COMISIÓN DE EXILIADOS ARGENTINOS - MADRID
Creada en 1999 para mantener la memoria, divulgando y alentando la Ley de Reparación del Exilio
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 PROYECTO Diputados  (27/11/1998)    /   (1/2 sanción) SENADORES 2/3/2005

Agosto 2006

actualizada 29/8/2006     Visita   (*)   

ceamadrid@hotmail.com   exilioargentino@yahoo.es

 
REIVINDICACIÓN HISTÓRICA  IMPRESCINDIBLE,  PERDERÁ ESTADO PARLAMENTARIO EN FEBRERO DE 2007 SI DIPUTADOS NO LA APRUEBA EN ESTA LEGISLATURA

El tiempo para reclamo judicial mediante la ley  24.043  finaliza en noviembre de 2006. A quien no se haya presentado y reivindique la reparación del exilio, le recordamos que utilizar el camino de ésta ley ( hoy vigente) es una forma de presionar para que la Ley de Reparación del Exilio se promulgue

NO OLVIDAMOS TRELEW - VER NOTAS  - "click aquí"
 

MUY URGENTE : NUEVO COMUNICADO DE COEPRA

 

COMISIÓN DE EX EXILIADOS POLÍTICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

www.coepra.com.ar

coepra@hotmail.com

coepra2004@yahoo.com.ar

Buenos Aires, 28 de agosto de 2006

Queridos Compañer@s:

Tema 1

Rápidamente les informamos lo sucedido hoy.

A las 10,00hs de la mañana tuvimos la confirmación de que se le había entregado la copia de la denuncia que enviamos al Sr. Presidente de la Nación.

Luego, tal como estaba previsto entregamos las denuncias al Sr. Ministro de Justicia, en el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo) y la Defensoría del Pueblo de la Nación.

Nos comenzamos a juntar aproximadamente a las 10,30hs en el INADI y a las 11,30hs cuando entregamos la denuncia que lleva unas 45-50 firmas, éramos un grupo de 40 compañer@s.

Al entregarla nos informaron que este tipo de denuncias llevan un tratamiento que podría ser de unos 15 días hábiles para resolver que curso se le daba.

Luego nos dirigimos al Ministerio de Justicia que está a la vuelta. Allí, en Mesa de Entrada entregamos una copia.

En ese momento, a propuesta de los compañeros presentes, decidimos solicitar audiencia al Sr. Ministro que según nos informaron en la seguridad de Mesa de Entrada, no podía recibirnos porque estaba en una reunión. Les dijimos que esperaríamos hasta que termine por lo que nos ofrecieron ser recibidos por un vocero. Pudimos ingresar 3 compañeros y al llegar a las oficinas el vocero del Ministro sumó a la reunión a la Sra. Secretaria de Justicia y su asesora. El resto de compañeros esperó la salida de los que participaron en la reunión para ser informados de lo tratado.

En la audiencia planteamos lo mismo que decimos en el escrito presentado y nuestra impresión es que no recibimos una explicación coherente que justificara el proceder del Ministro. Ante lo serio de nuestra denuncia la Sra. Secretaria de Justicia se comprometió a presentarle nuestra denuncia al Sr. Ministro en cuanto se desocupara de la reunión en la que estaba. Le hicimos saber que el Sr. Presidente tenía la denuncia en su escritorio.

Durante la conversación que fue amable pero muy firme de nuestra parte, se nos informó que el Sr. Ministro había hablado con el Diputado Snopek, Presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, para informarle que es política oficial de este gobierno el desarrollo de los aspectos vinculados a la reparación de derechos humanos violados durante la dictadura y que por lo tanto el Ejecutivo estaba preocupado e interesado en que la ley de reparación del exilio sea finalmente aprobada en Diputados.

De allí fuimos a la Defensoría del Pueblo de la Nación donde entregamos la denuncia a un funcionario que nos atendió muy amablemente y posibilitó que el grupo completo de compañeros estuviera presente en la entrega de la misma. Esta persona se comprometió frente a todos los presentes a darle curso rápidamente, derivarla a la Oficina Anticorrupción si correspondía, y a fijar la posición de la Defensoría favorable al pago de la indemnización por el tiempo de exilio. Pocos minutos después de entregada recibimos una llamada telefónica del funcionario encargado de analizar la misma que reafirmó lo dicho por quien nos atendió en primer termino y confirmando que consideraba inadmisible, por parte de un Ministro, el tipo de proceder denunciado.

