ataques israelíes sobre la Franja de Gaza.

Los testimonios y la documentación recabados han podido verificar y señalar en todos los casos los daños de tipo personal, económico, medioambiental y psicológico sufridos por la infancia y el pueblo palestino como consecuencia de las acciones de guerra israelíes.

A) Daños a la Población Civil Palestina

B) Daños sicológicos

C) Daños económicos

D) Daños sociales

E) Daños medioambientales:

Por otra parte, estos hechos han producido y producen un verdadero derrotero tragico contra la salud de los infantes palestinos muriendo en los ultimos años mas de 50.000 niños palestinos, a consecuencia tambien del bloqueo cruel y ahora reafirmado este apartheid por el Muro del Genocidio contra Palestina.

Los actos llevados a cabo por las Fuerzas Armadas israelíes constituyen también una violación evidente del artículo 6 del Estatuto de la Corte Penal Internacional ("crimen de genocidio") y del artículo 2 de la Convención de 1948 para la prevención y prohibición del genocidio. En verdad, las consideraciones que llevan a declarar al Ejercito de Ocupacion Israeli culpable, no sólo de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad, de crimen de genocidio, son las siguientes: "la codificación de tal delito en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, tomado directamente de la Convención de Ginebra de 1948 y por lo tanto del Tribunal de Nuremberg, permite la atribución a muchos, si no a todos los conflictos de nuestra época, caracterizados un nivel tecnológico de las armas de guerra tan alto, que terminan por golpear siempre más a las poblaciones civiles que a las Fuerzas Armadas. En efecto, el artículo 6 del citado Estatuto enumera una serie de actos típicos de la actividad de guerra, hechos tales como "matar a los miembros de un grupo" o "causar graves lesiones a la integridad física o psíquica de personas que pertenezcan a un grupo", se convierten en actos de genocidio si se llevan a cabo" con la intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial o religioso", definición esta última en la cual la "intención" es fácilmente demostrada en el caso de la destrucción de una "parte" del "grupo nacional…" el exterminio de un pueblo hasta su desaparición".

Finalmente el Fiscal Internacional del Tribunal Internacional sobre la Infancia afectada por la Guerra y la Pobreza de la Misión Diplomatica Internacional Humanitaria RWANDA 1994, pide la intervención urgente de la comunidad internacional (Naciones Unidas, Union Europea, OEA, Unión Africana, Liga Arabe) para detener el genocidio contra la infancia y el pueblo palestino, terminar con el bloqueo de la Franja de Gaza y solicita la sanción por parte de la Corte Penal Internacional de los responsables de estos crímenes de lesa humanidad contra la niñez Palestina.

www.tribunalinternacional.tk


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