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Ecologistas en Acción Valladolid presenta alegaciones a la revisión de autorización ambiental de Sonae Arauco España-Soluciones de Madera SL

Solicita que se pida a esta empresa información adicional sobre sus emisiones; que se adopten valores límite de emisión a la atmósfera y a las aguas que garanticen el cumplimiento de los objetivos de calidad ambiental aplicable al aire y a las aguas en zona de baño, y se prescriba el uso de resinas con un contenido bajo o nulo del cancerígeno formaldehído

Lunes 26 de febrero de 2018

Comunicado, 26-12-2017

Ecologistas en Acción Valladolid registró el pasado martes 22 de febrero un escrito de alegaciones en la fase de información pública relativa al procedimiento de revisión de la Autorización Ambiental otorgada por Orden de 11 de noviembre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, a «Sonae Arauco España - Soluciones de Madera, S.L.», para la fabricación de tableros, en el término municipal de Valladolid, en lo concerniente a las conclusiones de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) para el sector de la fabricación de tableros derivados de la madera, solicitando:

1) Que se requiera a Sonae Arauco España - Soluciones de Madera, S.L. información adicional sobre sus emisiones anuales a la atmósfera por contaminante;

2) Que se adopten valores límite de emisión (VLE) a la atmósfera y a las aguas que garanticen el cumplimiento de los objetivos de calidad ambiental aplicables, teniendo en cuenta los elevados niveles de ozono troposférico en el aire ambiente del entorno y la protección de la zona de baño junto a la que se realizan los vertidos de aguas residuales; y

3) Que se prescriba la utilización de resinas con un contenido bajo o nulo del cancerígeno formaldehído.

Estas peticiones las fundamenta Ecologistas en Acción Valladolid en base a las siguientes consideraciones:

La fábrica de Sonae Arauco España - Soluciones de Madera, S.L., antigua Tableros Tradema, S.L., es una fuente de emisión potencialmente relevante de óxidos de nitrógeno (NOX), dióxido de azufre (SO2), partículas finas (PM10) y monóxido de carbono (CO) en Valladolid. En el registro PRTR (Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes) figura la emisión en 2015 de 20 toneladas de NOx, 2 toneladas de SO2, 6 toneladas de PM10 y 8 toneladas de CO, cantidades muy inferiores a las 183 toneladas de NOx declaradas en 2006, las 178 toneladas de SO2 de 2004, las 91 toneladas de PM10 de 2006 o las 1.360 toneladas de CO declaradas en 2004.

No consta en dicho registro PRTR la declaración de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV), una de las sustancias contaminantes más importantes en este tipo de instalaciones, entre ellos el cancerígeno formaldehído, componente de las resinas utilizadas para la fabricación de tableros MDF, consumidas en una cantidad de 13.513 toneladas en el año 2016, junto a los COV desprendidos de otras materias primas (endurecedor, parafinas, colorantes, pintura, melamina) o de la propia madera procesada. Dichas emisiones son elevadas en otras fábricas de tableros MDF.

En base a los caudales de emisión de los focos de los secaderos, recogidos en la autorización de inicio de la actividad (BOCyL de 18 de enero de 2011), que suman casi 185.000 Nm3/h, y a los niveles de emisión contenidos en la Memoria para la revisión de la autorización ambiental aportada por la empresa, se pueden estimar las emisiones en el año 2016 en 4,25 Kg/h de partículas, 25,11 Kg/h de NOx y 6,83 Kg/h de COV. Las emisiones de formaldehído alcanzarían en estos focos y en el foco de la prensa, con un caudal de emisión de 9.000 Nm3/h, hasta 0,46 Kg/h de esta sustancia cancerígena.

Aunque en la Memoria no se especifica el ritmo de funcionamiento, suponiendo que se mantiene el régimen de trabajo de 2008 (3 turnos durante 365 días al año), las emisiones canalizadas reales de la instalación habrían sido en 2016 muy superiores a las declaradas un año antes al registro PRTR: 37 toneladas de partículas, 220 toneladas de NOx y 60 toneladas de COV, entre estos últimos hasta 4 toneladas de formaldehído. Esta discrepancia debería aclararse por el titular de la instalación.

