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Cinco tesis sobre los consejos populares

Jesús P. García Brigos

En el año 1986 el III Congreso del PCC se pronunció recomendando la constitución de un nuevo elemento del sistema de Gobierno cubano. Esta recomendación fue recogida e iniciada su implementación por la Asamblea Nacional del Poder Popular a partir de la Ley Nro. 56 del 4 de Julio de 1986. Y ya estamos próximos a celebrar el décimo aniversario del inicio de la experiencia masiva en Consejos Populares metropolitanos, que tuvo lugar con la constitución de los 93 Consejos de Ciudad de la Habana en 1990.

Muchos cambios han ocurrido desde 1986, dentro del sistema del Poder Popular como forma de organización del Estado socialista cubano, y en el contexto general en el cual este desenvuelve su actividad. Pero si algo no puede cambiar es es el espíritu de permanente perfeccionamiento, consustancial al proceso de desarrollo socialista cubano. En particular, por el papel que la política desempeña en el mismo, el incesante perfeccionamiento de todo lo concerniente al Estado, con su esencia socialista de vehículo de participación del individuo en la dirección del proceso social.

Por ello, es, más que oportuno, imprescindible, plantearse la reflexión profunda, amplia y rigurosa acerca de lo que, sin dudas, ha devenido importante componente de la vida política cubana: los Consejos Populares. Pero no simplemente un nuevo momento de reflexión como "sano ejercicio mental", sino como premisa de las acciones prácticas indispensables que contribuyan a preservar los más positivos valores que la experiencia encierra desde el inicio, mediante el perfeccionamiento de la concepción acerca de los Consejos y de la implementación práctica de la misma.


Con el deseo de tratar de contribuir a tan importante objetivo presentamos a debate las presentes tesis:

1-En el contexto de actividad generado por la existencia del Consejo Popular se han obtenido resultados positivos innegables, en línea con lo que, al iniciarse la experiencia en Ciudad de la Habana, se expresó como "la filosofía de los Consejos Populares"_:

-fortalecer la autoridad del Delegado
-mejorar el control y la fiscalización sobre todas las entidades administrativas, independientemente de su nivel de subordinación
-una vía para encontrar fórmulas que incorporen todos los elementos de la comunidad a la solución de sus propios problemas
-tener una figura de Gobierno fuerte, a nivel de barrio que pudiera organizar las fuerzas de la comunidad para la solución de los problemas de la base

2-El Consejo Popular particularmente en la concepción que se desprende de los elementos planteados al inicio de la experiencia masiva en Ciudad de la Habana, constituye potencialmente un elemento idóneo propiciador de la progresiva participación popular en la dirección social y, consecuentemente, del perfeccionamiento socialista del Estado y Gobierno cubanos.

3- Hoy en día el Consejo Popular se enfrenta al riesgo de desviarse de la condición de promotor del autogobierno social y convertirse en "una instancia más", pese a continuar siendo un marco propicio para la ejecución de acciones en beneficio de la comunidad: se plantea un conflicto entre la obtención de resultados inmediatos y la realización de las potencialidades nuevas y excepcionales que porta el Consejo Popular. Ello lo conduciría estratégicamente al empobrecimiento de su gestión comunitaria y a la pérdida en definitiva de su cualidad esencial más importante como embrión del autogobierno social comunista.

4- Entre las causas fundamentales de que devenga en
conflicto fatal la contradicción existente entre lo pragmático-cotidiano y lo fundamental-estratégico en la vida del Consejo Popular, se encuentran:

a)- El propio modo de surgimiento de los Consejos y de la ulterior ampliación de sus escenarios de existencia: el Consejo "nace" del Delegado Ejecutivo, lo que lo hace portador de un fuerte "gen" ejecutivo-administrativo; se inserta en un sistema con insuficiencias de diversa naturaleza que se desenvuelve guiado por la voluntad de mejorar sus resultados, con la peculiaridad de que casi inmediatamente después de la introducción de los Consejos Populares el desarrollo tiene lugar en una coyuntura histórica adversa_ ; y todo su desarrollo transcurre a partir de un mínimo de definición de su estructura, principios de organización y funcionamiento, en aras de propiciar la creatividad en su implementación como nuevo eslabón de Gobierno.

b)- El asistemismo del perfeccionamiento del sistema estatal y de Gobierno de la Nación, especialmente en lo concerniente a su elemento primario, básico y fundamental -el Delegado de circunscripción- y a la propia definición e inserción del Consejo Popular como elemento nuevo del sistema.