Al salir de la Defensoría del Pueblo, distintos compañeros se comprometieron a entregar los sobres con las copias de la denuncia al Sr. Ministro del Interior, Sra. Ministro de Economía, Sr. Secretario de Derechos Humanos, Sr. Diputado Remo Carlotto y en el CELS al periodista Sr. Horacio Verbitzky.

El comentario generalizado entre todos los compañeros presentes es que esto que hicimos fue muy fuerte e importante en nuestra lucha para que finalmente sea aprobada la ley de reparación del exilio.

Tema 2

Sigue avanzando en Cancillería la propuesta relatada en el anterior comunicado. Se realizó una reunión, a la cual asistimos, donde estuvo presente el Dr. Gonzalo Romero Responsable de Área Exilio de la Secretaría de Derechos Humanos para coordinar con los funcionarios de Cancillería sobre el tema.

Comunicamos que el Dr. Sebastián Negri ha sido reemplazado al frente de la Unidad de Trabajo y Apoyo al Exilio Argentino por el Ministro Carlos Aparicio quien desde hace unos días ya se encuentra al frente de la oficina. El E-mail de contacto sigue siendo el mismo.

Nuestra Comisión desea al Dr. Sebastián Negri muchos exitos en su nuevo destino en Cancillería y le agradece profundamente por su diligencia e interés en resolver los trámites realizados por los compañeros.

Un abrazo.

COEPRA

 

Se acompañan las presentaciones realizadas en el día de la fecha a INADI y Defensoría del Pueblo, que tienen el mismo texto. Decidimos no enviarla a la Oficina Anticorrupción por depender del propio Ministerio de Justicia.

Recomendamos a los compañeros que las envíen por carta o por E-mail a esas oficinas para reforzar la acción realizada en el día de la fecha firmando cada uno con su nombre apellido y documento de identidad. Pueden enviarlas en grupo por correo o por E-mail.

 

inadi@mininterior.gov.ar

Buenos Aires, 25 de agosto de 2006

Sr. Director del Instituto Nacional contra

la Discriminación, Xenofobia y el Racismo (INADI)

25 de mayo 145 8º piso

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

 

De nuestra consideración:

Los abajo firmantes miembros de la Comisión de Ex Exilados Políticos de la República Argentina (COEPRA) ponemos en conocimiento del Señor Director los siguientes hechos:

A partir del año 1998 los ex exiliados de la última dictadura militar comenzamos a realizar presentaciones en la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, solicitando el pago de las indemnizaciones previstas por la Ley 24.043 por el período de exilio forzoso, entendiendo que dicha Ley se aplicaba en nuestro caso, por haber sido conculcados nuestros derechos a la libertad ambulatoria y a la libertad en general, a partir de la aplicación por parte de la dictadura militar e incluso antes, por el accionar de grupos para policiales como la Triple A, de la política de Terrorismo de Estado, lo cual forzó nuestro extrañamiento de la patria para preservar nuestras vidas y la libertad amenazadas.

El 14 de octubre de 2004, la Corte Suprema de Justicia hace lugar a la demanda que dentro del marco de la Ley 24.043, realiza contra el Estado Nacional la Sra. Yofre de Vaca Narvaja y otros miembros de su familia, así como también en los casos “Penette” y “Gonzalez” (Fallos Y-43-XXXVIII; P-236-XXXIX Y G-2473-XXXVIII), interpretando que la Ley mencionada tenía como objeto reparar la conculcación de la libertad sin establecer grados en el cercenamiento de la misma y considerando que el resarcimiento establecido en la misma es meramente simbólico y no repara el daño real en ningún caso. Estos fallos sientan precedente en el sentido de que lo que se dio en llamar “exiliados puros”, es decir aquellos que debimos exiliarnos sin haber estado previamente detenidos, debíamos ser indemnizados.

