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Entrevista a Teresa Peramato, fiscal de Sala de Violencia sobre la Mujer: "Necesitamos que la ley permita a las víctimas de agresión sexual no declarar en el juicio oral"

Sábado 10 de septiembre de 2022

MADRID 10/09/2022 MARISA KOHAN Público

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Teresa Peramato Martín, fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer. — Jaime Morata / PÚBLICO

Teresa Peramato Martín (Salamanca, 1962) asumió el cargo de fiscal de Sala de Violencia sobre la Mujer hace ahora cerca de un año. Ella está al frente de la unidad de la Fiscalía que coordina a todos los fiscales especializados en violencia de género de España. A lo largo de esta entrevista trata con sinceridad y de forma abierta una variedad de temas: desde la violencia institucional que puede ejercer el propio sistema de Justicia, la formación especializada en violencia de género de los operadores jurídicos o la inexistencia del Síndrome de Alienación Parental, una pseudociencia que, afirma, es en realidad una forma de maltrato infantil.

Afirma que es imprescindible cambiar la Ley de Enjuiciamiento Criminal para permitir que las mujeres que han sufrido violencia sexual y otras vulnerables no estén obligadas a declarar en un juicio oral. "De poco servirá que los fiscales pidan la preconstitución de la prueba si un juez no cree que la tiene que acordar porque no se dan los presupuestos que exige la ley".

La Fiscalía General del Estado está preocupada por la cantidad de acuerdos de conformidad que rebajan drásticamente las condenas para violadores o maltratadores, que acaban sentenciados a penas a veces irrisorias y que alarman a la población. ¿Por qué ocurre esto?

Confluyen muchísimas circunstancias. En primer lugar, una de las circunstancias que más influye son los reparos que tienen las víctimas a personarse en el juicio oral para reproducir otra vez unos hechos y vivencias que les producen un grandísimo dolor. Creo que todos deberíamos pensar que cuando hablamos de violencia sexual, estos actos además de atentar a la libertad sexual de las personas atentan directamente a su dignidad y desde luego afectan a su intimidad. Volver a reproducir todo lo acontecido en un juicio oral les provoca muchísimo dolor, muchísimo reparo y en muchas ocasiones no quieren acudir al juicio para volver a explicar lo que ya han contado en muchas ocasiones. No una, ni dos, sino hasta diez veces, ante diferentes profesionales de la Policía, el juez de instrucción, el médico forense, psicólogos... Creo que tenemos que ser capaces (la Ley del Estatuto de la Víctima lo dice) de minorar al máximo posible las declaraciones de las víctimas y que para eso la herramienta es la prueba preconstituida.

Para avanzar en esta línea considero necesario que pueda haber una reforma legal. De poco servirá que los fiscales pidan la preconstitución de la prueba si un juez no cree que la tiene que acordar porque no se dan los presupuestos que exige la ley. Por lo tanto, considero que se tiene que avanzar en esa línea, en la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal e incluir la preconstitución de la prueba en el caso de las víctimas de violencia sexual y posiblemente en relación a otras que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad. Otro factor que influye es la lentitud en la celebración del juicio oral. Se tardan muchísimos años hasta que llegan a ese momento y las víctimas necesitan cerrar puertas. Necesitan acabar con la historia, tener espacio para poder recuperarse sin tener que pensar que tienen pendiente el acto del juicio oral. Creo que ahí también tenemos que hacer un esfuerzo para dar celeridad a la tramitación de los procedimientos, dar preferencia al señalamiento de los juicios cuando tenemos víctimas tan vulnerables como estas y evitar que ese transcurso de tiempo se vuelva en contra de la recuperación de las víctimas.

Este tipo de sentencias genera alarma social e indignación. ¿Qué tipo de mensaje les manda a las mujeres y a la población en general?

Creo que con este tipo de actuaciones (que son conforme a la ley, nadie lo discute) se lanza un mensaje de cierta impunidad y esto no lo debe permitir ni la Fiscalía ni ninguna de las personas que estamos involucradas en la consecución de una justicia real. La ciudadanía no puede entender que los actos de violencia sexual como los que hemos tenido ocasión de conocer se vayan con penas que no supongan el ingreso en prisión, por mucho que se hayan pagado indemnizaciones o que se valore la dilación en el procedimiento. Tenemos que poner todas las herramientas al alcance de la administración de Justicia para evitar, primero, la dilación en el procedimiento; segundo, para evitar que las víctimas sufran esa revictimización; tercero, para acercarnos a ellas y darles todo el apoyo necesario para que se encuentren fuertes durante el procedimiento.

