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Condenados dos cabos por utilizar un patrullero de la Armada para traficar

Los militares transportaron 223 kilos de hachís desde Ceuta a San Fernando

Lunes 14 de enero de 2013, por atom

Dos cabos de la Armada han sido condenados a cinco años de cárcel por traficar con 224 kilos de hachís, que transportaron desde Ceuta a San Fernando (Cádiz) en 2008. Ambos militares, de iniciales J. R. C. y M. F. M., trasladaron los fardos, valorados en 318.000 euros, en el Patrullero P-114 de la Armada, con base en Ceuta, hasta la base naval de la Carraca en San Fernando (Cádiz). "Introdujeron en el patrullero siete bolsas de deporte y una mochila conteniendo hachís, que procedieron a estibar", reza la sentencia del Tribunal Militar Territorial Segundo con sede en Sevilla. El fallo no es firme y ha sido recurrido ante el Tribunal Supremo. Las condenas contra militares por tráfico de drogas son esporádicas. Además, estos fallos casi nunca trascienden a la opinión pública dada la reserva extendida en el código militar, a diferencia de los códigos penal o civil.

Ambos procesados cometieron, según el tribunal, un delito contra los deberes del servicio a bordo, por "embarcar sin autorización drogas tóxicas", en concurso con un delito contra la salud pública. "El hoy condenado M. F. fue observado por los policías de la Unidad contra la Delincuencia y el Crimen Organizado (Udyco) moviendo bultos en la zona de proa de la embarcación junto al cabo C. P. Además, ambos acusados fueron vistos (y fotografiados) cuando se encontraban junto al tan señalado tambucho con la tapa abierta", refleja la sentencia.

Los militares han sido condenados por unas pruebas indirectas. Es decir, unos indicios que el tribunal considera probados, aunque ninguno de ellos fue visto mientras introducía la droga en el patrullero y el análisis de los teléfonos incautados no acredita que fueran utilizados “para la comisión del delito”.

La sentencia relata que, tras acercar un coche al patrullero, los cabos introdujeron las bolsas de deporte rodeadas por un trapo empapado en amoniaco, para así camuflar el olor proveniente del hachís y despistar a los perros en caso de que realizaran una inspección. Pero el grupo de estupefacientes de la Udyco tenía ya en marcha la operación Fragata, después de saber que se estaba transportado droga en embarcaciones de la Armada.

Los policías hicieron "seguimientos discontinuos del personal del patrullero". Hasta que concluyeron que los dos cabos estaban implicados. Los pinchazos telefónicos no dieron sus frutos, pero el tribunal relata los movimientos y contactos de los militares los días previos a sus detenciones, a finales de marzo de 2008.

Uno de ellos navegó en la patrullera y el otro viajó a Algeciras en su coche, mientras que el comandante del patrullero fue alertado por la policía de que posiblemente se estuviera transportando hachís esos días en la embarcación. Al llegar la embarcación a San Fernando, se procedió a la revisión de la mercancía y, tras hallarse los fardos, la policía naval ordenó a la tripulación que depositaran sus móviles en una mesa para estudiarlos. Los agentes vieron que J. R. C. portaba cuatro teléfonos y M. F. M., dos.

Entre las pruebas que destaca la sentencia figura que uno de los cabos no supo "explicar sus continuas visitas al patrullero el día 22, cuando se encontraba libre de servicio, ni los movimientos realizados en la proa de la embarcación y da una explicación inverosímil del porqué se encontraba abierta la trampilla del tambucho donde luego se encontraría el hachís". El condenado argumentó que estuvo buscando en el tambucho, un compartimento del patrullero, una defensa para la embarcación. Pero ese día no había oleaje y apenas viento, lo que habría justificado que se pusiera una nueva defensa. Además, resulta "prácticamente imposible" que se pudiera coger “sin apreciar que se encontraban las bolsas en dichos tambuchos”.

El jefe del grupo de estupefacientes de Ceuta manifestó en la instrucción que otro marinero, de iniciales M. S., era el intermediario entre el proveedor y los acusados, pero no hallaron indicios suficientes para acreditarlo. Mientras, el jefe del patrullero declaró que las bolsas no podían haberse introducido en la embarcación "sin que fuera percibido por el marinero de guardia".

La policía naval subrayó que, para introducir la droga en el patrullero, era necesario "un detallado conocimiento de la utilización que se hacía de los compartimentos y de su distribución (…), además de la complicidad del personal de guardia". La operación debió desarrollarse en unos diez o 20 minutos y no pudo "llevarse a cabo sin que fuera descubierta por quien se encontrara a bordo de la embarcación".

La sentencia destaca que el cabo M. F. fue observado por los policías de la Udyco "moviendo bultos en la zona de proa de la embarcación junto al cabo C. P.". A pesar de que no fueron vistos introduciendo la droga en la patrullera, el tribunal concluye que así lo hicieron, dado que el tamaño de las bolsas hace imposible pensar que ambos buscaran una defensa sin advertir los fardos de droga que ya estaban allí acumulados. "La explicación alternativa dada por ambos cabos ha sido desmentida tajantemente por el comandante del buque". El fallo también subraya que el modo de actuar de los militares coincide con el de otras operaciones de narcotráfico: "mediante teléfonos de tarjeta a nombre de terceras personas" y contactos con móviles marroquíes a través de mensajes, para evitar que les interceptaran las comunicaciones orales.

Los abogados de los condenados exigieron que se considerara atenuante la "dilación indebida" en el proceso, dado que han transcurrido cuatro años y seis meses desde los hechos hasta la sentencia, pero el tribunal lo descarta por "la complejidad de la causa".

Ver en línea : http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/01...

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