Hay que notar además la proximidad de otros focos de emisión también importantes de NOX y COV, precursores de ozono troposférico, como la vecina Michelín España y Portugal, S.A. y su planta de cogeneración, explotada por Energyworks Vit-Vall, S.L. En este sentido, hay que recordar que la aglomeración de Valladolid ha incumplido en el trienio 2015-2017 el valor objetivo para la protección de la salud humana establecido por la normativa de calidad del aire para el contaminante ozono, sin que por parte de esa Consejería se haya elaborado el preceptivo Plan de mejora de la calidad del aire que permita conocer las causas del problema y adoptar las medidas para corregirlo.

La opción más razonable para afrontar este problema es la adopción de valores límite de emisión (VLE) en consonancia con las conclusiones sobre MTD (art. 7.1.a del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, TRLPCIC), la delicada situación de la calidad del aire en su entorno (art. 7.1.b del TRLPCIC) y la incidencia de las emisiones en la salud humana potencialmente afectada (art. 7.1.e del TRLPCIC). Por ello, deberían adoptarse los VLE asociados a las MTD más bajos del rango, al menos para NOx y COV, incorporando en su caso sistemas de reducción de las emisiones de NOX (MTD18) y de reducción de los COV (MTD17 y MTD19).

Asimismo, debe contemplarse la sustitución del gasoil y fueloil por gas natural como combustible principal de la caldera, junto a la biomasa, lo que reduciría sustancialmente las emisiones de partículas y SO2, debiendo establecerse para este último contaminante un VLE al aire en consonancia con la legislación sobre grandes o medias instalaciones de combustión, según corresponda a la potencia térmica de la caldera de biomasa (40 MWt en 2008).

La selección de resinas con un bajo contenido de formaldehído (MTD19) no es sólo una medida dirigida a reducir las emisiones de esta sustancia cancerígena al aire ambiente, sino también a la mejora de la salud laboral y de la calidad del aire interior en las viviendas donde se utilice mobiliario fabricado con tableros como los producidos por Sonae Arauco España. Hay que recordar que el artículo 21.b) del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León (TLPACyL) establece que la autorización ambiental contendrá entre otros extremos prescripciones de sustitución de las sustancias peligrosas utilizadas en cada instalación. En el mismo sentido, proponemos que se establezca en el Condicionado Ambiental que no se utilizarán en la caldera de combustión de biomasa restos de tableros u otros elementos que pudieran tener en su composición colas y/o disolventes.

Finalmente, respecto a los vertidos de aguas residuales, los valores límite de emisión que se impongan a Sonae Arauco España deben tener en cuenta el notable incremento del caudal de vertido derivado de la variación en sus procesos productivos y la repercusión ambiental de dicho vertido al río Pisuerga, aguas arriba de la ciudad de Valladolid, en un tramo fluvial declarado como zona sensible por encontrarse en el mismo la zona de baño de Valladolid. La solución óptima sería bien recircular completamente las aguas residuales en la propia fábrica, resultando un vertido cero, bien si dicha MTD no fuera viable realizar el vertido al alcantarillado municipal, para tras pasar por la EDAR municipal desaguar en el río Pisuerga, aguas abajo de la ciudad y de la zona de baño, tal y como se operó con la nueva fábrica de Panibérica de Levadura, S.A. en la Carretera de Cabezón.

En caso de mantenerse el actual vertido directo al río Pisuerga, lo que no resulta admisible es que el titular pretenda eximirse del cumplimiento de los VLE a las aguas más estrictos establecidos en las conclusiones sobre MTD amparándose en la existencia de un supuesto “filtro verde” que más bien es un vertedero sin capacidad para depurar adecuadamente el efluente actual de la instalación.