Este apoyo a las víctimas es fundamental y desde luego tenemos que ser capaces de mandar a toda la ciudadanía un mensaje de confianza. Y de que estos hechos son castigados de manera contundente porque son atentados gravísimos a bienes personalísimos e importantísimos de las personas, y en concreto de las mujeres y las niñas. Y quiero aprovechar para lanzar un mensaje positivo a toda la ciudadanía y en concreto a las mujeres: la mayoría de los procedimientos en los que se acusa por delitos tan graves llegan a juicio y se obtienen sentencias condenatorias con penas muy importantes.

La Memoria de la Fiscalía General del Estado de este año usa por primera vez el término de feminicidio. ¿Qué importancia tiene comenzar a utilizar esta denominación?

Si las cosas se llaman por su nombre las identificamos mucho mejor. Hace mucho tiempo tuve la ocasión de intervenir en formación en los feminicidios que se estaban cometiendo en México y me di cuenta de la importancia que tiene el lenguaje y llamar como se debe llamar a las cosas para que la gente sepa que están asistiendo a una realidad que tiene un componente específico, que es el de género. La discriminación por razón de género. Cuando yo he tenido ocasión como jefa de esta unidad de coordinación he querido introducir esa terminología porque me parece que es una manera de llamar la atención sobre una realidad que afecta exclusivamente a las mujeres en el mundo, que es el feminicidio, que es el asesinato y homicidio por razón de género.

Obviamente yo me he tenido que centrar en lo que es el feminicidio íntimo en el ámbito de la pareja o expareja, porque es el que es de mi competencia. Pero también hemos añadido al feminicidio por extensión o vinculado, que son los asesinatos, tanto intentados como consumados que se cometen sobre otras personas del contexto más íntimo de la mujer, como pueden ser los hijos e hijas, los padres, las madres, la nueva pareja, etc. y también la violencia vicaria: cuando no solamente se mata a otras personas junto a la mujer, sino cuando se les mata para hacerles el máximo daño a esas víctimas. Creo que es importante llamar a las cosas por su nombre para ser más conscientes de la realidad a la que queremos dar respuesta.

El área de trabajo de su Fiscalía está centrado en la violencia de género, que según la ley de 2004 es la que se produce en el ámbito de la pareja exclusivamente. ¿Esto no deja fuera a muchas víctimas de violencias machistas?

Las competencias de los juzgados de violencia sobre la mujer y de la unidad de la fiscalía especializada se refiere exclusivamente a la violencia que cometen los hombres sobre las mujeres en la relación de parejas o exparejas, bien sean matrimonios, parejas con convivencia o noviazgo. Al margen de esto, ya no es competencia ni de los juzgados especializados en violencia sobre la mujer ni de esta Fiscalía especializada. Las violaciones por extraños, la violencia sexual por extraños, la ablación genital femenina, el matrimonio forzado u otras manifestaciones de violencia de género que se producen al margen de esas relaciones de afectividad análogas al matrimonio aún sin convivencia no son competencia de los juzgados de violencia sobre la mujer ni de la Fiscalía en estos momentos.

¿La publicación en el BOE de la ley de libertad sexual, que entrará en vigor en unos días, obligará a su unidad a ampliar sus competencias hacia todos los tipos de violencia hacia la mujer?

Hay una disposición final en la ley que da un año al legislativo para modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial, que es la que regula la competencias de la Fiscalía y las competencias sobre los juzgados de violencia sobre la mujer. Además, prevé también que las funciones de las unidades de valoración integral forense de los juzgados de violencia se ocupen de las violencias sexuales. En este año se tendrá que hacer esa modificación para que los juzgados de violencia y esta Fiscalía especializada asuman las competencias en relación a la violencia sexual. Con otras manifestaciones de violencia, como la prostitución coactiva o con los supuestos de trata de mujeres con fines de explotación sexual, nos tendríamos que plantear qué ocurre con ellas, ya que sin ninguna duda son una manifestación más de violencia de genero. Vamos a ver cómo se desarrolla la modificación legislativa. Sí me gustaría decir que desde que planteé mi plan de actuación al solicitar esta plaza, una de las intenciones fue asumir desde esta unidad que coordina a todos los fiscales de España las competencias en relación a todas las violencias de género. Eso requiere modificaciones estructurales, decretos, etc. Ahora con el apoyo de la ley orgánica de garantía de la libertad sexual a lo mejor es el momento de potenciar la especialización.

