Artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que se propone modificar Artículo 300: De las entidades descentralizadas Propuesta: La ley nacional establecerá las condiciones para la promoción y realización de actividades económicas o sociales, bajo los principios de la Economía Socialista. Texto constitucional actual | Propuesta de modificación | La ley nacional establecerá las condiciones para la creación de entidades funcionalmente descentralizadas para la realización de actividades sociales o empresariales, con el objeto de asegurar la razonable productividad económica y social de los recursos públicos que en ellas se inviertan. | La ley nacional establecerá las condiciones para la creación de empresas o entidades regionales, para la promoción y realización de actividades económicas o sociales, bajo los principios de la economía socialista, estableciendo los mecanismos de control y fiscalización que aseguren la transparencia en el manejo de los recursos públicos que en ellas se inviertan y su razonable productividad económica y social. | Se subraya en celeste el texto que se suprime y en amarillo el que se adiciona o modifica |
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