Portada del sitio > Agroecología > Alegaciones a la solicitud de autorización ambiental y Evaluación de (...)

Agroecología / Comunicados / Ganadería industrial

Alegaciones a la solicitud de autorización ambiental y Evaluación de Impacto Ambiental de una ampliación de una explotación porcina de cebo de 2.000 a 4.182 plazas en Castroponce

Registradas el 24 de julio de 2020

Viernes 24 de julio de 2020

Ecologistas en Acción Valladolid registró el pasado 24 de julio de 2020 un escrito de alegaciones en la fase de información pública relativa a la solicitud de autorización ambiental y Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto de una ampliación de una explotación porcina de cebo de 2.000 a 4.182 plazas, en el término municipal de Castroponce (Valladolid), PROMOVIDA POR IVÁN ORTEGA DEL REY, Expte.: 007-20AAVA, publicado en el BOCYL de 22 de junio de 2020, escrito dirigido al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Valladolid de la Junta de Castilla y León, solicitando:

  • Primero. Dicte una declaración de impacto ambiental desfavorable y en consecuencia deniegue la autorización ambiental solicitada, por su incompatibilidad con la normativa ambiental.
  • Segundo. Subsidiariamente, conforme al artículo 38 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, inste al promotor a que redacte una nueva versión del estudio de impacto ambiental que analice adecuadamente los impactos acumulativos del proyecto sobre el aire y el agua, en conjunción con las restantes explotaciones porcinas que afecten a la misma zona, tomando en consideración la superación de los objetivos ambientales legales de nitratos, adoptando en su caso las mejores técnicas disponibles orientadas a reducir las emisiones a la atmósfera y al agua mediante el tratamiento previo de los purines (MTD 19); realizando un nuevo trámite de información pública y consultas.

Estas peticiones las fundamenta Ecologistas en Acción Valladolid en base a las siguientes consideraciones:

Primera. A la luz del anuncio de información pública, el proyecto para el que se solicita autorización de uso excepcional en suelo rústico corresponde a la ampliación de una explotación intensiva de ganado porcino con capacidad final a 4.182 cerdos de cebo, que en la actualidad cuenta con autorización ambiental para 2.000 plazas. Se trata por lo tanto de una modificación sustancial que requiere por lo tanto una nueva autorización ambiental y la previa evaluación de impacto ambiental ordinaria, por exceder la ampliación prevista el umbral de 2.000 plazas para cerdos de engorde.

En el contexto de ambos procedimientos ambientales, debe examinarse la conformidad de la ampliación proyectada con determinadas circunstancias de su ubicación como son: el espacio de la Red Natura 2000 ZEPA “Penillanuras-Campos Norte”. En esta zona destacan por su interés la presencia de una comunidad de aves esteparias como el sisón, la avutarda y la ganga ortega, así como rapaces entre las que se cuenta el aguilucho cenizo y el cernícalo primilla, que nidifican en esta zona.

Segunda.

La gestión de los purines de la provincia de Valladolid contribuye de manera importante a las emisiones a la atmósfera de amoniaco y metano, sendos contaminantes que en la actualidad y desde hace años incumplen respectivamente el techo nacional de emisión establecido por la normativa europea y (junto al resto de gases con efecto invernadero) los compromisos internacionales de España en materia de cambio climático.

Emisiones de amoniaco y metano

Un claro ejemplo es el de las emisiones de gas de amoniaco que se emite a la atmósfera proviene del sector agropecuario. El 96% de las emisiones españolas de amoniaco provienen del sector agrario, según el análisis de la Comisión Europea. Las dos principales fuentes son el uso de fertilizantes sintéticos y los cerdos.

Concretamente sus excrementos. Sin embargo, mientras en la última revisión el amoniaco de los fertilizantes ha bajado, el de la ganadería ha subido, según el Inventario de Emisiones del Gobierno español. La normativa europea que, dados los incuestionables efectos nocivos de este gas, fija techos máximos de emisión. Límites a uno, cinco y diez años que el país ya supera ampliamente, según explica Mercedes.