El espíritu de perfeccionamiento del sistema estatal cubano ha sido una constante, desde la propia experiencia preparatoria de Matanzas en 1974. Pero a nuestro modo de ver los pasos dados en este sentido no han tenido en cuenta en toda su trascendencia que la acción sobre elementos aislados del sistema no siempre produce resultados positivos integralmente, e incluso puede tener efectos contrarios a lo esperado, tanto en la faceta modificada como en el funcionamiento del sistema como un todo. Máxime cuando el elemento más importante del sistema, su eslabón primario, básico y fundamental -el Delegado de circunscripción- continúa siendo prácticamente el mismo que cuando surgieron los Organos del Poder Popular nacionalmente en 1976.

En cuanto al Consejo Popular, la cuestión es más compleja aún. El Consejo se promueve en el III Congreso del PCC con una intención a nuestro juicio muy bien definida. Este nuevo eslabón se concibe como experiencia para determinados marcos, junto con los Distritos, con el mismo carácter de experiencia y otros fines, para el caso de ciudades como Santiago de Cuba y Camagüey. A la vez el III Congreso del PCC se pronunción con la orientación bien precisa de "...Continuar los estudios que se realizan en Ciudad de la Habana, encaminados a lograr unidades político-administrativas más fuertes social y económicamente, teniendo en cuenta la conveniencia de que se pueda ejercer plenamente la función de gobierno con mayor eficacia en cada uno de los municipios de la ciudad "(1).

El III Congreso distinguía claramente tres tipos de problemas a resolver, y , sobre todo, lo que se valoraba como esencia de lo que había que transformar en Ciudad de la Habana, y cual debía ser la naturaleza de las transformaciones en ese marco. Sin embargo, en 1990 se introduce el Consejo Popular en Ciudad de la Habana como "una entidad que constituya una autoridad en contacto directo e inmediato con las actividades sociales, económicas y de servicios en los barrios, repartos o poblados, y con capacidad real de encauzar la solución de los problemas con agilidad y que a la vez coadyuve a mantener y mejorar el nivel de los servicios que recibe la población, controle las unidades de producción y de servicios enclavadas en el territorio, trabaje en el desarrollo de una adecuada disciplina social, administrativa y laboral, y contribuya al enfrentamiento a las actividades delictivas y otras manifestaciones antisociales que puedan tener lugar"(2) , pero como una "entidad" que "solo tendrá funciones de carácter consultivo"(2), en la cual solo tendría atribuciones el Presidente del Consejo, quien no sustituiría a las autoridades económicas y administrativas pues sus funciones -no delegables a ninguno de los miembros del Consejo- estaban encaminadas a "asegurar, controlar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas por las administraciones estatales"(2).

En la misma medida que el Consejo Popular de Ciudad de la Habana ha resultado determinante en la historia de los Consejos Populares, el modo de su surgimiento y su ulterior desarrollo lo ha sido en plantear un conflicto que puede conducir a la pérdida de lo estratégicamente más valioso del Consejo Popular, -sus potencialidades como paso de avance en el autogobierno social-, sacrificado por los requerimientos objetivos de la gran urbe capitalina en medio del Período Especial.

c) - La incidencia -formadora de concepciones y prácticas cotidianas- de los enfoques presentes en los medios de difusión y en buena parte del discurso y la práctica políticos, de alcance coyuntural y esencialmente pragmático: la permanente promoción de resultados administrativos como "logros" de los Consejos Populares, a la par de una insuficiente divulgación de lo propiamente resultado de este eslabón de gobierno; el discurso con frecuencia contradictorio que, propugnando para el Consejo una labor de control, fiscalización y coordinación, promueve a la vez "controles" a los territorios que se dirigen a evaluar la labor del Consejo a partir de parámetros administrativos, al igual que "emulaciones" sobre la base de estos resultados; etc.(3)


5- Así, el adecuado desarrollo ulterior del Consejo Popular tiene que ser visto necesariamente como parte del perfeccionamiento del sistema estatal cubano integralmente. En tal sentido es imprescindible:

Primero: realizar cambios y precisiones en cuanto al Delegado de circunscripción en el sistema del Poder Popular y su lugar en general en la sociedad :

se necesita un Delegado con más profesionalidad en la labor de Gobierno, lo que no significa romper con el principio de que sea un ciudadano que comparta esta responsabilidad con el resto de sus funciones sociales.

En el sistema del Poder Popular se han realizado cambios, de los cuales, a nuestro juicio, los tres más importantes están relacionados con:

- la creación de los Consejos Populares, su extensión a todo el país, con un importante fundamento constitucional a partir de 1992.

- la eliminación de los Comités Ejecutivos en las Asambleas provinciales y municipales, y la creación en dichas instancias de los Consejos de la Administración.

- las modificaciones en la Ley Electoral, en lo concerniente a las Comisiones de Candidaturas y al modo de elección de los Delegados Provinciales y los Diputados a la Asamblea Nacional.

Todos estos cambios son portadores de importantes potencialidades en la ampliación de la participación popular en la labor de gobierno, como es consustancial al fortalecimiento socialista del Estado cubano. Pero esas potencialidades no se han podido materializar todo lo que el desarrollo hasta hoy y el momento actual requiere y permite. Y una de las condiciones que han obstaculizado el necesario avance en ese sentido está en que se mantiene esencialmente sin cambios lo concerniente al Delegado de Circunscripción, desde el modo de su elección, hasta su preparación para la función de gobernar en un Estado con orientación socialista (4)

Segundo: perfeccionar la inserción al sistema de la sociedad cubana, del Consejo Popular como un todo, con responsabilidades, tareas, atribuciones y funciones de todos sus miembros y del conjunto, en función de satisfacer la esencia de lo que con justeza se ha denominado "filosofía de los Consejos Populares" que, a nuestro juicio, conjuga adecuadamente la riqueza potencial de valor estratégico determinante (el Consejo Popular como germen superior del autogobierno social comunista) con la necesidad táctica de obtención de resultados prácticos en el mejoramiento de la vida comunitaria.

El Comandante en Jefe Fidel Castro, en una de sus intervenciones durante el primer periodo de sesiones de la Cuarta Legislatura de la Asamblea Nacional, en junio de 1993, planteó:

"Naturalmente que una cosa son las ideas originales y otra cosa es el desarrollo de las ideas al contacto con las realidades. Ya los Consejos son hoy más de lo que habíamos concebido, tenemos que evitar que se distorsionen, que se deformen; tenemos que procurar que cumplan las ideas para las cuales se concibieron, ideas que a su vez se han desarrollado" (5, p.10).

Si trabajamos creadora y consecuentemente las ideas acerca de los Consejos Populares, tanto las recogidas en los documentos reguladores al respecto que se han generado en estos años, -estatales y partidistas_-, como las expresadas en el discurso político de sus principales gestores, podemos elaborar el necesario y hasta hoy ausente, a nuestro juicio, referente unívoco que nos permita evaluar con rigor y objetividad la realidad del desarrollo de los Consejos Populares. A partir de ello será posible actuar de un modo cualitativamente superior en su perfeccionamiento y necesaria consolidación, incorporando consistentemente lo positivo surgido en el desarrollo a la vez que eliminando consciente, fundamentada y por ende definitivamente, lo que deforma, contamina y daña en última instancia, con sentido político ajeno a todo tecnocratismo por igual que a la falta de rigor científico.

Así estaremos en condiciones de conjurar el conflicto, salvar las potencialidades progresistas que porta el Consejo Popular, y establecer definitivamente una importante senda para avanzar en el perfeccionamiento del Estado cubano en su importante faceta de vehículo de participación popular en la autodirección comunista de la sociedad.


