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Jugando al terrorismo

Dicky Reynolds O’Riley

Dicky Reynolds O’Riley | 22 jul 2015 – 01:02h

La sociedad panameña se sintió solidaria con el profesor y los estudiantes del Instituto Nacional que resultaron heridos a causa de la combustión de un artefacto de fabricación casera, popularmente conocido como bomba molotov.

Ello no hubiese dejado de ser un incidente de rutina, de esos que gravitan en torno a la manipulación de este utensilio casero de guerra, sino fuera porque los que propiciaban las protestas se encontraron con una mejor fórmula, la difusión de mensajes, supuestamente, encriptados para producir terror. Esto a sabiendas de que aquí hay clientela para la alarma, que compra las amenazas y el miedo que no produjo la bomba.

Son adolescentes que copiaron las maneras de amedrentar de los grupos radicales y que ven en la violencia la mejor solución de sus conflictos –sean religiosos, sociales o políticos–, cofradías que no creen en el diálogo como la mejor alternativa de paz.

Pero, al ser los métodos utilizados copias de los verdaderos terroristas, cayeron en la retórica de la explicación de su leitmotiv. No hay que ir muy lejos para saber que los jóvenes de la actualidad no tienen las motivaciones que decían sentir en sus manifiestos, y que la fórmula que utilizaron para venderlos fueron dictadas por un manual de aprendizaje de terrorismo, que cualquiera compra online. No tuvieron la previsión de saber que estaban jugando con fuego, actuaron como quien decide asaltar un banco solo para sentir la adrenalina que ello produce.

Sin entrar en valoraciones de que si aquella conducta fue o no la correcta, esos jóvenes no midieron que un inserto en el título del Código Penal, identificado como “delitos contra la seguridad colectiva”, es de un rigor inusitado, acorde a las exigencias de la sociedad que resulte afectada con la germinación de ideas que preconicen alzamientos sociales, amparados por la violencia, y que la ley no diferencia entre aquellos que sepan o ignoren su alcance, y dicta penas de entre 20 y 30 años de prisión.

De igual manera, hay que señalar que la sola retórica no constituye delito, porque estos sujetos carecían de los medios idóneos para llevar a cabo su nefasto fin.

Entonces, ¿por qué tratar de juzgarlos con esa saña y hacerlos acreedores de toda la sanción que de ello se pudiera derivar? Son jovenzuelos que mal encaminaron sus pretensiones seudorevolucionarias, pensando que con sus biombos, palos y piedras pudieran derribar aviones o desestabilizar gobiernos.

Considero que sí se debe sancionar a estos Bin Laden en pañales, para que tengan un aprendizaje por sus tropelías, y así enviar un mensaje aleccionador, pero no avalo las penas desmesuradas que, en mi concepto, pretenden desviar los problemas más urgentes que aquejan a la sociedad panameña, propiciados por otros agentes delictivos.

Hay una línea leve, casi imperceptible, entre el ejercicio del derecho a protestar y las limitaciones que se le puedan demarcar, porque ello iría en contra del espíritu de la Constitución Política que apadrina el derecho a reunión, siempre y cuando, se realice con fines pacíficos. Algo que podría ser mal calibrado por los gobernantes de turno y, así, cercenar las libertades individuales, sin mayor sonrojo y bajo el amparo o la connivencia de la ley penal.

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