España ha vuelto a vulnerar los límites de emisión de amoniaco. El último balance, con datos de 2016, indica que se liberaron 465.000 toneladas, más de un 30% por encima del umbral máximo de 353.000. Este techo no se ha respetado desde que entró en vigor en 2010: «Un continuado aumento arrastrado por el incremento de la cabaña ganadera», explica el Ministerio de Agricultura. Y al frente de esa burbuja del amoniaco están las macrogranjas de cerdos. Según ha crecido al censo porcino ha caído el número total de explotaciones, pero han aumentado aquellas de mayor volumen. De manera que el 92% de las emisiones son debidas a la ganadería industrial. En particular, el 73% tienen su origen en el ganado porcino y el 19% por aves de corral.

Las dos principales fuentes del gas amoniaco es el uso de fertilizantes sintéticos y los cerdos en relación a los excrementos que genera. Y es sobre todo el sector porcino en el que han subido las emisiones de amoniaco, mientras el amoniaco de los fertilizantes ha bajado, según el Inventario de Emisiones del Gobierno español.
De acuerdo con la información disponible, las emisiones de amoniaco de España se encuentran un 47% por encima del techo de emisión y es el único país de la UE que no contribuyó a su reducción global, ya que desde 1990 se incrementaron significativamente (un 12%, a falta de actualización con últimos datos), mientras todos los demás países las disminuyeron (excepto Irlanda donde aumentaron un 1,6%).

Consideramos que ante el incumplimiento del techo de emisión de amoniaco y el incremento constante de estas emisiones por parte de España sólo se pueden reducir de forma efectiva las emisiones de este gas contaminante reduciendo drásticamente la ganadería industrial.

El amoniaco está en la lista de la Agencia Europea del Medio Ambiente de elementos que hay que reducir al máximo. Pasa del aire a la tierra y el agua. Acidifica los ecosistemas naturales, es decir, impide la vida. Pero, además, es uno de los precursores de las micropartículas PM 2,5, las más nocivas para la salud humana: su minúsculo tamaño hace que penetren más en el sistema respiratorio.

En lo que respecta al metano, se trata de un gas relacionado estrechamente con la actividad del sector agropecuario. El CH4 supone el 20% de las emisiones globales a la atmósfera.

Desde Ecologistas en Acción de Valladolid, hacemos constatar que dichas alegaciones, además de exponer de manera justificada el problema de la Ganadería Industrial, siendo una/la causa principal del Cambio Climático, es también el principal causante de las emisiones de Metano y Óxido de Nitroso, algunos de los gases de Efecto Invernadero más importantes. Hay que tener en cuenta que ambos gases tienen una gran capacidad de retener el calor. Finalmente no hay que olvidar que la Ganadería Intensiva es el principal causante de la deforestación a nivel mundo, recordando la importancia que tienen los bosques como sumideros de CO2.

El artículo 13.5 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera establece que la comunidad autónoma competente no podrá autorizar la modificación sustancial de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera del grupo B, donde están catalogadas las explotaciones intensivas porcinas sujetas a autorización ambiental, si queda demostrado que contribuyen a que se sobrepasen unos objetivos de calidad del aire que ya se han incumplido. La emisión anual de decenas de toneladas de metano y amoniaco por parte de la explotación cuya autorización ambiental se impugna agravará esta problemática.

Es a la Administración y al promotor a quienes corresponde demostrar que el incremento de la contaminación de la atmósfera previsto por la instalación, en razón de las emisiones que su funcionamiento ocasionaría, no dará lugar a que se sobrepasen dichos objetivos de calidad del aire, lo que parece difícil cuando se incumplen de entrada.

No consta en el expediente ningún estudio o informe que aborde esta cuestión para el caso concreto de la ampliación de la explotación autorizada, en el contexto del fuerte aumento de la cabaña porcina en el ámbito comarcal. Por otro lado, esa Consejería no está cumpliendo su obligación legal de elaborar un Plan de mejora de la calidad del aire que permita conocer las causas del problema y adoptar las medidas para corregirlo.

Tercero. Ante la Petición n.º 1134/2018, presentada por la Coordinadora Estatal Stop Ganadería Industrial, sobre el presunto incumplimiento por parte de España de la normativa europea relativa a la proliferación de la ganadería industrial y la respuesta de la Comisión Europea ante el problema generado por la gestión de los purines, en lo que se refiere al problema de los nitratos, como a la contaminación de agua, sigue de la siguiente manera:

Directiva sobre los nitratos

En lo que respecta a la Directiva sobre los nitratos , el 8 de noviembre de 2018 la Comisión incoó un procedimiento de infracción contra España por protección insuficiente de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura. La Comisión considera que España no ha controlado adecuadamente sus aguas, debe designar más zonas vulnerables a los nitratos, en las que, por tanto, serían de aplicación las medidas establecidas por la Directiva, y debe adoptar medidas adicionales o reforzadas.