Habiendo transcurrido casi 1 año sin que nuestras presentaciones tuvieran respuesta, a pesar de los fallos mencionados, desde mediados del año 2005 los exiliados políticos comenzamos a presentar sobre los expedientes iniciados, solicitudes de Pronto Despacho administrativo, en los términos del art. 10 de la Ley 19.549. En coincidencia con este tiempo, la jurisprudencia en que se basaban las solicitudes, fue ratificada por el Máximo Tribunal, el día 28 de marzo de 2006, al pronunciarse en las causas “Bosarelli” y “Cuesta”, (Fallos C-3431-XXXVIII y B-1978-XLI).

Durante ese lapso, en la Secretaría de Derechos Humanos se llegaron a considerar positivamente aproximadamente 400 expedientes, entendiendo que, en concordancia con los fallos del Máximo Tribunal, se debía hacer lugar al pedido de reparación económica establecida por la Ley 24.043. Estos expedientes, de acuerdo al procedimiento administrativo, fueron siendo elevados al Sr. Ministro de Justicia para que este a su vez, luego de su firma, los pase al Ministerio de Economía para que se efectivice el pago correspondiente.

El Sr. Ministro de Justicia en lugar de proceder de esta manera, solicitó al Procurador General del Tesoro un dictamen de evaluación de los expedientes de 2 compañeros que habían gestionado el Pronto Despacho.

El dictamen Nº 146 del Procurador del Tesoro de la Nación, Osvaldo César Guglielmino, con fecha de emisión el día 31 de mayo de 2006, resulta negativo, argumentando que en estos dos casos no se daban las mismas condiciones que la Corte Suprema de Justicia consideró para conceder la indemnización a la Sra. Yofre de Vaca Narvaja, destacando que los compañeros no tenían familiares asesinados, no habían estado refugiados en una embajada previo al exilio, etc. También el Procurador menciona que está próxima a ser aprobada en Diputados la Ley de reparación del exilio y que por tanto se debe esperar a su promulgación.

A pesar de que el dictamen del Procurador es absolutamente endeble y se basa solamente en el análisis textual del caso Yofre de Vaca Narvaja y no considera los otros fallos de la Corte Suprema mencionados, el Sr. Ministro lo aplica de manera general, dando orden a la Secretaría de DD. HH. para que revea el criterio con que consideraba y admitía los Pronto Despacho que estábamos presentando.

Sin embargo, en oposición a todo esto, con última actuación el día 22 de mayo 2006, es decir 8-9 días antes de emitido ese dictamen, el propio Ministro de Justicia (resoluciones Nº 454 y 790) resuelve otorgar el beneficio establecido por la Ley 24.043 a la Sra. María del Carmen Seoane basándose “en el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia dictado en los autos “Yofre de Vaca Narvaja”.

Que se sepa, María del Carmen Seoane conocida periodista de Clarín y escritora, no tiene entre sus circunstancias de exilio ninguna de las condiciones que el Procurador, exige a los demás exiliados y más aún, su solicitud de Pronto Despacho está presentada como una más y en fecha posterior a muchas de las que fueron evaluadas por la Secretaría de DD. HH.

Por el contrario, algunas presentaciones que el Sr. Ministro no firmó, corresponden a compañeros cuyo exilio se produce en un trágico contexto que se adecua exactamente a lo exigido por el Procurador.

Las preguntas que surgen a partir de la actuación del Sr. Ministro y que deberían aclararse en función de la transparencia que deben tener las acciones de un funcionario de su rango y posición son muchas:

¿Porque el Sr. Ministro solicitó un informe a un organismo de rango inferior dentro del Estado, si ya hay suficientes antecedentes de fallos de la Corte Suprema de Justicia en los cuales se establece que el exilio es una violación de derechos humanos y debe ser indemnizada, lo cual por otra parte el mismo utiliza como fundamento de su resolución en el caso Seoane?

¿En que orden de prioridad estaba el expediente firmado entre los elevados por la Secretaría de DD. HH.?

¿Además del firmado, y con fecha anterior, no había ningún otro expediente elevado al Sr. Ministro con informe positivo de la Secretaría de DD. HH.? Y si había otros ¿Por qué no los firmó?

¿Porque el Sr. Ministro no alcanzó a firmar ningún otro en los días previos a la entrega del dictamen del Procurador?

¿Qué lógica tiene hacer lugar a la solicitud de María del Carmen Seoane y después pedir un dictamen al Procurador?

¿Como explica el Sr. Ministro la contradicción que implica utilizar el mismo fundamento para aprobar primero y para rechazar después solicitudes con similares antecedentes?

