RGI

La Renta de garantía de Ingresos es un derecho. Es decir se les concederá a todas las personas o familias que reúnan los requisitos exigidos. Sí se cobra el subsidio, las complementarias o se carece de acceso a las prestaciones por desempleo se puede pedir la

RENTA DE GARANTÍA DE INGRESOS. Cuantía de la ayuda.

• 789,24 euros al mes para una familia de un solo miembro,
• 1.013,44 euros mensuales para familias de 2 miembros,
• 1.121,06 euros al mes para familias de 3 o más miembros.

La Renta de Garantía de Ingresos al ser un derecho se concede a toda persona/familia que lo solicite y cumpla los siguientes requisitos:

* Constituir una unidad económica independiente con un año de antelación, es decir llevar más de un año empadronado fuera del hogar familiar.

* Figurar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma Vasca por lo menos durante tres años o tener cotizados 5 años a la Seguridad Social. Para familias/personas que hubieran abandonado la Comunidad Autónoma del País Vasco han de tener 5 años seguidos de empadronamiento en los últimos 10 años; ó haber formalizado la relación de pareja de hecho o matrimonial con 6 meses de antelación.

* Ser mayor de 23 años. Excepciones   los menores de 23 años que tengan hijos/as a su cargo, huérfanos o menores de 23 años casados durante al menos 6 meses.

* Matrimonios/parejas de hecho o mujeres/hombres con hijos/as a su cargo que siguen viviendo en casa de sus familiares; o, producto de una separación, volver al hogar familiar.

* A las personas trabajadoras autónomas se les pedirá la Declaración acreditativa de sus ingresos.

* Para fijar la cuantía económica a percibir se tendrá en cuenta la cantidad que se concede y/o percibe en concepto de pago de pensión de alimentos.