El movimiento de presos palestinos [1]
Loles Oliván
CSCAweb
(www.nodo50.org/csca), 18 de agosto de 2004
"[...]
La experiencia de ser preso palestino en una cárcel de
Israel imprime carácter debido a la intensidad con que
se vive desde dentro la lucha por los derechos nacionales desde
el sentimiento de unidad y apoyo mutuo por encima de las diferencias
políticas. La resistencia de los presos y presas políticos
forma parte de la singularidad palestina que ha aprendido a fomentar
la educación nacional democrática en medio del
castigo impuesto".
En
la foto, presos palestinos en Israel.
[Publicada
en Palestine Monitor]
El Movimiento Nacional de Presos
(MNP) constituye desde hace años una muestra extrema de
la capacidad de resistencia del pueblo palestino frente a la
ocupación israelí en la variante de los encarcelamientos
sistemáticos practicados por la autoridad de Israel contra
miles de palestinos y palestinas cuyas acciones se enmarcan en
el contexto de la lucha nacional palestina contra la ocupación.
Pese a las limitaciones y obstáculos
que impone el control de los funcionarios israelíes, el
MNP se ha constituido tradicionalmente dentro de las cárceles
de Israel como una estructura organizada que ha funcionado en
el interior de las prisiones como un microcosmos de la lucha
palestina frente al poder ocupante.
Cada facción política
tiene su propio liderazgo elegido por votación directa
entre los presos y está representado en el Comité
Nacional de Presos (CNP). Desde las distintas facciones políticas
la organización de los presos en las cárceles representa
un frente unido para luchar desde el interior de las prisiones
por los derechos básicos de todos los presos y promover
acciones que, como las huelgas de hambre, revisten un carácter
colectivo y representan el único medio de protesta cuando
el tratamiento de los funcionarios contraviene el respeto a los
derechos de los presos o se les niega la asistencia de las prestaciones
legales, sanitarias, alimenticias o higiénicas a las que
tienen derecho. Asimismo, la organización del MNP permite
establecer programas de educación orientados a iniciar
o completar la formación ideológica y política
de los presos de acuerdo con cada facción. "[...]
La experiencia de ser preso palestino en una cárcel de
Israel imprime carácter debido a la intensidad con que
se vive desde dentro la lucha por los derechos nacionales desde
el sentimiento de unidad y apoyo mutuo por encima de las diferencias
políticas. La resistencia de los presos y presas políticos
forma parte de la singularidad palestina que ha aprendido a fomentar
la educación nacional democrática en medio del
castigo impuesto" [2].
El Movimiento
Nacional de Presos en los años de Oslo
Las detenciones y encarcelamientos
masivos de palestinos hombres, mujeres, menores y ancianos enfrentados
al poder de la ocupación militar durante la primera Intifada
generó entre la sociedad palestina un arraigado movimiento
de apoyo a los presos políticos palestinos que hizo de
la liberación incondicional y generalizada de todos sus
presos una reivindicación básica y precondición
necesaria para abrir cualquier cauce de diálogo entre
Israel y la OLP. El inicio del proceso negociador árabe-israelí
que abrió la Conferencia de Madrid (noviembre, 1991) y
las expectativas de una paz próxima estuvieron asociadas,
por parte palestina, con la realización de esta reclamación.
La presentación que
la dirección de la Autoridad Palestina (AP) del proceso
de paz de Oslo generó muchas expectativas entre los
presos sobre su inmediata liberación, sobre la concreción
de las aspiraciones nacionales palestinas e incluso sobre el
final del conflicto israelo-árabe. Sin embargo, el desacuerdo
político surgido dentro de la OLP por la firma de Oslo
I, trastocó al propio movimiento de presos más
que cualquier otra cosa en la historia de su lucha. "[...]
Siendo una extensión orgánica del movimiento nacional
exterior (de las cárceles) esas divisiones también
impactaron a los presos. A pesar del apoyo cada vez más
menguado a los acuerdos, el movimiento de presos permanece peligrosamente
dividido sobre lo acordado y sobre la cuestión del apoyo
al liderazgo de la OLP. La desunión en nuestras filas,
obviamente, juega a favor de las autoridades israelíes
que han aprovechado la oportunidad para manipular y reprimir
el movimiento" [3].
Cuando en 1993 se firmó
la Declaración de Principios sobre el Acuerdo de Autogobierno
palestino (13/9/93), conocido como Oslo I, el número de
palestinos y árabes no palestinos encarcelados en prisiones
o centros de detención israelíes superaba los 11.000.
En contra de lo esperado por el conjunto de presos, la puesta
en marcha de las primeras fases del acuerdo no sólo no
supuso su liberación total sino que evidenciaría
por parte israelí, y de manera reiterada en el futuro,
la utilización de la cuestión de las excarcelaciones
como elemento de regateo en las negociaciones israelo-palestinas:
las 8.500 excarcelaciones anunciadas en un principio para esa
fecha, quedaron finalmente reducidas a 5.000, excluyendo a los
considerados miembros de Hamás y a los sospechosos de
haber causado daños físicos a ciudadanos israelíes
[4].