¿Sabía el Sr. Ministro que el Procurador produciría un dictamen negativo en la fecha que otorgó el beneficio a María del Carmen Seoane?

¿Tuvo el Sr. Ministro un trato preferencial hacia María del Carmen Seoane? Y si lo tuvo ¿Por qué? Y si no lo tuvo ¿Cómo se explica que solo ese expediente sobre 400 presentaciones recibió el beneficio reclamado?

¿Por qué hubo expedientes paralizados en la Subsecretaría de Coordinación e Innovación del Ministerio a su cargo, desde octubre de 2005 hasta la fecha en que comenzaron a denegarse, cuando por ley un Pronto Despacho debe ser respondido en 10 días?

Todos estos interrogantes nos generan la sospecha de que en la actuación del Sr. Ministro de Justicia por motivos que desconocemos, los exiliados políticos recibimos un trato discriminatorio.

Posteriormente a estos hechos la Corte Suprema de Justicia con fecha 20 de junio de 2006, sentando jurisprudencia en un sentido más amplio en el caso “Dragoevich”, ratificó que las personas que tuvieron que exiliarse forzadamente del país durante la última dictadura tienen derecho a recibir una indemnización equiparable a aquellos que sufrieron detención.

A pesar de esto, varios compañeros que presentaron su solicitud de Pronto Despacho, han recibido en estos días una carta del Ministro de Justicia donde se les informa que su solicitud ha sido denegada.

Por todo ello los abajo firmantes solicitamos se realice una investigación sobre el accionar del Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Alberto Juan Bautista Iribarne, en los hechos denunciados, para determinar si hubo trato discriminatorio hacia los exiliados políticos en general e incumplimiento de deberes de funcionario público.

Solicitamos también que esta investigación se haga extensiva a la Dra. Norma Vicente Soutillo, Subsecretaria de Coordinación e Innovación del Ministerio de Justicia y DD.HH. de la Nación, responsable directa de la recepción de los expedientes elevados por la Secretaría de Derechos Humanos.

En el caso que se compruebe el trato discriminatorio, solicitamos se repare el daño producido.

Sin otro particular y en la espera de que este reclamo recibirá la atención adecuada, hacemos propicia la oportunidad para saludar al Sr. Director con todo respeto.

 

 

mondino@defensor.gov.ar

Buenos Aires, 25 de agosto de 2006

Sr. Defensor del Pueblo de la Nación

Don Eduardo Mondino

Suipacha 365

C1008AAG Ciudad Autónoma de Buenos Aires

 

De nuestra consideración:

Los abajo firmantes miembros de la Comisión de Ex Exilados Políticos de la República Argentina (COEPRA) ponemos en conocimiento del Señor Defensor del Pueblo de la Nación los siguientes hechos:

A partir del año 1998 los ex exiliados de la última dictadura militar comenzamos a realizar presentaciones en la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, solicitando el pago de las indemnizaciones previstas por la Ley 24.043 por el período de exilio forzoso, entendiendo que dicha Ley se aplicaba en nuestro caso, por haber sido conculcados nuestros derechos a la libertad ambulatoria y a la libertad en general, a partir de la aplicación por parte de la dictadura militar e incluso antes, por el accionar de grupos para policiales como la Triple A, de la política de Terrorismo de Estado, lo cual forzó nuestro extrañamiento de la patria para preservar nuestras vidas y la libertad amenazadas.

El 14 de octubre de 2004, la Corte Suprema de Justicia hace lugar a la demanda que dentro del marco de la Ley 24.043, realiza contra el Estado Nacional la Sra. Yofre de Vaca Narvaja y otros miembros de su familia, así como también en los casos “Penette” y “Gonzalez” (Fallos Y-43-XXXVIII; P-236-XXXIX Y G-2473-XXXVIII), interpretando que la Ley mencionada tenía como objeto reparar la conculcación de la libertad sin establecer grados en el cercenamiento de la misma y considerando que el resarcimiento establecido en la misma es meramente simbólico y no repara el daño real en ningún caso. Estos fallos sientan precedente en el sentido de que lo que se dio en llamar “exiliados puros”, es decir aquellos que debimos exiliarnos sin haber estado previamente detenidos, debíamos ser indemnizados.