Creo que la ciudadanía no tiene claro cómo funcionan estas parcelas de competencia que tienen las distintas fiscalías. Se da la circunstancia que muchas víctimas de violencia de género que inician los procesos en juzgados especializados en estas violencias, acaban siendo derivadas a otros que no tienen esa especialización ni formación específica y muchos casos se tuercen. Lo que ocurre con la violencia de género es que si una mujer denuncia, o de oficio se abre un procedimiento penal por violencia de género, todas las actuaciones relacionadas con ese procedimiento se van a tramitar en el juzgado especializado de violencia sobre la mujer. Es decir, que la competencia para tramitar un procedimiento de divorcio, de separación o de relaciones paternofiliales que se pudiera incoar en relación a esa mujer y a los hijos en común con el agresor dependerá de la tramitación del procedimiento penal. Si la mujer ha denunciado un acto de violencia de género y se archiva el procedimiento porque no hay pruebas (en muchas ocasiones porque las víctimas se acogen a su derecho a no declarar o simplemente porque no ha habido posibilidad de encontrar el acerbo probatorio para seguir adelante) y después se interpone una demanda de separación, de divorcio o de relaciones paternofiliales, ya no es competente el juzgado de violencia y tiene que acudir a la jurisdicción de familia.

Esto también ocurre en procedimientos en los que se incoó una denuncia por violencia de género y al final se dicta una sentencia condenatoria y se ejecutan las penas. ¿Qué pasa si después esa señora que ha sido víctima de violencia de género interpone una demanda de divorcio, una modificación de medidas o una demanda de relaciones paternofiliales? Como ya el procedimiento penal ha acabado con sentencia firme y se han ejecutado las penas, el juzgado de violencia ya no es competente. Tiene que acudir a la jurisdicción de familia. ¿Eso quiere decir que en el procedimiento no va a intervenir un fiscal especializado? Sí. Porque los fiscales que llevan estos procedimientos son fiscales de familia. ¿Quiere decir que no van a tener una formación en género? Ojalá todos los profesionales de Justicia tuvieran una formación en perspectiva de género, formación en tratamiento de víctimas, en técnicas de interrogatorio... Todo eso cuesta mucho tenerlo y más en una sociedad tan cambiante y en una administración de justicia que está evolucionando mucho hacia esa perspectiva de género.

En la Fiscalía General se está haciendo un esfuerzo muy grande en formación de perspectiva de género en todas las jurisdicciones: en la de violencia de género, en la de familia, en la social, en la contencioso administrativa. En todas. ¿Que eso no se va a conseguir de hoy para mañana? Pues no. Además influyen muchas cosas, no solamente la labor de formación que puede hacer la institución, sino también la predisposición y las características de cada una de las personas a las que va dirigida esa formación. Creo que estamos mejorando mucho. Pero evidentemente todavía hay situaciones en las que se pueden encontrar esas carencias.

¿Y es buena la formación en género que reciben los fiscales, al menos los especializados en esta violencia?

Todo es mejorable. Es mejorable la nuestra, es mejorable la de los médicos forenses y psicólogos, que es muy importante porque son un apoyo imprescindible para la Fiscalía y para los jueces. Todo es mejorable. Las suyas y las nuestras. La FGE lleva años haciendo un esfuerzo importante en formación en violencia y en perspectiva de género. Y lo hace tanto en la formación inicial, es decir, a esos compañeros que acceden a la carrera y que tienen que hacer la práctica antes de ir a sus destinos, como en cursos de formación continuada voluntarios que se hacen anualmente en diferentes materias.

El año pasado se inició una nueva formación en perspectiva de género que se ofreció a todos los miembros de la carrera fiscal que la forman, 2.613 personas. Es es un curso online para posibilitar que todos los compañeros, independientemente de su agenda profesional, puedan unirse. Son 53 horas, de las que cerca de 30 son sobre violencia de género y el resto sobre perspectiva de género en familia, en contencioso, en social... en todas las jurisdicciones y que ha tenido mucho éxito. Se contó con expertos de todas las disciplinas, con médicos, con forenses, fiscales, jueces y fue muy completa. Este año probablemente se meta alguna disciplina más para darle un poco más de contenido. Pero se va a volver a ofrecer.

¿Un curso de 50 horas online es suficiente para tener la sensibilidad necesaria sobre la violencia de género?

