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Razón y condicionantes de la Asamblea Constituyente

José Eugenio Stoute*

Revista Portada/N° 21 – Julio de 2015 –

 

La promesa electoral del hoy presidente Juan Carlos Varela de convocar una Asamblea Nacional Constituyente levantó grandes esperanzas y expectativas. La convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente estaba incluida en el marco de los acuerdos del Frente por la Defensa de la Democracia y en ella no se definía si debía de ser originaria o paralela. El presidente Varela firmó la demanda del Frente por la Defensa de la Democracia durante la campaña electoral, pero el anuncio hecho en su primer Mensaje a la Nación de que “no es el momento y por tanto se posterga” constituye un balde de agua fría de insondables consecuencias.

En efecto, si entonces ya se comprendía que el actual sistema político era disfuncional y no respondía a las exigencias del momento, lo ocurrido con la cancelación del “acuerdo legislativo” suscrito por el Partido Panameñista y el PRD, cuyo resultado ha sido la elección de la nueva Junta Directiva de la Asamblea presidida por uno de los seis diputados perredistas que no aceptaron la candidatura impulsada por Benicio Robinson, pone de manifiesto, una vez más, la obsolescencia de un sistema político que se encuentra, a nuestro juicio, en su etapa terminal.

Pero, ¿cómo surgen las asambleas constituyentes? Lo primero que hay que tener claro es que son actos políticos más que jurídicos, y que por lo tanto responden a factores de fuerza, entendiendo por ello lo que comúnmente se denomina “correlación de fuerzas políticas y sociales”. Por ello puede afirmarse que las constituyentes y las constituciones que surgen de ellas son expresión de los factores reales de poder que rigen en una sociedad determinada. Si el poder que descansa en la Nación no está organizado para desplazar a las fuerzas dominantes, la Constitución puede permanecer inmodificable infinitamente pese a no expresar las exigencias nacionales. De ahí que se requiere una correlación de fuerzas favorable y, además, una crisis política determinante.

¿Qué podemos esperar de una Constituyente? Nada que llegue más lejos de la correlación de fuerzas preexistentes. Si hoy se convocara una Constituyente, lo más probable es que las organizaciones que en las pasadas elecciones no obtuvieron representación parlamentaria y desaparecieron electoralmente cosecharían los mismos resultados. Así ocurrió en 1984 con el Partido de Acción Popular y su candidato Carlos Iván Zúñiga, que, pese a enarbolar la exigencia de una Constituyente, no obtuvo ni un solo diputado, alcalde o representante. Y ello es así porque la mayoría de las Constituyentes surgen cuando, habiendo cambiado previamente la correlación de fuerzas políticas, las convoca un gobierno partidario de la misma. En suma, se trata de un problema de poder.

Así ocurrió en 1904 en la Convención Nacional Constituyente que produjo la primera Constitución del nuevo Estado. Colapsado el poder colombiano por una combinación de factores nacionales e internacionales, y generada la crisis que posibilita la proclamación de la independencia, es decir de un nuevo poder, la nueva correlación de fuerzas se expresa en la instalación paritaria de conservadores y liberales en la Convención Constituyente, legitimando además el texto constitucional la existencia de otro poder determinante: el artículo 136, que otorga al gobierno norteamericano la facultad de intervención en cualquier punto del territorio de la nueva república. Crisis política, correlación de fuerzas favorable y texto constitucional que las expresaba.

Con la Constitución  de 1904 se llegó al 1° de Octubre de 1940, fecha en la que Arnulfo Arias asumió la presidencia como resultado de unas elecciones fraudulentas, realizadas en un contexto de violencia y persecución tales que hicieron desistir a Ricardo J. Alfaro de su candidatura porque no existían las mínimas condiciones democráticas para participar en la contienda electoral. Muy pronto Arnulfo Arias hizo aprobar una nueva Constitución que entró en vigor el 2° de enero de 1941 y cuya imposición el Dr. César Quintero caracterizó como un “golpe de Estado técnico” por irrespetar el procedimiento reformatorio establecido en la Constitución de 1904. El 9 de octubre de ese mismo año, Arnulfo Arias fue derrocado. Su talante autoritario, sus simpatías por las potencias del Eje y roces diversos con las autoridades norteamericanas le hicieron perder el respaldo de la Policía Nacional, si bien no pueden negársele algunas medidas importantes de naturaleza modernizadora, tales como la creación de la Caja de Seguro Social, la fundación del Banco Agropecuario e Industrial, la nacionalización del comercio al por menor, etc. Nuevamente el país se encuentra con la necesaria crisis política y, en ese caso, con una correlación de fuerzas desfavorable al gobierno de turno, amén de la imposición de una Constitución que no expresaba los intereses de los “factores reales de poder”.

Derrocado Arnulfo Arias, se inauguró un período de extremada inestabilidad política con un gobierno encabezado por Ricardo Adolfo de la Guardia, quien asumió el poder en su calidad de Encargado del Poder Ejecutivo, permaneciendo en esa condición hasta mayo de 1945. Este fue uno de los períodos políticos más complejos y conflictivos para el país, tanto desde el punto de vista interno como internacional, al extremo de que el presidente se vio obligado a convocar una Asamblea Constituyente y renunciar a su cargo por carecer ya del más mínimo sostén político. Como puede observarse, la crisis política abierta con el derrocamiento de Arnulfo Arias no logró resolverse adecuadamente y el presidente Ricardo Adolfo de la Guardia llegó a perder el apoyo y sostén de “los factores reales de poder.”

El 15 de Junio de 1945 se instaló la Asamblea Constituyente, que eligió a Enrique A. Jiménez como presidente provisional. La nueva Constitución entró a regir el 1° de marzo de 1946, resultando ser un texto democrático de gran contenido social y modernizador de las instituciones republicanas, que mantuvo su vigencia hasta 1972, con excepción del intento de Arnulfo Arias el 7 de mayo de 1951 de restablecer la Constitución de 1941, lo que le costó nuevamente su derrocamiento por la Policía Nacional. Nuevamente, crisis política y correlación desfavorable de fuerzas del gobierno constituido.

El 11 de octubre 1968 se produjo el tercer derrocamiento de Arnulfo Arias Madrid, en razón, a mi juicio, de un movimiento autodefensivo de la denominada entonces Guardia Nacional que, al ver irrespetado el escalafón de su oficialidad, se adelantó y materializó un golpe de Estado que se caracterizó por ser la primera vez que la institución armada asumió directamente el poder. Se inauguró con ello, un poco más tarde, lo que se conoció como “el proceso revolucionario” encabezado por el oficial Omar Torrijos Herrera, que formalizó un novedoso régimen político que tuvo como fundamento a la Asamblea de Representantes de Corregimientos, organismo que vino a sustituir a la Asamblea de Diputados y que aprobó la Constitución de 1972, legitimando así al primer gobierno militar de la historia republicana.

Como vemos nuevamente, el golpe de Estado resultó de una crisis política de gran envergadura, dados los durísimos enfrentamientos de una clase dominante dividida en su lucha por el control de Estado y la obsolescencia del régimen político oligárquico. Una nueva correlación de fuerzas emergió y fue legitimada en la Constitución de 1972, la cual, por cierto, expresaba un proyecto político novedoso.

*Analista Político

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