Habiendo transcurrido casi 1 año sin que nuestras presentaciones tuvieran respuesta, a pesar de los fallos mencionados, desde mediados del año 2005 los exiliados políticos comenzamos a presentar sobre los expedientes iniciados, solicitudes de Pronto Despacho administrativo, en los términos del art. 10 de la Ley 19.549. En coincidencia con este tiempo, la jurisprudencia en que se basaban las solicitudes, fue ratificada por el Máximo Tribunal, el día 28 de marzo de 2006, al pronunciarse en las causas “Bosarelli” y “Cuesta”, (Fallos C-3431-XXXVIII y B-1978-XLI).

Durante ese lapso, en la Secretaría de Derechos Humanos se llegaron a considerar positivamente aproximadamente 400 expedientes, entendiendo que, en concordancia con los fallos del Máximo Tribunal, se debía hacer lugar al pedido de reparación económica establecida por la Ley 24.043. Estos expedientes, de acuerdo al procedimiento administrativo, fueron siendo elevados al Sr. Ministro de Justicia para que este a su vez, luego de su firma, los pase al Ministerio de Economía para que se efectivice el pago correspondiente.

El Sr. Ministro de Justicia en lugar de proceder de esta manera, solicitó al Procurador General del Tesoro un dictamen de evaluación de los expedientes de 2 compañeros que habían gestionado el Pronto Despacho.

El dictamen Nº 146 del Procurador del Tesoro de la Nación, Osvaldo César Guglielmino, con fecha de emisión el día 31 de mayo de 2006, resulta negativo, argumentando que en estos dos casos no se daban las mismas condiciones que la Corte Suprema de Justicia consideró para conceder la indemnización a la Sra. Yofre de Vaca Narvaja, destacando que los compañeros no tenían familiares asesinados, no habían estado refugiados en una embajada previo al exilio, etc. También el Procurador menciona que está próxima a ser aprobada en Diputados la Ley de reparación del exilio y que por tanto se debe esperar a su promulgación.

A pesar de que el dictamen del Procurador es absolutamente endeble y se basa solamente en el análisis textual del caso Yofre de Vaca Narvaja y no considera los otros fallos de la Corte Suprema mencionados, el Sr. Ministro lo aplica de manera general, dando orden a la Secretaría de DD. HH. para que revea el criterio con que consideraba y admitía los Pronto Despacho que estábamos presentando.

Sin embargo, en oposición a todo esto, con última actuación el día 22 de mayo 2006, es decir 8-9 días antes de emitido ese dictamen, el propio Ministro de Justicia (resoluciones Nº 454 y 790) resuelve otorgar el beneficio establecido por la Ley 24.043 a la Sra. María del Carmen Seoane basándose “en el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia dictado en los autos “Yofre de Vaca Narvaja”.

Que se sepa, María del Carmen Seoane conocida periodista de Clarín y escritora, no tiene entre sus circunstancias de exilio ninguna de las condiciones que el Procurador, exige a los demás exiliados y más aún, su solicitud de Pronto Despacho está presentada como una más y en fecha posterior a muchas de las que fueron evaluadas por la Secretaría de DD. HH.

Por el contrario, algunas presentaciones que el Sr. Ministro no firmó, corresponden a compañeros cuyo exilio se produce en un trágico contexto que se adecua exactamente a lo exigido por el Procurador.

Las preguntas que surgen a partir de la actuación del Sr. Ministro y que deberían aclararse en función de la transparencia que deben tener las acciones de un funcionario de su rango y posición son muchas:

¿Porque el Sr. Ministro solicitó un informe a un organismo de rango inferior dentro del Estado, si ya hay suficientes antecedentes de fallos de la Corte Suprema de Justicia en los cuales se establece que el exilio es una violación de derechos humanos y debe ser indemnizada, lo cual por otra parte el mismo utiliza como fundamento de su resolución en el caso Seoane?

¿En que orden de prioridad estaba el expediente firmado entre los elevados por la Secretaría de DD. HH.?

¿Además del firmado, y con fecha anterior, no había ningún otro expediente elevado al Sr. Ministro con informe positivo de la Secretaría de DD. HH.? Y si había otros ¿Por qué no los firmó?

¿Porque el Sr. Ministro no alcanzó a firmar ningún otro en los días previos a la entrega del dictamen del Procurador?

¿Qué lógica tiene hacer lugar a la solicitud de María del Carmen Seoane y después pedir un dictamen al Procurador?

¿Como explica el Sr. Ministro la contradicción que implica utilizar el mismo fundamento para aprobar primero y para rechazar después solicitudes con similares antecedentes?

¿Sabía el Sr. Ministro que el Procurador produciría un dictamen negativo en la fecha que otorgó el beneficio a María del Carmen Seoane?

¿Tuvo el Sr. Ministro un trato preferencial hacia María del Carmen Seoane? Y si lo tuvo ¿Por qué? Y si no lo tuvo ¿Cómo se explica que solo ese expediente sobre 400 presentaciones recibió el beneficio reclamado?

¿Por qué hubo expedientes paralizados en la Subsecretaría de Coordinación e Innovación del Ministerio a su cargo, desde octubre de 2005 hasta la fecha en que comenzaron a denegarse, cuando por ley un Pronto Despacho debe ser respondido en 10 días?

Todos estos interrogantes nos generan la sospecha de que en la actuación del Sr. Ministro de Justicia por motivos que desconocemos, los exiliados políticos recibimos un trato discriminatorio.

Posteriormente a estos hechos la Corte Suprema de Justicia con fecha 20 de junio de 2006, sentando jurisprudencia en un sentido más amplio en el caso “Dragoevich”, ratificó que las personas que tuvieron que exiliarse forzadamente del país durante la última dictadura tienen derecho a recibir una indemnización equiparable a aquellos que sufrieron detención.

A pesar de esto, varios compañeros que presentaron su solicitud de Pronto Despacho, han recibido en estos días una carta del Ministro de Justicia donde se les informa que su solicitud ha sido denegada.

Por todo ello los abajo firmantes solicitamos se realice una investigación sobre el accionar del Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Alberto Juan Bautista Iribarne, en los hechos denunciados, para determinar si hubo trato discriminatorio hacia los exiliados políticos en general e incumplimiento de deberes de funcionario público.

Solicitamos también que esta investigación se haga extensiva a la Dra. Norma Vicente Soutillo, Subsecretaria de Coordinación e Innovación del Ministerio de Justicia y DD.HH. de la Nación, responsable directa de la recepción de los expedientes elevados por la Secretaría de Derechos Humanos.

En el caso que se compruebe el trato discriminatorio, solicitamos se repare el daño producido.

Sin otro particular y en la espera de que este reclamo recibirá la atención adecuada, hacemos propicia la oportunidad para saludar al Sr. Defensor del Pueblo de la Nación con todo respeto.

 

 ULTIMAS NOTICIAS SOBRE EL TRATAMIENTO DE LA LEY DE REPARACIÓN EN DIPUTADOS

Reproducido de Pagina 12 El país del Miércoles, 02 de Agosto de 2006

REPRODUCIDO DE CLARÍN          Miércoles  2 de Agosto de 2006

REPRODUCIDO DE La Nación       Martes 8 de Agosto de 2006


En Clarín 7/08/2006 : nota con datos incorrectos  muy contraria a la ley.   
 El exilio abre las puertas de un debate pendiente

Replica a la nota en Clarin:

                                                                        Madrid 23 de agosto de 2006

Señor Marcelo Helfgot

Los integrantes de la Comisión de Exiliados Argentinos – Madrid hemos tenido un tardío conocimiento del artículo publicado por usted en el diario Clarín del 07/08/2006.

Mas allá de la indignación y perplejidad que nos causó la lectura del mismo nos sentimos en la obligación, por nuestra propia historia, a dar una respuesta a los conceptos por usted desarrollados en la mencionada nota. ver nota completa

 


 Justo Barboza  
Exposición  en Buenos  Aires  
( revista "Ñ" suplemento cultural de Clarín 19-8-06 )

 

Homenaje a Monseñor Enrique Angelelli, en el Senado de la Nación, al cumplirse 38 años de ser ordenado Obispo de La Rioja, en el mes que se conmemora el 30 aniversario de su asesinato por la Dictadura (invitación al acto remitida por la Senadora Nacional por La Rioja Teresita Quintela).