Referencias.

(1) Ver la Resolución sobre el perfeccionamiento de la división político-administrativa del país, en el documento "Resoluciones aprobadas por el III Congreso del PCC", Edit. Política, La Habana, Marzo de 1976.

(2) Ver Acuerdo del Consejo de Estado del 1 de Octubre de 1990, Gaceta Oficial de la República de Cuba.

(3) Un análisis más detallado acerca de los Consejos Populares se puede encontrar en el libro inédito "Los Consejos Populares en Cuba: Origen, Evolución y Perspectivas", que es posible consultar en la biblioteca del Instituto de Filosofía.

(4) Ver el trabajo "Gobernar en el socialismo. Notas para un debate necesario", publicado en el libro Ciencia Política: indagaciones desde Cuba, Edit. Felix Varela , La Habana, 1997 (pag. 105). Un análisis más extenso de la evolución de los Organos del Poder Popular hasta fines de los noventa se puede ver en nuestro libro "Gobernabilidad y Democracia. Los Organos del Poder Popular en Cuba", Editorial de Ciencias Sociales, La Habana, 1998.

(5) Fidel Castro, Fragmentos de Intervenciones del Comandante en Jefe Fidel Castro sobre los Consejos Populares, Asamblea Nacional del Poder Popular, 1993.


NOTAS


_. Esta es una importante conceptualización a nuestro juicio insuficientemente divulgada y por tanto trabajada, que conocimos a través de la compañera Mirtha Cardona Rosales, destacada participante durante años, en la concepción, creación y desarrollo de los Consejos Populares en Ciudad de la Habana, en su condición de Secretaria de la Asamblea Provincial de esa provincia. En la "filosofía de los Consejos Populares", analizada en una de las sesiones de trabajo durante la preparación del la experiencia, con la participación del Comandante en Jefe Fidel Castro, se sintetizan elementos acerca de lo que se buscaba lograr con los Consejos en Ciudad de la Habana. Estos elementos son vistos habitualmente de forma aislada, lo que no permite valorar en toda su riqueza el contenido de esa nueva experiencia, sus diferencias respecto a lo que se venía haciendo antes de introducir los Consejos Populares en la gran urbe capitalina, y que a nuestro juicio conforma lo más progresista de su naturaleza.

_- La constitución de los Consejos Populares se promueve inicialmente en el III Congreso del PCC, pero no es hasta la segunda mitad de 1988 que empieza su constitución en el país. No obstante, en los años entre 1988 y 1990 se constituyen solamente unos 225 Consejos Populares, del tipo originalmente concebido para poblados con determinadas características. Una segunda etapa en la historia del Consejo Popular, que es la que a nuestro juicio le gana definitivamente un lugar en la vida política cubana, es la que comienza con la experiencia masiva en Ciudad de la Habana, que se desarrolla desde el primer momento en el contexto del Periodo Especial, la coyuntura histórica más dura por la que ha atravesado el proceso revolucionario cubano.

_.- En rigor, hasta el momento de redactar estas líneas en setiembre de 1999, existen con el carácter de regulaciones legales vigentes, lo planteado en la Constitución de la República y en los Reglamentos de las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular. El Acuerdo del Consejo de Estado que permitió crear los Consejos en Ciudad de la Habana, como el mismo planteaba, regiriría durante el desarrollo de esa experiencia en el término del mandato en cuestión. Desde 1988 se han elaborado documentos por el Partido y por la propia Asamblea Nacional planteando elementos como bases para la organización y funcionamiento de los Consejos Populares. Con ese contenido circulan desde 1995 las Bases para la Organización y funcionamiento de los Consejos Populares, que ya han sido sometidas a un proceso de discusión amplio, con vistas a la elaboración de un nuevo documento regulador como norma legal.


Publicado en el número 31 de la Revista Cubana de Ciencias Sociales, año 2000.
Dr. Jesús García Brigos
Instituto de Filosofía
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Grupo de Ciencia Política
Universidad de la Habana

     
   
   
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