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La Justicia anula la absolución de un presunto agresor sexual por no valorar pruebas clave

Domingo 7 de noviembre de 2021

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana reprocha a la sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante que el fallo no cuenta con los "estándares constitucionales exigibles"

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Movilización del 8 de marzo. ALEJANDRO RAMOS

Lucas Marco 5 de noviembre de 2021 elDiario.es

"Una sentencia que deja sin valorar hasta tres pruebas periciales de especial trascendencia". La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha atizado un severo varapalo a la sentencia absolutoria de un hombre acusado de agredir sexualmente a su excompañera sentimental en Elche. La resolución del TSJ-CV, a la que ha tenido acceso elDiario.es, reprocha a la sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante que absolviera al acusado sin haber valorado hasta tres informes periciales que daban credibilidad a la versión de la víctima y ordena repetir el juicio oral.

El fallo absolutorio consideraba que "no consta suficientemente acreditado" que el hombre se abalanzase sobre su expareja en su domicilio el 24 de marzo del 2017 y la penetrase con los dedos en la vagina. La mujer denunció que posteriormente fue atacada por el mismo hombre en el puesto de trabajo que compartían en Elche. La última agresión se habría producido el 20 de mayo de aquel año y la víctima denunció los hechos al día siguiente, adjuntando un parte médico que reseñaba hematomas en el brazo izquierdo, en la zona lumbar, nalgas y miembro inferior derecho y mialgias, que precisaron de atención facultativa y entre 5 y 7 días de curación.

El hombre fue absuelto y las medidas cautelares acordadas durante la instrucción por parte del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Elche quedaron sin efecto. La defensa de la mujer interpuso un recurso de apelación al que se opuso tanto su expareja como el Ministerio Fiscal. La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ-CV, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Torres (ex fiscal anticorrupción), considera que la mujer "tiene razón" al impugnar la absolución.

La abogada de la mujer argumentaba que la sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante había cometido un error en la valoración de la prueba vulnerando, por tanto, el deber de motivación de las sentencias, por lo que pedía la nulidad del juicio. Además de deplorar la falta de valoración de hasta tres informes periciales, la letrada de la víctima destacaba un mensaje de WhatsApp que le remitió su expareja, con el que mantuvo una relación sentimental durante una década, en el que le pedía perdón, y la declaración de una testigo que vio los moretones sufridos por la denunciante.

La sentencia del TSJ-CV recoge con contundencia que el tribunal ni tan siquiera mencionaba el testimonio de la médico forense a pesar de ser un "elemento probatorio relevante". La facultativa confirmó la compatibilidad de las lesiones con el relato de la mujer, que además le mostró unas fotografías de sus heridas. La sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante sostenía que las imágenes, aportadas durante el juicio oral, eran un "documento privado" sin informe pericial ni "certeza probatoria por sí mismas".

El TSJ-CV, por su parte, recuerda que "la valoración de la prueba practicada (...) aún de manera sucinta resulta un deber de los órganos jurisdiccionales, pero más si cabe cuando esta valoración se debe realizar sobre un elemento probatorio que resulta corroborado del testimonio de la víctima". "No es esta la única prueba relevante que no se valoró", abunda la contundente sentencia. "No existe valoración alguna de la pericial de la psicóloga forense, sólo se dice que hizo una pericial sin que exista análisis y valoración de la misma", lamenta el fallo, que cita la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

El informe de la psicóloga forense concluyó que la narración de la denunciante "posee estructura lógica y coherencia" que "la dotan de sentido global" y de un "hilo conductor". Así, las conclusiones podrían haber sido un "elemento corroborador del testimonio" de la mujer y "debieron ser valoradas". "Resulta evidente que esta merma en la valoración de la prueba supuso un quebranto de lo dispuesto en el artículo 120 de la Constitución [el deber de motivación de las resoluciones judiciales] al encontrarnos ante una sentencia que adolece de la motivación suficiente exigida en su razonamiento", reprocha el TSJ-CV.

Repetición del juicio con una sala diferente

Por si fuera poco, la prueba pericial realizada por una psicóloga "tampoco fue valorada correctamente". La sentencia absolutoria recoge las conclusiones de la perito sobre el testimonio de la mujer: era "posiblemente creíble". "Nada más se argumenta", lamenta el TSJ-CV, "sobre la prueba practicada ni su desarrollo en el plenario, debiendo ponerla en relación con la pericial de la psicóloga forense", que llegó a conclusiones similares.

La resolución dictada por la Sala de lo Civil y Penal declara la nulidad de la sentencia absolutoria y del juicio oral. Se deberá celebrar un nuevo juicio con una composición de la sala diferente a la que conformó el tribunal. El TSJ-CV recrimina que la sentencia absolutoria de la sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante no cuenta con los "estándares constitucionales exigibles".

La mujer se deberá enfrentar a un segundo juicio oral por la presunta agresión sexual de su expareja cometida hace más de cuatro años.

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