Nota enviada por la Comisión de Exiliados Argentinos - Madrid a los organizadores del Acto


RECUPERANDO LA MEMORIA DE LOS LUCHADORES POPULARES : SABINO NAVARRO

Información recogida de NAC&POP  y de  168 HORAS

No disponemos de ninguna imagen de Sabino Navarro, si alguien tiene alguna rogamos remitirla a ceamadrid@hotmail.com  



    reproducido de Página12 , viñeta de Miguel "Rep" 17 de agosto 2006 ("picar" aquí o en la viñeta para ampliar)

 

A mis compañeros y amigos

Les hago llegar el articulo que acabo de escribir a la ocasión de los 34 años de la Masacre de Trelew el próximo 22 de agosto

Dado que es muy largo no puede ser publicado en Pagina 12, al esta destinado a la Memoria Histórica de un hecho en el que soy la casi sola a poder contarlo desde lo vivido por una familia y para que sea conocido los detalles que muestran que la política de Terrorismo de estado comienza a implantarse en esos anos entre los militares argentinos y latinoamericanos, he preferido en vez de recortarlo o resumirlo como ellos me pedían y que pierda su interés histórico, ya que esta  además de mi vivencia personal una cantidad y de datos por los que realice un trabajo de  investigación; prefiero hacerlo llegar a ustedes y que cada uno lo haga circular, lo publique, lo divulgue, lo haga llegar alguna site del web, de acuerdo a lo que piensen y puedan realizar entre sus contactos.
No es mi historia es nuestra historia.

 Les mando un abrazo y espero sus novedades y no tiene importancia hacerlo para la fecha ,lo importante es que se divulgue y sobretodo que llegue a estudiantes, maestros y profesores ya que cuando estuve en Argentina el año pasado, intervine en varias conferencias en colegios y universidades y la mayoría no sabia lo que había pasado en Trelew.

Alicia

aliciabonetkrueger@voila.fr

TRELEW :     ANECDOTAS   HISTORICAS

Sra Alicia L. de Bonet – Krueger

22 de agosto de 2006

«Pensad que esto ha sucedido, os encomiendo estas palabras»

 Primo Levi sobreviviente de los campos de concentración nazis.

 

 

Cuando el 15 de Agosto de 1972, un grupo de 6 dirigentes de FAR, Montoneros y ERP integrado por Mario Santucho, Roberto Quieto, Fernando Vaca Narvaja, Enrique Gorriaran Melo, Domingo Mena y Mario Osatinsky logran fugarse del penal de máxima seguridad de Rawson y abordar un avión en el aeropuerto de Trelew, esperaron al resto de compañeros. Y luego el avión despega con rumbo a Chile y a Cuba. El segundo grupo llega al aeropuerto con retraso sin posibilidad de despegar. Toman el Aeropuerto de Trelew 19 compañeros: Ana Villarreal de Santucho, Carlos Astudillo, Eduardo Capello, Carlos del Rey, José Mena, Clarisa Lea Place, Humberto Suarez, Humberto Toschi, Jorge Ulla, Mario Delfino, Alfredo Kohon, Miguel Angel Polti, Mariano Pujadas, Ricardo Haidar, Susana Lesgart, Maria Angelica Sabelli, Maria Antonia Berger, Alberto Camps y mi esposo Rubén Bonet después serán conducidos a la Base Almirante Zar........sigue..........................

Ver documento completo

Descargar documento original (en formato word) enviado por Alicia

 

 

 

 

Un año mas nuestra comisión recuerda el aniversario de los fusilamientos de Trelew con  palabras del entrañable compañero, ya desaparecido, Adolfo Asensio Quirós:

                   El 22 de agosto de 1972 en Trelew, se abrieron aún más las puertas al Horror Pensado que condena al hombre a permanecer inmóvil y silencioso en la Historia.
                   A los 16 presos políticos fusilados por la dictadura militar después de rendirse tras su fuga de la cárcel de Rawson en el sur profundo de la Argentina.

TRELEW

El Cielo, La Tierra y La Mar

abjuraron de sus mágicas hechicerías

al reflujo de las sangres precursoras

de un silencio futuro y lineal

parapetado en prisiones de vientos de hielo

donde ovó la pérfida serpiente

escondida en las distancias interminables

sus muertes preparadas

Trelew,

horrura de ausencias

de estivales soles de ardores,

destino de simas negadas

a las auroras por llegar

al esplendor del germinar y al florecer,

donde rasga el olor del aire

la piel de los cuerpos tumbados,

lejos pero muy lejos,

asesinados por temor a su libertad.  

