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La Fiscalía busca fórmulas para que los condenados por agresiones sexuales no eviten la prisión

Sábado 3 de septiembre de 2022

a FGE trabaja en una circular para que las víctimas de violencia sexual puedan realizar una prueba preconstituida, lo que les permitiría declarar una sola vez y evitar la revictimización en un juicio reviviendo nuevamente la agresión.

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Manifestación contra la violación de ’La Manada’ (archivo). — EFE

MADRID0 2/09/2022 MARISA KOHAN Público

La Fiscalía General del Estado (FGE) busca fórmulas para evitar que los violadores lleguen a acuerdos con las víctimas y eviten de esta forma su entrada en prisión y el cumplimiento de las penas. La alarma causada por los últimos casos en los que los violadores apenas fueron condenados por estos delitos, ha puesto la voz de alarma en el Ministerio Fiscal.

El pasado mes de julio se conoció que dos policías locales de Estepona (Málaga) que abusaron sexualmente de una joven evitaron la entrada en prisión mediante un acuerdo entre las partes al no presentarse a declarar en el juicio la joven agredida sexualmente, un requisito indispensable para realizar el juicio oral. Los policías reconocieron los hechos y fueron condenados a dos años de cárcel (que no cumplieron), a pesar de que la fiscalía pedía para ambos 30 años de prisión. También fueron suspendidos de empleo, obligados a realizar un curso de educación sexual, a indemnizar a la víctima con 80.000 euros y a una prohibición de comunicarse con la víctima (de 18 años en el momento de los hechos) por un período de diez años. Una pena muy inferior a la marcada por la ley en estos delitos.

Algo parecido ocurrió en Mula (Murcia). Un acuerdo entre las partes obligó a un capataz a indemnizar con 6.000 euros a una jornalera a la que había violado. El hombre (que tampoco entró en la cárcel por no tener antecedentes) fue condenado finalmente a dos años de prisión, a realizar un curso de educación sexual y a cinco años de libertad vigilada.

Los acuerdos de conformidad son habituales en muchos casos de violación y de violencia de género. Los temores de la víctima a no ser creída o el dolor a revivir lo ocurrido en un juicio, acaba en muchas ocasiones con condenas irrisoriamente leves e incluso con la absolución de los acusados.

Para atajar este problema, el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, ha afirmado que prepara una circular que será trasladada a todos los miembros del Ministerio Público, en la que pedirá que se considere como prueba preconstituida la declaración que haya realizado la víctima durante el proceso de instrucción o en la denuncia, lo que evitaría que las víctimas se vieran obligadas a tener que volver a pasar por la angustia de contar y rememorar la agresión en diversas ocasiones y ratificarlas nuevamente en un juicio oral. En estos casos, la declaración de las víctimas suele ser la única prueba de cargo.

La prueba preconstituida consiste en una declaración única, que suele ser grabada, y que es aceptada como prueba ante un tribunal, aunque la víctima decida no ratificar los hechos en un juicio, para evitar su revictimización.

La medida no es nueva. Hace unos meses, la Fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, afirmó que preconstituir la prueba en casos de violencia sexual o de víctimas de violencia de género particularmente vulnerables debía ser una medida tomada en cuenta para rebajar el número de veces que las mujeres agredidas se vieran obligadas a tener que contar su agresión y reducir así el número de mujeres que se acogen a la dispensa de no declarar.

La ley contra la violencia en la Infancia, que entró en vigor hace ahora un año, también contempla esta prueba preconstituida para menores de edad para que tengan que realizar las menor cantidad de veces el relato de las agresiones o que solo baste una declaración para todo el proceso judicial.

Ahora, la FGE acoge esta idea y aboga por ponerla en marcha en los todas las fiscalías del país, mediante una circular. Tal como recuerda Europa Press, García Ortiz ya anunció en su comparecencia en el Congreso que quería "explorar todos los aspectos posibles de protección de las víctimas para dar una herramienta jurídica integral a los fiscales para la consecución de estos objetivos". "Las víctimas han de ser amparadas y defendidas. Su papel en el proceso, cuando además su testimonio es imprescindible para la persecución de los delitos, no debe significar una carga, un elemento violento o desgarrador para ellas. No son las víctimas las que se tienen que adaptar al proceso o a la justicia, somos nosotros los que tenemos que adaptarnos a ellas", afirmó entonces.

La solución legal no es sencilla. La circular no supone una reforma legal, por lo que serviría de guía u orientación para los fiscales, pero para que tuviera realmente efectividad la medida debería estar incluida en una ley, por lo que las actuaciones del Ministerio Público podrían quedar sólo en una sugerencia de actuación hacia los tribunales. Tal como afirman fuentes jurídicas a ese medio, mientras que en menores la prueba preconstituida es casi obligada porque "solo excepcionalmente debe ir el menor a juicio", en mayores la jurisprudencia "solo lo admite cuando hay razones de peso especificas del caso que impiden o desaconsejan la declaración en juicio".

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