Artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que se propone modificar Artículo 265: De la remoción de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia Propuesta introducida por la Asamblea Nacional Propuesta: La Asamblea Nacional remueve a los magistrados por mayoría, en caso de faltas graves. Texto constitucional actual | Propuesta de modificación | Los magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia podrán ser removidos o removidas por la Asamblea Nacional mediante una mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes, previa audiencia concedida al interesado o interesada, en caso de faltas graves ya calificadas por el Poder Ciudadano, en los términos que la ley establezca. | Los magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia podrán ser removidos o removidas, en caso de faltas graves, por el voto de la mayoría de los y las integrantes de la Asamblea Nacional, previa audiencia concedida al interesado o interesada. Cuando estén incursos en responsabilidad penal, se requerirá para su remoción pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo establecido en esta Constitución. | Se subraya en celeste el texto que se suprime y en amarillo el que se adiciona o modifica |
Volver a Propuesta de reforma de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela |