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Acta de la reunión de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de 22 de noviembre de 2006

En ella el representante de las asociaciones medioambientales destacó que el Informe de 10 de noviembre de 2006 del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid señalaba el incendio

Viernes 16 de marzo de 2018

COMISIÓN TERRITORIAL DE PREVENCION AMBIENTAL

ACTA 10/2006 DE LA SESIÓN DE FECHA 22 DE NOVIEMBRE DE 2006

En la ciudad de Valladolid, siendo las diez horas y diez minutos del día veintidós de noviembre de dos mil seis, previa convocatoria al efecto, se reunió en la Sala de Juntas del Servicio Territorial de Medio Ambiente, la citada Comisión bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, Don Jesús García Galván, con asistencia de los siguientes miembros:

PRESIDENTE:

  • D. Jesús García Galván.

VICEPRESIDENTE:

  • D. Mariano Monsalve Delgado, Jefe del Servicio Territorial competente en materia de Medio Ambiente

VOCALES:

  • D. Félix Romanos Marín, Jefe del Servicio Territorial competente en materia de Fomento.
  • D. Nicolás Aguado Ortega, Jefe del Servicio Territorial competente en materia de Agricultura y Ganadería.
  • Dª María Victoria Díez Arce, Jefa del Servicio Territorial competente en materia de Sanidad.
  • D. Marceliano Herrero Sinovas, Jefe del Servicio Territorial competente en materia de Industria, Comercio y Turismo.
  • D. Jesús Jiménez Miguel, Gerente provincial de la Agencia de Desarrollo Económico.
  • D. Artemio Domínguez González, en representación de la Diputación Provincial de Valladolid.
  • D. Luis A. Gómez Iglesias, en representación de la Federación Regional de Municipios y Provincias.
  • D. Urbano Sanz Cantalejo, en representación de la Confederación Hidrográfica del Duero.
  • D. Francisco Calvo Sanz, en representación de la Unión de Campesinos de Castilla y León (COAG).
  • D. Baltasar Sanz Sanz, en representación de la Asociación de Jóvenes Agricultores (ASAJA)
  • D. Fernando Amo Sánchez y D. Pedro del Olmo González, en representación de la Confederación Vallisoletana de Empresarios.
  • D. Raúl Galindo García, en representación de la Unión Provincial UGT Castilla y León.
  • Dña Eva Miguel Cuñado, en representación de la Unión Sindical de Comisiones Obreras.
  • D. Miguel Angel Ceballos Ayuso, en representación de las ONG.
  • D. Jesús Hernández Duque, Jefe de la Unidad de Ordenación y Mejora.
  • D. Francisco Sandonís Benito, Técnico con funciones en materia de Evaluación de Impacto Ambiental.

SECRETARIO:

  • D. Alejandro Meana Gutiérrez, Jefe de la Sección de Protección Ambiental.

Excusan anticipadamente su asistencia D. Eduardo Montes Velasco, Jefe del Servicio Territorial competente en materia de Cultura y Turismo.

(...)

2. EXPEDIENTES DE ACTIVIDADES E INSTALACIONES SOMETIDAS A LA TRAMITACION ESTABLECIDA EN EL TITULO III REGIMEN DE LICENCIA AMBIENTAL DE LA LEY 11/2003, DE 8 DE ABRIL, DE PREVENCION AMBIENTAL.

(...)

Expte.- VA-2006-30. PROYECTO DE ESTACIÓN DE ESQUÍ SECO en TORDESILLAS. Solicitado por SODEVA.

La pista de esquí se ubicará al pie y en parte de la ladera del denominado «Cerro o Teso de San Juan», situado en el Villavieja pedanía de Tordesillas. Las instalaciones proyectadas son dos pista de esquí una de 300 metros y otra de 20 metros, un remonte para cada una de las pistas, un edificio de 664,2 metros cuadrados construidos que dispondrá de una zona de taquillas en el acceso, un área para alquiler de equipos de esquí, vestuarios y aseos de usuarios, oficinas, una cafetería con terraza cubierta, zona de descanso de monitores y botiquín, y una tienda para venta de recuerdos y equipamientos. Otro edificio, en el que se dispondrán los cuartos de instalaciones y bombeo, así como el almacén general de material. El complejo se completará con la urbanización de los accesos y la construcción de un aparcamiento con capacidad para 102 vehículos y 4 autobuses. Las instalaciones serán valladas perimetralmente, el tipo de malla será de simple torsión, con una altura de 1,80 metros y postes cada 4 metros.

El acceso hasta el emplazamiento se realizará mediante la carretera VP-5601, que comunica la localidad de Villavieja con la autovía A-62. Una vez en Villavieja, el acceso a las instalaciones se realizará a través del denominado «Camino Viejo de Bercero».

Para la construcción de la pista se realizará primero el movimiento de tierras necesario para adaptar la topografía existente a los perfiles y pendientes necesarios para la pista, en sentido transversales formará en la ladera del cerro una plataforma horizontal. Posteriormente se compactará la subbase mediante el extendido y compactación de 10 cm. de zahorra. A continuación se realizará una base de aglomerado asfáltico de 10 cm. de espesor, sobre la que se colocará una lámina de polietileno para recoger el agua de riego y lluvia. Previa a la disposición de la superficie de uso se instalará una capa de aglomerado de caucho de 10 mm., que permita amortiguar eventuales caídas de los esquiadores. Sobre ella se dispondrá el césped artificial anclado a la subbase y pegado mediante bandas de unión reforzadas.

