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La mujer obligada a viajar para abortar que ha ganado en el Constitucional: “Me hicieron sentir una asesina”

Martes 4 de julio de 2023

El tribunal ha dado la razón a Antonia, que en 2014 tuvo que trasladarse de Murcia a Madrid porque el hospital público que seguía su embarazo no quiso practicarle la interrupción del embarazo

Marta Borraz 3 de julio de 2023 elDiario.es

“Emocionada, con la sensación de que se acaba esta pesadilla y por fin se ha hecho justicia”. Son las palabras de Antonia, la mujer que ha logrado que el Tribunal Constitucional declare que obligar a viajar a una mujer a otra comunidad autónoma para abortar vulnera sus derechos fundamentales. Es lo que ella tuvo que hacer en 2014, trasladarse de Murcia a Madrid derivada a una clínica privada de la capital para interrumpir su embarazo a los seis meses de gestación: “En el hospital me dejaron abandonada, tirada”, denuncia en conversación con elDiario.es tras conocer la noticia. Miles de mujeres se ven obligadas cada año a viajar a otras provincias para abortar

El Constitucional establece en la sentencia que el Servicio Murciano de Salud vulneró el derecho de la mujer a la interrupción voluntaria del embarazo, que “forma parte del derecho a la integridad física y moral” por obligarla a desplazarse 400 kilómetros por sus propios medios para abortar. En 2017 y representada por la organización Women’s Link, Antonia interpuso una denuncia en la que señalaba al Hospital Santa Lucía de Cartagena no solo por no llevar a cabo la intervención, sino por “dilatar” el proceso y haberle “hurtado información”, un extremo que sin embargo el tribunal no entra a valorar, al menos en el comunicado que ha enviado a la espera de conocer la sentencia completa.

El fallo es claro y asegura que los servicios sanitarios públicos no pueden hacer viajar a una mujer fuera para abortar si no hay “motivos excepcionales que lo justifiquen”, algo que en el caso examinado no se dio. El fallo revoca la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que encontró justificada la decisión porque “ningún facultativo” murciano “había pedido practicar abortos”. Por el contrario, el Constitucional entiende que eso no puede eximirles, solo si hubieran ejercido su derecho a la objeción de conciencia “anticipadamente y por escrito”, como exige la ley, algo que no hicieron.

El tribunal agrega que garantizar los abortos en la comunidad de residencia “constituye una garantía” con el objetivo de que la mujer “no salga de su entorno habitual, pueda contar con los apoyos suficientes” y afrontar la situación “del modo menos traumático posible”. Y es que el proceso fue para Antonia una pesadilla, según ella misma describe. Hoy, tras haber ganado en el Constitucional, está “muy satisfecha”. Sin embargo, afirma: “A mí nadie me va a borrar lo que viví”. Ahora confía en que la decisión sirva, sobre todo, “para que a ninguna otra mujer le pase” lo que ella tuvo que vivir.

“Se lavaron las manos”

De acuerdo con su relato, el periplo comenzó en octubre de 2014, cuando a sus 35 años y embarazada de su segundo hijo acudió al centro sanitario a hacerse la revisión a las 25 semanas. Allí un médico le comentó que el feto podía haber heredado la afección congénita que padece Antonia, llamada agenesia del cuerpo calloso parcial, una de las llamadas “enfermedades raras”, pero sin explicarle nada más le remitieron a la próxima cita, cinco semanas más tarde.

Comenzó entonces un vía crucis médico y administrativo ante lo que denuncia “fue una falta de información total”. Ella y su marido acudieron a una clínica privada en Cartagena “buscando respuestas”, donde les confirmaron que la agenesia que parecía tener el feto era completa, no parcial y que “debía moverse” si quería abortar dado su avanzado estado de gestación. Al día siguiente acudió al hospital, pero como no tenía cita no fue atendida, así que decidió ir al centro de salud, donde su matrona envió al hospital un fax urgente. Según su denuncia, días más tarde logró que los médicos le atendieran pero le dijeron “que no entendían la prisa” y que el feto “podía salir bien o mal” mientras uno de los médicos le afirmó que “allí no iban a conseguir nada” y le recomendó que buscara una clínica “de pago”, afirma la afectada.