Directiva marco sobre el agua

En lo que respecta a la Directiva marco sobre el agua , en 2019 la Comisión realizó y publicó una evaluación general de los segundos planes hidrológicos de cuenca de conformidad con lo dispuesto en la Directiva. Esta evaluación general de España confirma la existencia de varias presiones sobre los recursos hídricos, incluida la contaminación difusa procedente de la agricultura, y concluye que las autoridades españolas todavía tienen que mejorar el estado de varias masas de agua y aliviar o solucionar las presiones existentes. Por estos motivos, la Comisión ha dirigido a las autoridades españolas una serie de recomendaciones: – que expliquen claramente cómo contribuirán a la consecución de los objetivos de la Directiva las medidas básicas y complementarias; – que identifiquen las fuentes de financiación necesarias para implementar estas medidas con el fin de aumentar la transparencia en la aplicación de excepciones al plazo establecido para alcanzar los objetivos ambientales y su justificación.

Cuarto.

Desde Ecologistas en Acción se hace eco del informe que el Procurador de Castilla y León ha llevado a cabo ante las quejas vecinales de instalaciones porcinas de gran tamaño.

Asunto: Impacto de la contaminación generada por purines procedentes de explotaciones porcinas de gran tamaño en Castilla y León / Resolución El Procurador. Expediente: Actuación de Oficio 20186547 a fecha de 10 de Octubre de 2019. E
En dicho informe realizado por el Procurador Común de Castilla y León, haciendo eco, en cuanto a Actuación de Oficio se encontraba en el hecho de que, como consecuencia de la presentación de varias quejas sobre los proyectos de instalación de explotaciones industriales de ganado porcino de gran tamaño en varias localidades de las provincias de Zamora y Soria, esta Procuraduría había tenido conocimiento de la existencia de numerosas alegaciones y reclamaciones presentadas por ciudadanos y asociaciones, ante el impacto medioambiental que podría suponer la proliferación de estas actividades. En efecto, dichos colectivos consideran que esta situación agravaría la contaminación por purines en algunos municipios, y que podría suponer un incremento de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero,
Desde Ecologistas en Acción, ante dicha resolución, el informe hace un claro llamamiento a una moratoria, con el fin de minimizar el impacto ambiental de las explotaciones porcinas sujetas a autorización ambiental integrada, se adopten por las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente, y de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, las siguientes medidas en el ámbito de sus competencias, manifestándose de la manera siguiente:

Que se valore igualmente por el órgano autonómico competente aplicar una moratoria para la instalación de nuevas granjas de porcino o el incremento de la capacidad de las ya existentes, en aquellas zonas que se declaren vulnerables, en las que los informes preparatorios establezcan que la fuente principal del nitrógeno aportado a las tierras tengan su origen en la actividad ganadera, salvo que se adopten medidas por los titulares de dichas explotaciones para minimizar el impacto ambiental, como las recogidas en el artículo 54.1 del Decreto 153/2019, de 3 de julio, de la Generalitat de Cataluña, de gestión de la fertilización del suelo y de las deyecciones ganaderas y de aprobación del programa de actuación en las zonas vulnerables en relación con la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias.

Desde este colectivo, se valora de manera satisfactoria, las conclusiones a las que ha llegado el Procurador del Común de Castilla y León.

Quinta. Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Tiene por objeto, según el artículo 1.1, entre otros, “establecer el régimen jurídico aplicable a las emisiones industriales, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto”.

El apartado 1.2 deja claro su carácter de actividad industrial: “Este reglamento será aplicable a las instalaciones de titularidad pública o privada en las que se desarrolle alguna de las actividades industriales incluidas en las categorías enumeradas en el anejo 1 y que, en su caso, alcancen los umbrales de capacidad establecidos en el mismo.”

El Reglamento desvincula la explotación agropecuaria intensiva del suelo rústico y equipara esta con los usos industriales, pues se rige por las leyes de la producción industrial.