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Los datos sobre acoso sexual en el trabajo no existen ni tampoco se los espera

Lunes 28 de octubre de 2019

Ningún Gobierno se ha ocupado de investigar el alcance y casuística de la violencia sexual en el ámbito laboral, que según estimaciones europeas podría afectar a una de cada tres mujeres que sufren acoso y de las que sólo se denuncia un 8% de los casos.

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Acoso laboral / EFE

Madrid 25/10/2019 Marisa kohan Público

No existen datos ni estimaciones sobre la incidencia del acoso sexual en el ámbito laboral en España. Tanto el Ministerio de Igualdad como el de Trabajo reconocen no haber realizado nunca encuestas o estimaciones sobre esta violencia, y tampoco confirman tener planes de llevarlas a cabo en el futuro cercano.

Pero la opacidad sobre este tipo de violencia de género que sucede en el trabajo va mucho más allá de la falta de cifras sobre cuántas mujeres la sufren y en qué circunstancias. Nadie maneja datos sobre el número de empresas que han implementado protocolos de prevención de este tipo de acoso (aunque es obligatorio que los tengan desde la ley de Igualdad de 2007), cuántas denuncias se interponen por este concepto, ni cuántas denuncias recibe por estas violencias recibe la inspección de trabajo y por qué conceptos.

El Ministerio de Igualdad declinó la petición de este diario de hablar con algún experto del ministerio en esta materia y se limitó remitirnos al Ministerio de Trabajo para cualquier información. Por su parte, el Ministerio de Trabajo también denegó la posibilidad de hablar con un especialista en el tema y ante la petición de datos estadísticos se limitó a afirmar que “respecto a infracciones de todo tipo, la Inspección de Trabajo tiene el mandato de confidencialidad y no informa de esos procesos”, e insistió en que “no podemos informar del número de denuncias porque la Inspección no hace públicos esos datos por protección de datos de las partes”. Aunque nadie fue capaz de responder de qué forma se incumple la protección de datos desvelando estadísticas sobre incumplimiento de la legislación vigente.

Sin embargo, si nos asomamos a la web del propio ministerio vemos que hay cifras publicadas sobre las inspecciones realizadas año a año, aunque es casi imposible hacer estadísticas más amplias puesto que no se especifican las causas de las infracciones o sanciones.

Fuentes del Ministerio de Trabajo afirmaron a este diario que antes de 2018 todo “todo quedaba computado como acoso sexual (tanto denuncias como protocolo de acoso), si bien desde el año pasado se desagrega el acoso sexual (denuncias) de la exigencia de protocolo de acoso, algo que es obligatorio para todas las empresas. Es decir, ahora sabemos si la denuncia es por acoso sexual o por falta de protocolo”. Sin embargo estas cifras no son públicas puesto que el último informe colgado en la web de ministerio de Trabajo es del año 2017. Ese año, las estadísticas de la inspección arrojan que hubo cero actuaciones en relación a los protocolos de acoso sexual.

"Este es el problema que hay con esta casuística en concreto. Que los ministerios de Igualdad y Trabajo, que son los que deberían ponerse de acuerdo y hacer acciones conjuntas, se lanzan la pelota el uno al otro y ninguno de los dos hace nada”, afirma Cristina Antoñanzas, vicesecretaria del sindicato UGT.

Recientemente el programa de la Sexta, Salvados, desveló que según una estadística realizada por el ministerio de igualdad, el 15% de las mujeres son víctimas de este tipo de acoso pero que esta cifra data del año 2006 y que nuestro país no había realizado ninguna encuesta en los últimos 13 años. Desde el Ministerio que preside la vicepresidenta Carmen Calvo y ministra de Igualdad afirman no haber elaborado ninguna “encuesta” sobre este tipo de acoso.

Antoñanzas sí recuerda haber visto las la estadística de 2006 que salió del Ministerio de Igualdad del Gobierno de Rodríguez Zapatero, pero afirma que en no han tenido ningún otro dato desde entonces.

Las únicas estimaciones disponibles sobre este tipo de acoso las han producido en los últimos años algunos organismos europeos. Uno de ellos es la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), que en una encuesta realizada a 42.000 mujeres de los 28 países de la unión en 2014, concluyó que una de cada dos mujeres (el 55%) en la UE ha sido víctima de acoso sexual al menos en una ocasión desde los 15 años de edad. Y de estas, un 32% señaló que el autor pertenecía al entorno laboral. Este estudio también resalta que alrededor del 75% “de las mujeres con capacitación profesional o que ocupan un puesto directivo han sido objeto de acoso sexual a lo largo de su vida”. El informe desvela que el 90% de las personas que sufren acoso sexual en el trabajo son mujeres.

Otro informe, esta vez elaborado en 2015 por la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de vía y el Trabajo (Eurofound), desvelaba que en nuestro país sólo se denuncia un 8% del acoso laboral, lo que supone casi la mitad de la UE, cuya media está en el 14,9%.

“En España no se han elaborado datos sobre este tipo de acoso. Sólo manejamos unas estadísticas que conseguimos de la Inspección de Trabajo que afirman que entre el año 2008 y 2017 se levantaron 2.666 actas de infracción por acoso sexual. Entendemos que corresponden a personas relacionadas con las empresas sancionadas por no actuar como debían cuando se presentaron denuncias. En ese mismo período de tiempo, la inspección sancionó por valor de 264.000 euros, pero no sabemos por qué conceptos. Pero estos datos no nos dan una radiografía del problema. No se puede saber, por ejemplo, si las sanciones tienen que ver con que la empresa no tenía un protocolo de prevención o actuación o si teniéndolo no lo aplicó”, afirma Antoñanzas.

