Xarxa Feminista PV
Portada del sitio > VIOLENCIA > Caso Juana Rivas: piden cinco años de cárcel sin querer escuchar las razones (...)

Caso Juana Rivas: piden cinco años de cárcel sin querer escuchar las razones de su huida

Lunes 23 de julio de 2018

Juana Rivas, la mujer que en 2016 huyó de su pareja con sus hijos de Italia, lugar en el que residían, ha enfrentado esta semana un juicio por sustracción de menores mientras que la denuncia por violencia de género no ha llegado aún a juicio. Dos expertas analizan este caso de lo que la calle ha llamado #justiciapatriarcal.

Patricia Reguero 21-07-2018 El Salto

JPEG - 44.3 KB
Juana Rivas en el juzgado de Granada

El juicio por sustracción de menores contra Juana Rivas ha quedado visto para sentencia esta semana. El miércoles, Juana Rivas pedía “que se hiciera justicia” después de que ambas partes hubiesen declarado ante el juez.

Rivas, la mujer de Maracena que salió con dos hijos de Italia en 2016 huyendo de una situación de violencia de género, se enfrenta a una pena de hasta cinco años de cárcel y seis de inhabilitación para ejercer la guardia y custodia de sus dos hijos menores, de cuatro y doce años de edad.

El juicio por sustracción de menores ha llegado al juzgado antes que la denuncia por violencia de género interpuesta por Juana Rivas en julio de 2016 —y que no fue tramitada hasta un año después— y, para el proceso judicial, no tienen nada que ver.

Gema Fernández, abogada de Women’s Link, puntualiza que esto se explica por la circunstancia de que el derecho penal “está para juzgar a una persona por un hecho delictivo, no para valorar su trayectoria”. Se trata, dice, de un principio garantista del derecho (el mismo por el cual la denuncia por la violación de la mujer de Pozoblanco contra La Manada no podía verse conjuntamente con el de la joven madrileña).

La norma indica que que se condenará por este delito ‘a personas que sin justificada’ se lleven a los menores, y no se puede decir que Juana Rivas se llevara a sus hijos sin justificación, explica una abogada de Women’s Link

Pero Fernández llama la atención sobre una especificidad que debería haber sido valorada en este caso: “No tiene sentido que en un proceso por sustracción de menores no se tenga en cuenta el contexto, cuando la propia norma indica que se condenará por este delito ‘a personas que sin razón justificada’ se lleven a los menores; la propia norma te está diciendo que existe un contexto que hay que mirar”. Según esta abogada, experta en perspectiva de género, “no se puede decir que Juana Rivas se llevara a sus hijos sin justificación”. “Que no se entienda esa perspectiva es no entender que hombres y mujeres viven en un contexto distinto”, añade.

En ese sentido, la abogada de Women’s Link recuerda que es crucial la formación en perspectiva de género y derechos de las mujeres entre los operadores de justicia. “Este es un juzgado penal que no está especializado en violencia de género, pero eventualmente tiene que ver casos de violencia de género. Lo mismo pasa en los juzgados de familia, donde se ven muchos temas de violencia de género cuando se tratan divorcios”, justifica.

La falta de perspectiva de género en el sistema de administración de justicia ha quedado patente en el caso de La Manada, con las declaraciones que en las últimas semanas ha hecho el presidente del Tribunal de lo penal, Joaquín Galve.

Gema Fernández llama la atención también sobre la petición de pena de la Fiscalía. “Me llama la atención muy negativamente la acusación que hace el fiscal, porque la tipificación del delito conlleva penas de dos a cuatro años y el fiscal pide cinco de prisión y seis de inhabilitación, haciendo así un uso excesivo de su capacidad acusadora”, explica a El Salto. El artículo 225 del Código penal contempla castigos de dos a cuatro años de prisión y de entre cuatro y diez años de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad. La Fiscalía acusa a Rivas de dos delitos de sustracción menores, que suponen una pena de dos años y medio de prisión por cada uno de ellos.

“La reflexión que tenemos que hacer es sobre cómo funciona la justicia penal, el derecho en general, y que conecta con esta idea de la justicia patriarcal que no es solo que se tomen decisiones que consideramos que no son justas o reparadoras, sino que el mismo derecho está pensado para sujetos jurídicos masculinos”, concluye.

En el caso de Juana Rivas no se ha tenido en cuenta el interés superior de los menores, y no hay excusa para no haber tenido en cuenta cualquier circunstancia que determine cuál es la mejor situación para los menores, según la presidenta de Themis

Para Mª Ángeles Jaime de Pablo, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, el hecho de que el caso por sustracción de menores se vea antes que la denuncia de violencia de género vulnera gravemente los derechos de Juana Rivas. Se trata, explica la experta, de una mujer que decidió trasladarse con sus hijos a un entorno seguro en su lugar de origen. “Creo que correctamente se ha alegado una decisión absolutoria, por una cuestión de necesidad: la necesidad de proteger a sus hijos; vamos a ver qué respuesta judicial recibe”, valora.

Para Jaime de Pablo, este abordaje del caso de Juana Rivas no tiene en cuenta el interés superior de los menores, y no hay excusa para no haber tenido en cuenta las circunstancias que resulten determinantes para dirimir cuál es la mejor situación para los menores.

La presidenta de Themis recuerda que en la violencia de género en pareja es habitual que el maltratador utilice a los hijos como instrumento contra la madre, como muestra el caso de Ángela González, cuya hija fue asesinada por su progenitor durante el régimen de visitas. Una sentencia del Tribunal Supremo reconoce la responsabilidad del Estado en este caso y lo condena a indemnizar a González. Día contra la violencia machista, Madrid 2 De la “sentencia de la minifalda” a La Manada: juicios sobre agresiones sexuales y estereotipos sexistas Patricia Reguero 4

“Hace falta perspectiva de género en toda administración de justicia, aunque no estén especializados en instruir denuncias por violencia de género en el ámbito de la pareja”, coincide con la abogada de Women’s Link.

Sobre si falta perspectiva de género en la justicia, cree que “si llamamos patriarcal a que no tienen el mismo rango los derechos de mujeres que los de los hombres y que se ningunee a las mujeres, desde luego falta perspectiva de género”. “V amos a trabajar para que haya un giro hacia una justicia menos patriarcal”, zanja. Gema Fernández, por su parte, cree que las recientes movilizaciones contra lo que los movimientos feministas han llamado #justiciapatriarcal han servido para que el Poder Judicial no esquive la crítica de la sociedad. “Antes escapaba al control social que sí tienen otras instancias, porque se presentaba como algo muy técnico que no podíamos entender, pero hay un interés creciente y es un proceso muy interesante”.

Comentar esta breve

SPIP | esqueleto | | Mapa del sitio | Seguir la vida del sitio RSS 2.0