Desde febrero de 1994 hasta
finales del mismo año, las excarcelaciones autorizadas
por Israel se produjeron como concesiones de los negociadores
israelíes a la parte palestina bajo condiciones restrictivas:
los liberados eran presos cuyas condenas ya habían sido
cumplidas y afectaban exclusivamente a aquellos miembros de facciones
políticas palestinas que apoyaban el proceso negociador,
exigiendo además la firma de un documento de aceptación
del mismo y de renuncia a ejercer cualquier tipo de oposición
[5].
La limitada excarcelación
de los presos políticos palestinos hasta 1994 fue uno
de los elementos en los que se centraron las primeras críticas
al proceso de paz israelo-palestino y, más concretamente,
a la posición de debilidad del liderazgo de la OLP en
tanto que la aceptación de los criterios israelíes
por su parte subrayaba "[...] su complicidad en el objetivo
israelí de erradicar a la oposición palestina.
Lejos de ser un gesto de buena voluntad [las excarcelaciones
condicionadas] muestran la discriminación contra la oposición
y refuerzan las tendencias antidemocráticas que Israel
ha intentado desde siempre cultivar en el campo político
palestino" [6].
Por otra parte, la previsión
de repliegue del ejército israelí de las Áreas
Autónomas bajo Oslo (nunca ejecutada en su totalidad)
derivó en el cierre de los centros de detención
israelíes desplegados en las áreas previstas para
la retirada israelí [7]. Varios centros (Gaza,
Nablús y Dahriyye) fueron clausurados y todos los detenidos
palestinos fueron trasladados, en contra de la normativa internacional
y de la IV Convención de Ginebra, a prisiones del interior
de Israel [8].
La fase abierta por el Acuerdo
interino israelo-palestino sobre Cisjordania y la Franja de Gaza
(Oslo II, 23/9/95) evidenció el abandono por parte de
la AP de la exigencia palestina de condicionar el proceso de
paz a la liberación de todos los presos políticos
en cárceles de Israel. Oslo II recogía en su Artículo
XVI el compromiso de un proceso de excarcelación escalonado
y parcial de los presos palestinos en tres fases y de acuerdo
con varias categorías de presos.
Pese a no garantizar una liberación
total y sin condiciones, la AP aceptó la firma de tales
acuerdos lo que desencadenó para el colectivo de presos
palestinos, para sus familias, abogados y las organizaciones
de apoyo a los encarcelados, un desengaño progresivo acerca
del modo en que avanzaba la aceptación de la formulación
israelí de la paz.
Lejos de resolverse, la cuestión
de los presos palestinos sufrió en el marco de aplicación
del Acuerdo de Oslo II un doble deterioro: por un lado, de los
5.000 encarcelados en enero de 1995 [9],sólo 1.300
fueron liberados durante ese año. Sin embargo, estos presos
fueron reemplazados por otros con nuevas detenciones practicadas
por las fuerzas de seguridad israelíes contra activistas
políticos de las áreas que todavía no habían
sido traspasadas a la AP. El procedimiento de detención
administrativa no sólo no fue abandonado, sino que "[...]
se incrementó especialmente contra sectores del activismo
político críticos con el proceso y contrarios al
acuerdo israelo-palestino.
La excarcelación de
1.200 presos entre octubre (1995) y enero (1996) siguiendo las
previsiones de Oslo II fue valorada muy negativamente por las
organizaciones palestinas de derechos humanos ya que tanto el
criterio como la clasificación para definir las excarcelaciones
"[...] fueron determinadas por la parte israelí e
incluían la negativa por parte de Israel a satisfacer
las demandas palestinas de liberar a todas las mujeres presas,
menores, ancianos, los necesitados de tratamiento médico,
así como de aquellos presos cuyas condenas habían
sido cumplidas en dos tercios" [10].
Por otro lado, la puesta en
marcha de la AP en las áreas establecidas por los acuerdos
introdujo un nuevo elemento desestabilizador para el proceso
de paz: durante 1995 la proliferación de fuerzas de seguridad
palestinas dependientes de la AP (en total 17 cuerpos diferentes)
desencadenó numerosas detenciones contra palestinos cuyas
opiniones políticas y acciones fueran susceptibles de
socavar a la AP y al nuevo orden establecido por los acuerdos
[11].
Las tensiones políticas
que vivieron las facciones palestinas en el interior de las cárceles
de Israel desde 1993, año de la firma de los Acuerdos
de Oslo I -reproducidas a escala de las existentes en el exterior-
parecen haber sido superadas a través de una estrategia
renovada cuyo pilar se asienta en la preservación de la
unidad del movimiento de presos para seguir haciendo frente a
su lucha en el interior de las cárceles -manteniendo las
estructuras y la organización democráticas dentro
del movimiento, defender sus conquistas y conseguir la satisfacción
de sus demandas como preso-, y externamente -reforzando la exigencia
de la liberación de todas las presas y presos sin discriminación
o excepción, luchando por que se aplique la IV Convención
de Ginebra en lo relativo al reconocimiento internacional y oficial
por Israel del estatuto de los encarcelados como prisioneros
de guerra y rechazando ser utilizados como moneda de cambio en
ajustes negociadores entre la AP e Israel.
