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Agroecología / Comunicados / Stop Ganadería industrial

Ecologistas en Acción Valladolid logra que se deniegue una ampliación del 50% de una granja porcina de cebo en Cogeces del Monte que suponía pasar de 3.288 a 4.952 cabezas por incumplir la distancia mínima al municipio

Sin embargo, la Consejería de Medio Ambiente, desoyendo el mismo argumento, no ha decidido actuar de oficio para anular la autorización ambiental con la que esta granja inició su actividad y ordenar, consecuentemente, su desmantelamiento

Miércoles 15 de mayo de 2024

El BOCYL del pasado 6 de mayo publicó la ORDEN MAV/373/2024, de 26 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León, por la que se deniega la modificación sustancial (MS-1) de la autorización ambiental para la explotación porcina ubicada en el término municipal de Cogeces del Monte (Valladolid), titularidad de «Pinos Albos, S.L.» (anteriormente de «Agrícola y Ganadera La Casilla, S.L.»). Expte.: 045-21-MSVA. Esta modificación suponía ampliar el número de plazas de esta explotación porcina de 3.288 a 4.952.

Se ven atendidas así las alegaciones que Ecologistas en Acción Valladolid presentó el pasado 7 de febrero en la parte en que solicitábamos que se denegara la modificación sustancial de la autorización ambiental solicitada, por su incompatibilidad con la normativa sectorial, al incumplir la distancia mínima al núcleo de Cogeces, pretensión que hemos visto reconocida.

Sin embargo, la Consejería de Medio Ambiente ha denegado la solicitud de que se declarara de oficio la nulidad de la Resolución de 24 de abril de 2013, de la Delegación Territorial de Valladolid, por la que se concedió autorización ambiental a esta explotación porcina por incurrir en el supuesto de nulidad de pleno derecho del artículo 47.1.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme a lo establecido en el artículo 106.1 de la misma.

La modificación sustancial de la autorización ambiental solicitada correspondía a la ampliación de una explotación intensiva de ganado porcino con capacidad final para 4.952 cerdos de cebo, lo que supone un total de 594,24 Unidades de Ganado Mayor (UGM), ubicada en el municipio de Cogeces del Monte (Valladolid), cuyos purines se gestionarían como abono agrícola en 242 hectáreas de los términos municipales de Torrescárcela (Valladolid) y Olombrada (Segovia).

¿Por qué razones nos oponíamos a esta ampliación?

Como pusimos de manifiesto en otras alegaciones presentadas en otra fase de la tramitación de este proyecto el 20 de septiembre de 2021, la explotación intensiva porcina que se pretendía ampliar se sitúa a una distancia de 880 metros del casco urbano de Cogeces del Monte, y por lo tanto incumplía la distancia mínima de 1.000 metros establecida por el Anexo V del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo. Se daba la circunstancia de que el Plano 3 del Proyecto medía dicha distancia desde el centro geométrico de la parcela, y no desde el lugar donde se alojan los animales más próximo al casco urbano de Cogeces del Monte, según establece el artículo 7.A.4 del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero. Aun así, el radio de un kilómetro grafiado interfería con el Suelo Urbano delimitado por las Normas Urbanísticas Municipales de Cogeces del Monte, como se aprecia en la imagen que ilustra este comunicado.

Esta circunstancia fue apreciada por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, que en consecuencia inadmitió la solicitud de evaluación de impacto ambiental por el incumplimiento de la legislación sectorial y su consecuente inviabilidad. Derivó todo ello en el informe desfavorable de la concesión de la modificación sustancial de la autorización ambiental para la ampliación de explotación porcina que se nos trasladó en audiencia a principios de 2024.

No obstante, en nuestras alegaciones presentadas al 7 de febrero también exponíamos que la misma situación de incumplimiento de la legislación sectorial se da en el caso de la autorización ambiental original, otorgada por Resolución de 24 de abril de 2013 de la Delegación Territorial de Valladolid (BOCyL de 13 de mayo de 2013), que de manera errónea señala que dicha explotación “cumple las distancias exigidas en el Real Decreto 324/2000 de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas”, por lo que solicitamos que dicha autorización debía revocarse para en consecuencia ordenar el desmantelamiento de la explotación ganadera citada, si bien no hemos visto atendida esta segunda pretensión.