Tenemos que partir de que los jueces, los fiscales, los médicos, psicólogos y psicólogas... toda la administración de Justicia somos parte de una sociedad en la que todavía planean muchísimos sesgos y estereotipos. Nosotros no somos la excepción. Luego, además de la formación que nos den nuestras propias instituciones y la que nosotros queramos adquirir por nuestra cuenta, es importante la sensibilización y la concienciación social. Que como ciudadanos también nos llega. Romper con esos estereotipos es muy, muy difícil. Por eso quería poner el énfasis en ese curso de perspectiva de género, que es anual pero que es de más de 50 horas y que aborda todas las materias desde la perspectiva de género, que consiste en detectar los estereotipos en los que incurrimos, incluso en la administración de Justicia, para poder erradicarlos, deconstruirlos y dar una respuesta más justa, más equilibrada y desde luego más protectora para las mujeres.

En los últimos meses la relatora Especial de la ONU contra la violencia de hacia la mujer ha remitido algunas comunicaciones a España, preocupándose por la actuación de la Justicia en tema de violencia de género y violencia sexual. Incluso ha llegado a considerar que desde la judicatura se puede estar ejerciendo tortura. ¿Qué opina sobre esto?

Con independencia de la terminología que pueda utilizar la relatora, desde luego comprendo la preocupación que puede existir al respecto. A mí no me asusta que se hable de violencia institucional. Se entiende por violencia institucional aquella en la que la administración de justicia provoca un mayor daño a las víctimas porque las revictimice o porque da respuestas contrarias a la protección efectiva de esas víctimas sean de violencia de género o de otra naturaleza. A mí no me asusta. La relatora, en una reunión que tuvimos en Mérida, dijo que le preocupaba muchísimo la violencia institucional en relación a determinados supuestos en los que las mujeres u otras terceras personas como pediatras o médicos habían denunciado situaciones de maltrato o de abusos sexuales y en los que la respuesta de la Justicia había ido en contra de las madres de esos niños que habían denunciado o que habían intentado adoptar las medidas que ellas creyeron convenientes para proteger a esos hijos e hijas de los hechos que habían denunciado.

Es absolutamente preocupante. Cuando hablamos de violencia institucional se está haciendo referencia a la responsabilidad de las instituciones, en este caso de la administración de Justicia en relación a una inadecuada o fallida administración de justicia. A mí no me da miedo que se hable de violencia institucional. Lo que tenemos que hacer es entender los supuestos en los que eso se pudiera producir, para adoptar las medidas y ejercer las acciones oportunas y evitar que eso se produzca. Si se produce, ahí están los mecanismos procesales para corregirlo e incluso pedir las responsabilidades que proceden.

En esas cartas, la Relatora de Naciones Unidas está preocupada por el uso del inexistente uso del Síndrome de Alienación Parental en nuestra Justicia. No existen datos sobre su uso, pero muchas mujeres al denunciar violencia de género o sexuales hacia sus hijos acaban culpabilizadas por este supuesto síndrome y sin la custodia de sus hijos en el proceso judicial.

Lo primero que tiene que quedar claro es que ese famoso Síndrome de Alienación Parental no existe, es una falacia, un invento de un señor llamado Gardner que parte de unas premisas absolutamente sesgadas y estereotipadas como es que si un niño rechaza a un progenitor padre, que es de lo que partía este señor aunque luego se ha hablado de progenitor de forma general, pero que la teoría se estructuró en torno al progenitor padre, esto es siempre debido a la manipulación de la madre que es una mujer tremenda, malísima y una pérfida y por lo tanto está manipulando a los niños para alejar a los niños de los padres. El padre es bueno por naturaleza y nadie se cuestiona en ese síndrome si ese rechazo del niño se puede deber a otras cosas, algunas muy malas como puede ser el maltrato infantil y otras no tan malas y naturales en la que los niños podrían estar reaccionando a un divorcio culpabilizando a uno de los progenitores porque se ha ido y como no quiere que se vaya lo rechaza. Hay circunstancias miles. Pero partir de que si un niño rechaza a su padre es porque la madre es una manipuladora y lo está poniendo en contra del padre en lugar de investigar, lo que se está haciendo es ocultar las razones que justifiquen el rechazo del niño y entre las que pueden haber razones muy peligrosas. Orilla las razones por las que ese rechazo se produce.

