Artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que se propone modificar

 

Artículo 303: De la no privatización de las empresas de actividades reservadas

 Propuesta introducida por la Asamblea Nacional

Propuesta: Imposibilita la privatización total o parcial de cualquier empresa propiedad del Estado que desarrolle actividades reservadas, incluida PDVSA.

Texto constitucional actualPropuesta de modificación

Por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando las de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A.

Por razones de soberanía económica, desarrollo e interés nacional, Petróleos de Venezuela S.A. y los entes o empresas de propiedad exclusiva del Estado que desarrollen en el territorio nacional actividades reservadas, no podrán ser privatizados total ni parcialmente.

El Ejecutivo Nacional, por órgano del ministerio con competencia en la materia, fiscalizará y ejercerá el control sobre las actividades reservadas, así como sobre el transporte de los hidrocarburos y sus derivados en todo el territorio nacional, desde su extracción hasta el consumidor final en el mercado doméstico, o hasta los puertos y puntos de exportación.

Se subraya en celeste el texto que se suprime y en amarillo el que se adiciona o modifica

Volver a Propuesta de reforma de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela