Renta complementaria de ingresos de trabajo

ESTÍMULOS AL EMPLEO

Los Estímulos al Empleo son un derecho. Es decir, se concederá a todas las personas o familias que reúnan los requisitos exigidos.

Prestación que perciben unidades de convivencia con un empleo cuyo sueldo no supere los 1.438 euros al mes, para una sola persona. En caso de ser una pareja de hecho, un matrimonio o una persona con alguien a cargo tener un salario inferior a 1.734 euros mensuales. Para una familia de tres miembros la cantidad a complementar no debe superar los 1.929 euros.

Hay que tener en cuenta que hay que prorratear las pagas extras -en caso de que se tuvieran, claro-. A las personas y/o familias que tengan un sueldo inferior a esas cantidades se les entrega el resto hasta la cuantía que les corresponda cobrar por el número de personas de la unidad familiar.
ESTÍMULOS AL EMPLEO

Cuantía de la ayuda
-1.375 euros al mes para una persona (1.130 en 14 pagas)
-1.734 euros mensuales para 2 personas (1.487 en 14 pagas)
-1.929 euros al mes para tres persona o más (1.654 en 14 pagas)

Requisitos para percibir los Estímulos al Empleo

Los estímulos al Empleo al ser un derecho se concede a toda persona/familia que lo solicite y cumpla los siguientes requisitos:

*Constituir una unidad económica independiente con un año de antelación, es decir llevar más de un año empadronado fuera del hogar familiar.

*Figurar empadronad@ en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma Vasca por lo menos durante dos años o llevar de empadronamiento en la CAPV un año y tener 5 años de cotización en la Seguridad Social.

*Para familias/personas que hubieran abandonado la Comunidad Autónoma Vasca tener 5 años seguidos de empadronamiento en los últimos 10 años; o haber formalizado la relación de pareja de hecho o matrimonial con 6 meses de antelación

*Ser mayor de 23 años.

Excepciones: los menores de 23 años que tengan hijos/as a su cargo, huérfanos o menores de 23 años casados durante al menos 6 meses.

*Matrimonios/parejas de hecho o mujeres/hombres con hijos/as a su cargo que siguen viviendo en casa de sus familiares; o, producto de un divorcio, volver al hogar familiar (como muy tarde) tres meses después de la separación.

*A las personas trabajadoras autónomas se les pedirá la Declaración acreditativa de sus ingresos.

 

Para  saber  más sobre complementos al empleo:  enprecario@gmail.com