Los presos
y la II Intifada
La no resolución de
la cuestión de los presos políticos en el marco
de Oslo representó para el movimiento, para sus familias
y para la mayor parte de la sociedad palestina una prueba del
fraude global asociado al proceso de paz que conduciría
en septiembre de 2000 al surgimiento de una segunda Intifada
contra la ocupación y contra Oslo. Desde entonces, las
prácticas de detenciones administrativas -sin cargos ni
juicios- y el encarcelamiento masivo y arbitrario de palestinos
y palestinas por parte del ejército de ocupación
israelí han aumentado de manera vertiginosa solo comparable
a los años de la primera Intifada (1987-1991). Los presos
y presas, detenidos y detenidas palestinos en cárceles
y centros de detención de Israel suman hoy más
de 7.500.
Desde el comienzo de la presente
Intifada, más de 28.000 palestinos han sido detenidos
por las autoridades israelíes. En la actualidad entre
150 y 200 menores de edad siguen encarcelados en prisiones israelíes.
La situación en las prisiones israelíes y en los
centros de detención son dramáticas. La falta de
higiene y de cuidados médicos, la carencia de alimentos
y la saturación de presos empeoran considerablemente la
situación de los prisioneros. La ayuda exterior a favor
de la población palestina encaminada a paliar los efectos
de esta situación está siendo muy limitada. Se
estima que siete de cada diez personas en Cisjordania requieren
en la actualidad de apoyo externo para paliar sus necesidades
básicas pero solamente tres de cada diez tienen acceso
a alguna forma de ayuda externa [12].
"[...] El problema de
los presos permanecerá mientras no se alcancen las dos
condiciones de autodeterminación y reconocimiento de un
Estado palestino independiente, mientras la tierra siga ocupada,
mientras sigan existiendo desplazados y refugiados palestinos,
no habrá libertad. A pesar de los acuerdos firmados en
capitales extranjeras, mantendremos nuestra lucha hasta que hayamos
conseguido la libertad" [13].

Notas
1. Este texto
es un extracto actualizado del capítulo VI redactado por
Loles Oliván dentro del Informe: Presos palestinos
en Israel y Áreas Autónomas (Madrid, 1997)
elaborado por Vercher, A., Gimbernart, J.A.; Ruíz-Giménez,
J.L.; y Oliván, L. tras la visita que esta delegación
de juristas y expertos en derechos humanos del Estado español
realizó bajo coordinación del CSCA a Palestina
en septiembre de 1996 en una iniciativa organizada por la Campaña
por la Liberación de los Presos Palestinos.
2. Mahmud Yedda, ex-preso palestino y miembro del equipo de investigación
del Alternative Information Center (AIC) en 1996 (en entrevista
personal).
3. Amar, Bilal: "El sendero hacia la unidad: crisis política
en el movimiento de presos", al- Quds, ZB/1/94. Bilal Amar
es un preso palestino encarcelado hasta 1995 en la prisión
israelí de Yenid, (Nablús) trasladado a una prisión
del interior de Israel en 1995 en virtud de la clausura de las
créceles y centros de detención israelíes
ubicadas en los TTOO que acompañó el repliegue
del ejército en las áreas autónomas de la
AP descritas por Oslo I.
4. Al-Quds, 14 de diciembre de 1994.
5. Informe del Instituto Mandela (IM), marzo de 1994.
6. April 17 Bulletin, Alternative Information Center (AIC),
núm. 6, abril 1994
7. Informe del IM, 22 de julio de 1995.
8. El traslado de los detenidos palestinos a prisiones localizadas
en el interior del Estado de Israel viola la IV Convención
de Ginebra en relación con la protección de civiles
en tiempo de guerra. El Artículo 76 referido al tratamiento
de los detenidos estipula que "[...] Las personas protegidas
acusadas de delitos deberán ser detenidas en el país
ocupado, y en caso de ser halladas culpables deberán servir
sus condenas en el territorio ocupado".
9. Según el Annual Report, 1995, del AIC. Otras
fuentes, como el IM cifran un número de 5.741 para las
mismas fechas
10. Annual Report, 1995, del AIC.
11. Informe IM, 12 de enero de 1996.
12. Estos datos corresponden a los informes publicados por la
organización palestina de derechos humanos Addamir
que trabaja en apoyo de los presos y detenidos palestinos (www.addameer.org/index2.html). No obstante, las
cifras pueden variar habida cuenta de que en muchas ocasiones
las autoridades israelíes no informan de la detención
de palestinos o del lugar en donde están recluidos impidiendo
con ello a las familias y a las organizaciones de apoyo hacer
su seguimiento y contabilización. Véase en CSCAweb:
Compromiso
político y solidaridad con los presos y presas palestinos,
y sus familias - Los presos palestinos del centro de detención
israelí de Kadomin (Cisjordania) en huelga de hambre indefinida | Informe
sobre la situación de los presos y detenidos palestinos
en Israel
y enlaces relacionados.
13. Amar, Bilal: "El sendero hacia la unidad: crisis política
en el movimiento de presos", Op. cit.
|