"El Síndrome de Alienación Parental no existe y es una forma de maltrato infanltil" Segundo, todos tenemos que tener en cuenta que para que un niño que haya sido objeto de manipulación llegue a rechazar a un progenitor como consecuencia de esa manipulación tiene que haberse dado esta durante muchísimos años. Dice Miguel Lorente que eso no se produce ni siquiera en Guantánamo. El lavado de cerebro de una persona ni siquiera durante años en Guantanamo se conseguía. Y a un niño no se le predispone contra el padre de un día para otro. Resulta que ahora una madre ha puesto una demanda de divorcio y el niño rechaza ver al padre y resulta que en 15 días de convivencia la madre ha manipulado tanto al niño que este ya no tienen de las cosas buenas que ha vivido con su padre y se anula toda su voluntad. Eso dicen los psicólogos que es imposible. Lo primero que hay que hacer cuando hay un rechazo de un niño o una niña hacia uno de sus progenitores es indagar con cautela y con todo tipo de herramientas cuáles son las razones por las que se ha producido ese rechazo. Y cuando este es visceral, no lo quiere ver de ninguna de las maneras, es absolutamente contraproducente arrancarlo de la progenitora y llevarlo con el progenitor impidiendo que tenga cualquier contacto con su madre que es su único referente y llevarlo con una persona a la que odia, a la que rechaza que le puede provocar una desestabilidad al niño tremenda.

En Canadá se llegaron a documentar por la aplicación del supuesto SAP suicidios o intentos de suicidio de los niños. Es una forma de maltrato infantil. Cuando se produce un rechazo de un niño hasta ese punto, se tendrían que poner en marcha otros mecanismos, pero la famosa terapia de la amenaza es otra forma de maltrato infantil. Cuando jueces y fiscales nos encontramos con rechazos de esa naturaleza tenemos que buscar las causa y poner medidas que no provoquen un mayor daño al niño.

¿Estamos preparados?

Tenemos que prepararnos cada vez más. Y esa es una de las materias en las que tenemos que incidir más en formarnos.

¿Están formados los fiscales en detectar el SAP u otras denominaciones en los informes que hablan de una influencia excesiva o compulsiva de las madres y que están basados en una seudociencia?

Es mejorable. Insisto en que estamos haciendo un gran esfuerzo. Somos muchos los y las compañeras que tenemos claro lo que le acabo de decir. Muchos que están abiertos a entendernos. Pero tenemos que ser capaces de llevar toda esta formación en la que no sólo tendrá que estar la Fiscalía de violencia de género, sino también la de lo civil. Pero la formación no se alcanza de hoy para mañana. Somos 2.613 fiscales, entrarán nuevos, van cambiando de destinos. Es complejo. Pero el esfuerzo por parte de la Fiscalía está ahí.

Hemos avanzado mucho en la protección de las mujeres contra la violencia machista. ¿Que destacaría que queda por hacer?

Quedarán muchísimas cosas seguro. A mí me gustaría que la ciudadanía adquiera un nivel de concienciación como el que se merecen las víctimas de violencia de género. A mi me duele mucho escuchar muchas veces, si no todos los días, a través de las redes sociales o en la calle argumentos de culpabilización hacia las mujeres que sufren cualquier tipo de violencia de género. Tenemos que avanzar en sensibilizar y concienciar a la ciudadanía en general para que comprendan que esta es una realidad que no nos inventamos las mujeres, que las mujeres no denuncian violencias ficticias. Que son muy pocos los supuestos de denuncias falsas. Que existen como en cualquier otro ámbito de la vida, pero son muy poquitas. Que la mayoría de las víctimas que dicen que lo son es porque lo son. Otra cosa es que en el procedimiento penal no se alcance el nivel de prueba para lograr una condena como para frustrar la presunción de inocencia. Pero que la gran mayoría de las que dicen ser victimas de violencia de género lo son y también tenemos que tener en cuenta que la mayoría no denuncia.

Sólo un 21% en el ámbito de la pareja o expareja y un 8% en el ámbito de la violencia sexual fuera de la pareja. A mí me gustaría de verdad que alcanzáramos un nivel de concienciación y que todos los poderes públicos, todas las instituciones y los partidos políticos se sumaran en esa línea. Porque cualquier mensaje contrario nos hace retroceder muchísimo y lo que se está poniendo en peligro es la seguridad, la vida, la integridad, la libertad sexual de la mujeres y también de esos niños y niñas que conviven con las víctimas de violencia de género. Lo que hecho de menos es un mensaje sin fisuras de toda la clase política y la concienciación de toda la sociedad en este tema.

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