ADOLFO ASENSIO QUIROS
Buenosairesianas y Otros Sentimientos   Poemas – Madrid 1998
Ediciones Los Cuadernillos del Bis   (Sociedad Libre para el Desarrollo del Saber)  

EL ARCHIVISTA DEL PLAN CÓNDOR FALLECIÓ DE NEUMONÍA EN BRASILIA
Murió el dictador Alfredo Stroessner (enlace a nota de Página12)
Fue una pieza clave en el Plan Cóndor y está acusado de 120 asesinatos

A la misma hora en que fallecía en Brasilia el ex dictador paraguayo Alfredo Stroessner, algunas de las víctimas de su régimen asistían en Asunción a la inauguración del Museo de las Memorias, en una antigua dependencia policial donde se torturaba a los perseguidos políticos. “A la misma hora de su muerte, y en el mismo lugar donde él creó en 1956 un centro de tortura, que sería lo que en Argentina fue la ESMA, estamos abriendo aquí una escuela de democracia”, afirmó en la inauguración el director del Museo, Martín Almada, quien también fue una víctima de la dictadura stroessnerista.

 

VEREDICTO EN EL CASO POBLETE  
EL "TURCO JULIAN" ¡¡CONDENADO!! enlace a Página12
LA PRIMERA CONDENA A UN REPRESOR DESPUÉS DE LA ANULACIÓN DE LAS LEYES DE IMPUNIDAD       
(el  juicio en los periódicos
-enlace a las notas durante el mismo-)

La alegría del Hermano

 

Martes, 01 de Agosto de 2006    REPRODUCIDO DE PAGINA 12
HOMENAJE A 32 AÑOS DEL ASESINATO DE ORTEGA PEÑA

“Un defensor de los derechos”

/fotos/20060801/notas/NA09FO02.JPGLa Secretaría de Derechos Humanos de la Nación rindió ayer homenaje al diputado Rodolfo Ortega Peña al cumplirse 32 años de su asesinato, que constituyó el primer crimen político asumido públicamente por la Alianza Anticomunista Argentina (Triple A), que respondía al entonces ministro de Bienestar Social del gobierno de Isabel Martínez de Perón José López Rega. La Secretaría evocó a Ortega Peña como un “incansable defensor de los derechos y garantías del pueblo argentino” que llegó en 1974 a la Cámara de Diputados “por su militancia política en el peronismo revolucionario” y, como legislador, prestó juramento afirmando que “la sangre derramada no será negociada”.
 

Ayer se cumplieron 32 años del asesinato de Rodolfo Ortega Peña.


Ortega Peña fue un reconocido abogado que defendía presos políticos, era historiador, profesor universitario y periodista. Desde su banca se hizo eco de reclamos y protestas, “encabezando las movilizaciones sociales, sin distinción de banderías entre las organizaciones libres del pueblo, generando así el odio y condena de sus futuros asesinos”, según recordaron ayer en el homenaje. En la Secretaría describieron “como una victoria contra la impunidad” que, una vez restablecido el orden constitucional después de la dictadura, López Rega fuera procesado y extraditado desde Estados Unidos, donde residía, para morir en prisión en 1989 a la espera de la condena.

El homicidio de Ortega Peña fue el puntapié inicial de una larga serie de asesinatos políticos que tuvo como víctimas a personalidades y militantes populares. La Secretaría de Derechos Humanos mencionó, entre otros, a Alfredo Curutchet y Felipe Rodríguez Araya –dos colegas de Ortega que también defendían a los presos políticos–, a los periodistas Pedro Barraza y Jorge Money, a Carlos Mugica, al profesor Silvio Frondizi, al ex vicegobernador de Córdoba Atilio López, a militantes históricos del peronismo de la resistencia como Julio Troxler y Horacio Chávez y el ex gobernador de Salta, Miguel Raggone.

Tras estos crímenes estuvieron la Triple A y otras organizaciones criminales, nacidas en los alrededores de la estructura del Estado e integradas por policías, militares y civiles, que hasta marzo del ’76 produjeron más de 2000 atentados en todo el país. “De este modo, se puso en práctica la metodología del terrorismo de Estado –resaltaron desde la Secretaría– a escala nacional”.