Artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que se propone modificar

 

Artículo 342: De la reforma constitucional

 Propuesta introducida por la Asamblea Nacional

Propuesta: Eleva el porcentaje de los electores que pueden promover reforma constitucional.

Texto constitucional actualPropuesta de modificación

La reforma constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto constitucional.

La iniciativa de la reforma de esta Constitución podrán tomarla la Asamblea Nacional mediante acuerdo aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; o un número no menor del quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral que lo soliciten.


La Reforma Constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución y la sustitución, supresión o adición de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto constitucional.

La iniciativa de la Reforma de esta Constitución podrá tomarla la Asamblea Nacional mediante acuerdo aprobado por el voto de la mayoría de los Diputados y Diputadas; el Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros; o un número no menor del veinticinco por ciento de los electores y electoras inscritos e inscritas en el Registro Electoral que lo soliciten.

Se subraya en celeste el texto que se suprime y en amarillo el que se adiciona o modifica

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