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Crímenes impunes, made in Spain

Xabel Peridiello, CSCA

Si el recorte en la aplicación de la Jurisdicción Universal española había sido anunciado por la anterior ministra de AA.EE. del gobierno israelí, Tzipi Livni, lograr el archivo de esta causa estaba también en el trasfondo de su reunión con su homólogo español Miguel Ángel Moratinos el pasado mes de Febrero

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El pasado jueves 25 de Junio, el Parlamento español anulaba de facto la posibilidad de que tribunales españoles investigaran –y juzgaran- crímenes contra la humanidad cuyas víctimas no sean de nacionalidad española y hoy martes, esa eventualidad se materializa con la decisión, por parte de la sala de la Audiencia Nacional que debía revisar el caso investigado por el instructor Fernando Andréu, de archivar la causa contra siete altos cargos israelíes por crímenes en Gaza en 2002.
 
Si el recorte en la aplicación de la Jurisdicción Universal española había sido anunciado por la anterior ministra de AA.EE. del gobierno israelí, Tzipi Livni, lograr el archivo de esta causa estaba también en el trasfondo de su reunión con su homólogo español Miguel Ángel Moratinos el pasado mes de Febrero. 

La incomodidad indisimulada que al poder ejecutivo le causa la actividad de los jueces en materia de persecución de criminales de guerra queda expuesta a la luz en la forma en que llevó a cabo dicha reforma.  La limitación en las atribuciones del procedimiento para perseguir estos crímenes fue incluída –y disimulada- en la votación por el Parlamento español del proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial.

El gobierno español había manifestado con anterioridad su pretension de limitar el principio de Jurisdicción Universal, aún sabiendo que con ello contradice el cumplimiento de sus compromisos internacionales en materia de protección de los Derechos Humanos. Pero al margen de la alternancia de partidos en España en los últimos diez años, el poder politico no había llevado a la práctica estas intenciones mientras se trataba de perseguir crímenes llevados a cabo en países con un menor peso relativo en el concierto de intereses mundial, o bien cuando estos casos estaban inmersos en procesos más amplios de cambio.

En consonancia con este dato, tanto el gobierno del PSOE como su antecesor, embarcado en la Azores en la cruzada de Iraq, fueron testigos incómodos de los procesos a imputados como el dictador Pinochet, el militar argentino Scilingo, o los más recientes casos investigados en Ruanda o Guatemala.
Sin embargo, las demandas contra la anterior administración de EE.UU. en relación con el secuestro y torturas llevadas a cabo en Guantánamo con el manual de la guerra global antiterrorista de Bush, la presentada contra la represión china en el Tibet y sobremanera la denuncia de las víctimas de la ocupación israelí de Palestina, representan el límite de lo admisible para el papel subordinado que se atribuye el propio estado español para perseguir posibles delitos de genocidio, tortura y desapariciones o cualquier otro.  De ahí el consenso entre las principales fuerzas políticas del parlamento.

Debido al coste de renunciar a los fundamentos que dicen inspirar el modelo democrático vigente, al resultado de la negación del principio de independencia judicial acorde para investigar estos crímenes y la no injerencia por parte de terceros estados, es por lo que se puede afirmar que el resultado de la votación del parlamento y del fallo de la sala de lo Penal de la Audiencia no dejan lugar a dudas de la nueva doctrina que prevalecerá a partir de ahora: mirar hacia otro lado cuando se cometen atentados contra la Humanidad. Así los criminales ya pueden respirar tranquilos. Y sus crímenes impunes.