Avances a paso de tortuga

La ley de Igualdad de 2007 estableció dos obligaciones para las empresas. A todas, independientemente de su tamaño, las obliga a tener protocolo de actuación para prevenir el acoso sexual, o al menos a implantar medidas y procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias y reclamaciones. Estas medidas, además, deben ser conocidas y negociadas con los trabajadores. Sin embargo, no se especifica cómo debe ser ese protocolo ni qué medidas concretas debe contener.

La otra obligación estaba destinada a las empresas de más de 250 trabajadores, que debían desarrollar Planes de Igualdad. Sin embargo, la existencia de protocolos y de planes de igualdad no eran sencillos de constatar. Sólo hace seis meses, en marzo de este año, un Decreto Ley modificó este aspecto de la ley. Extendió la obligación de contar con planes de igualdad a todas las empresas de más de 50 trabajadores, y además estableció la obligación de registrar dichos planes, para lo que se establece un período de uno a tres años, dependiendo de tamaño de la empresa. Este registro ha sido una larga reclamación de sindicatos y organizaciones de derechos de las mujeres, puesto que sin él no había forma de hacer un seguimiento de cuántas cumplían con la ley.

De hecho, tal como explica la representante de UGT, sólo en los dos últimos años hemos visto que las empresas se han comenzado a poner las pilas con estas medidas. "A día de hoy sólo un 8% de las empresas tienen registrado un plan de igualdad y por los datos que tenemos tan sólo un 16% de las de más de 250 trabajadores cuentan con uno, doce años después de que entrara en vigor la ley". Según esta sindicalista, la Administración Pública tiene un comportamiento incluso peor que la empresa privada en este tema.

Los sindicatos afirman que existe una gran dificultad a la hora de hablar o negociar con las empresas sobre medidas contra el acoso sexual. "Para muchísimos empresarios el acoso sexual en las empresas directamente no existe, no ocurre e históricamente hemos tenido muchos problemas a la hora de plantear estas cuestiones en las mesas de negociación. Sólo lo hemos podido hacer en la mesa de negociación sectorial y con mucha dificultad".

En este sentido, Elena Blasco, responsable de Igualdad en CCOO, afirma que "es necesario que los protocolos sobre acoso sexual formen parte de los convenios colectivos, especialmente en los de ámbito sectorial, dado que así se garantiza que todas las empresas tendrán protocolo".

Las dificultades para denunciar el acoso

Denunciar un acoso sexual en el ámbito laboral no es tarea fácil. La inmensa mayoría de las ocasiones se trata de una acción que emprende la víctima en solitario y sintiendo que va contra la empresa. La posibilidad de perder el empleo, a ser juzgada y a que no la crean, frena o retrasa el proceso. Por eso la mayoría de las víctimas acaban tomando la decisión cuando ya llevan mucho tiempo padeciendo el acoso.

Otro freno con el que se encuentran muchas es la convicción de que la empresa decida quitarse el problema trasladándola o directamente despidiéndola porque considere más valioso apoyar a un directivo o alto cargo, que desprenderse de él.

"No sabemos cuántas empresas tienen un protocolo de actuación, pero en muchos casos el problema es cómo se aplica, si es conocido o no por la plantilla y si llegado el caso se hace uso de él", explica Jordan.

En algunas ocasiones la denuncia de las víctimas ante la justicia es debido a que la empresa no aplicó el protocolo, a pesar de contar con uno. Es el caso que desveló Público en enero pasado sobre la denuncia a un directivo de CriteriaCaixa, o uno de los casos desvelados por el programa Salvados que ocurrió en un Corte Inglés de Galicia. El primero de ellos sigue su cauce judicial y está en fase de investigación. El segundo acabó en condena hacia la empresa.

"Normalmente cuesta denunciar por miedo a perder el trabajo. Eso es lo que está en riesgo", incide Jordan. Para esta experta el contexto es importante. Si toda la plantilla es conocedora del protocolo o de las medidas implantadas por la empresa para prevenir estas situaciones, la denuncia no debería recaer sólo en los hombros de la víctima, sino que la propia plantilla debería poder actuar. "Porque el objetivo de los protocolos es la prevención, que el acoso no llegue a ocurrir".

El protocolo o las medidas de prevención establecidas por la empresa, son sólo uno de los mecanismos que tiene la víctima para denunciar, porque puede abrir la vía interna de la empresa, denunciar ante un juzgado penal o de lo social o ante la inspección de trabajo al mismo tiempo. Si la empresa no investiga o toma acciones ante una denuncia de este tipo, se puede exponer a sanciones y condenas.

Pero el proceso de denuncia no es sencillo. "En la mayoría de los casos las mujeres tienden a pensar que es algo que ellas han provocado, miran como evitarlo o se encuentran con que no tienen pruebas para demostrar el acoso y que las van a creer, porque el acoso siempre suele producirse en una situación de poder", afirma Vaccaro, que añade que se trata de un tipo de abuso mucho más común de lo que se piensa.

Esta experta explica que normalmente las mujeres creen que esto sólo les pasa a ellas, por lo que no se anima a comentarlo por miedo a quedar como una exagerada. "A lo que se arriesgan es a perder el empleo y en una situación de crisis como la que hemos vivido, es algo a lo que pocas mujeres se animan".

El problema, apuntan las expertas y sindicalistas, es que pocas empresas hace bien este proceso de información sobre el protocolo de prevención. "No he conocido a ninguna empresa que esté interesada en hacer cursos sobre igualdad. Pero si les ofreces un curso de mindfulness, de psicología positiva y de jefe amigable, todas se apuntan. Esto es un problema. Porque no se puede atajar el acoso en la empresa sin formación", resume Vaccaro.

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