AES

las Ayudas de Emergencia Social (AES)

Las AES no son un derecho. Son prestaciones destinadas a gastos específicos de carácter ordinario o extraordinario necesarios para poder vivir dignamente. Deben dedicarse a cubrir la necesidad para el que han sido concedidas.

Si no se superan los siguientes ingresos mensuales se puede solicitar una ayuda para poder pagar el alquiler, el crédito hipotecario, la luz, el agua, la comunidad, el gas, el dentista, las gafas…

Límite de ingresos mensuales. 14 pagas.
-720 euros 1 persona adulta (840 euros en 12 pagas).
-960 euros 2 personas adultas (1.121 euros en 12 pagas)
-985 euros 2 personas: 1 persona adulta y un menor (1.149 12 pagas)
-1.105 3 personas: 3 personas adultas o 2 adultas y 1 menor (1.289 12pagas)
-1.129 euros 3 personas: 1 persona adulta y 2 menores (1.317 en 12 pagas)
-1.249 euros 4 personas adultas o 2 y 2 menores (1.457 euros 12 pagas)
-1.273 euros 4 personas:1 adulta y 3 menores (1.485 euros en 12 pagas)
-1.393 euros 5 personas: 2 adultas y 3 menores (1.625 euros 12 pagas)
-1.417 euros 5 personas:1 adulta y 4 menores (1.653 euros en 12 pagas

Límite de ingresos mensuales para pensionistas. 14 pagas.
-913 euros 1 persona (1.065 euros en 12 pagas).
-1.153 euros 2 personas (1.345 euros en 12 pagas).
-1.297 euros 3 personas (1.513 euros en 12pagas)

¿Qué gastos cubren las AES?

*Gastos de alquiler y créditos hipotecarios.
*Gastos de luz, agua, comunidad, basuras…
*Electrodomésticos de línea blanca (lavadora, frigorífico…)
*Mantenimiento de la casa (instalación eléctrica, fontanería, persianas…)
*Arreglos de la comunidad (fachada, tejado, portal…)
*Atención sanitaria no cubierta por Osakidetza: Dentistas, gafas…

Los requisitos de acceso a las AES son:

*Constituir una unidad económica independiente con 6 meses de antelación, es decir llevar más de 6 meses empadronad@ fuera del hogar familiar.
*Estar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco al menos 6 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud.
*Tener 18 años cumplidos, salvo si el solicitante tiene a su cargo menores o se es una persona huérfana.

[Papeleo]