Ante la situación, la pareja decidió acudir a otra clínica privada en Madrid que se costearon “pidiendo en la empresa que me adelantaran la paga extra” de Navidad, recuerda Antonia. “Allí nos confirmaron resultados compatibles en un 90% con la afectación y me derrumbé totalmente”, asegura. Tal y como consta en la denuncia, con el informe en la mano, la médica de cabecera llamó al hospital para pedir atención urgente, pero le reiteraron la cita de la semana 30.

“Cuando acudimos a aquella cita sentimos que los médicos nos hacían creer que lo único que queríamos era abortar y que la clínica exageraba, que la niña todavía podía salir bien y nos intentaban disuadir”, sostiene Antonia. Sin embargo, “con todo el dolor”, Antonia y su marido decidieron tramitar la solicitud para interrumpir el embarazo. La ley del aborto permite hacerlo sin límite temporal cuando se detecten “anomalías fetales incompatibles con la vida” o se detecte “una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico”, algo que debe autorizar un comité clínico.

La espera se alargó todavía una semana más, hasta que el hospital llamó a Antonia para comunicarle que el aborto había sido autorizado. La sorpresa llegó cuando le comunicaron que para someterse a la intervención debía trasladarse a Madrid, a una clínica privada concertada con la Administración, y por sus propios medios. “Todo el proceso fue horrible, me dejaron sola y se lavaron las manos. Me hicieron sentir una asesina”, rememora la mujer, que ha tenido que estar varios años bajo tratamiento psicológico y “aún hoy” sigue teniendo secuelas psíquicas y emocionales.

Un “mensaje” a los antiderechos

Viajar a Madrid fue “un infierno” que atravesó junto a su marido y sus padres, que les acompañaron. “Teníamos que pagarnos nosotros el hotel, pero menos mal que una amiga de la familia nos acogió en su casa en Arganda del Rey”, cuenta Antonia, que recuerda como su peor momento cuando a las puertas de la clínica se encontró con los habituales grupos antiabortistas que rezan y hostigan a las mujeres que entran intentándolas convencer de que no aborten. “Fue muy muy desagradable. Me dijeron que no abortara, que me lo pensara, que ellos podían ayudarme. Mi madre les dijo que si no veían la barriga que tenía, que era por motivos médicos”, afirma.

“Para mí fue un impacto tremendo. Perdí memoria y todavía soy incapaz de pasar por la zona de ginecología del hospital sin que me de un ataque de ansiedad”, cuenta la mujer, que en la denuncia reclamó una indemnización de casi 82.000 euros por daños morales y patrimoniales, debido a los gastos que tuvo que afrontar derivados de las pruebas médicas en las clínicas privadas y el desplazamiento a la capital.

Tras seis años de batalla judicial, la organización Women’s Link valora muy positivamente la resolución y asegura que “sienta un precedente muy importante para la garantía del acceso al aborto legal, seguro y digno porque lo conecta con el derecho a la información”, esgrime la abogada Estefanny Molina Martínez. Gema Fernández, por su parte, celebra la decisión “por lo que supone para Antonia, pero también para España y el resto de Europa” ya que en su opinión “envía un importante mensaje” a los gobiernos y grupos antiderechos que están buscando obstaculizar el acceso al aborto.

De hecho, el Constitucional le ha dado la razón a Antonia pocos meses después de rechazar el recurso que el Partido Popular interpuso en su momento contra la ley del aborto de 2010. Y se pronuncia además sobre un tema clave en la reforma que entró en vigor el pasado mes de marzo, que entre sus objetivos pretende poner fin a los desplazamientos entre provincias que miles de mujeres se ven obligadas a hacer para abortar a pesar de ser un derecho reconocido.

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