Las parcelas están dedicadas parte al cultivo agrícola y parte afectarán al monte de Libre Disposición situado en el propio Cerro de San Juan, que está sujeto a Convenio con la Junta de Castilla y León (nº de Elenco 8267042), la citada superficie está poblada de arbolado de Pinus pinea y Pinus halepensis, predominando zonas de pastizal-erial.

El monte «Eriales de Tordesillas y anejos» pertenece al Ayuntamiento de Tordesillas y sus anejos y a particulares y está conveniado con la Junta de Castilla y León desde el año 1988 con el número 8267042 del elenco, si bien su repoblación se efectuó mediante consorcio con el Patrimonio Forestal del Estado en el año 1954. Por lo tanto el suelo del monte continúa con la misma propiedad primitiva y en el vuelo creado mediante la repoblación y sucesivas reforestaciones tienen participación tanto la propiedad como la Junta de Castilla y León

El proyecto no afecta a ninguna zona especialmente sensible incluida en la Red Natura 2000, designadas en aplicación de las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE.

Este proyecto se somete al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental por afectarle lo establecido en el apartado j) «Estaciones y pistas destinadas a la práctica del esquí» del Anexo III de la Ley 11/2003 de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.

En cumplimiento de lo establecido en el art. 29.2 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y León, aprobado por D. 209/1995 de 5 de octubre, la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, sometió al trámite de información pública durante 30 días hábiles el Estudio de Impacto Ambiental. Para ello se publicó en el “Boletín Oficial de Castilla y León” de fecha 4 de septiembre de 2006 y se expuso en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tordesillas desde el 26 de agosto de 2006 al 2 de octubre de 2006. Habiéndose recibido alegaciones por parte de la Asociación Ecologista de Defensa de la Naturaleza, AEDENAT, Ecologistas en Acción, referentes a:

  • Examen de alternativas técnicamente viables y justificación de la solución adoptada.
  • Abastecimiento de agua
  • Depuración de las aguas
  • Consumos energéticos.
  • Tráfico y movilidad
  • Yacimientos arqueológicos
  • Suelos protegidos

Con fecha de 6 de noviembre de 2006, el promotor remite contestación a las alegaciones formulas al expediente.

Las alegaciones fueron estudiadas y valoradas por la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Valladolid.

Sobre este expediente emite voto particular el representante de las ONGs indicando:

Sobre la tramitación del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, señala que no se ha cumplimentado el trámite de audiencia a los interesados, previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, al no convocar a la asociación Ecologistas en Acción de Valladolid, reconocida como interesado por el artículo 1Bis.2 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y además personada en el procedimiento a través de la presentación de alegaciones y sugerencias durante el período de información pública y en la Ponencia Técnica. Por lo tanto, no es posible proceder a elaborar la propuesta de resolución, hasta que se complete el trámite de audiencia referido.

En cualquier caso, sobre la admisibilidad ambiental del cambio del actual uso forestal de los terrenos afectados para el desarrollo del proyecto, a la vista del contenido del Informe de la Sección Territorial de Ordenación y Mejora I de 10 de noviembre de 2006, en el que se indica que “la zona del monte “Eriales de Tordesillas y Anejos” afectada por el proyecto sufrió un incendio en el año 1998, habiéndose reforestado de forma inmediata”, resulta de aplicación el artículo 50.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, que establece que “Las comunidades autónomas deberán garantizar las condiciones para la restauración de los terrenos forestales incendiados, y queda prohibido: a) El cambio de uso forestal al menos durante 30 años”.

Procede por tanto la elaboración de una Propuesta de Declaración de Impacto Ambiental desfavorable, por la necesidad de mantener la restauración de los terrenos forestales afectados por el proyecto.

El citado voto particular no se reproduce íntegramente toda vez que contiene otro párrafo referido a un expediente sancionador cuyo informe no corresponde a esta Comisión.

Se expone que la citada Ley 43/2003, no entra en vigor con carácter retroactivo, por lo que no es de aplicación al caso. El representante de UGT propone que se posponga la propuesta para su estudio y la representante de CC.OO. vota en contra de la propuesta favorable por insuficiencia de tiempo de estudio del proyecto.

El Presidente informa que las cuestiones del expediente que han derivado en denuncia se instruirán en el procedimiento administrativo correspondiente.

La Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Valladolid considerando adecuadamente tramitado el expediente según el citado Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental formula la preceptiva

PROPUESTA DE DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

La Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Valladolid determina informar FAVORABLEMENTE el proyecto, siempre y cuando se cumplan las condiciones de esta Declaración y sin perjuicio del cumplimiento de otras normas vigentes que pudieran impedir o condicionar su realización.

(...)

ACTA COMPLETA EN EL ARCHIVO ADJUNTO:

Acta de la reunión de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de 22 de noviembre de 2006