Artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que se propone modificar

 

Artículo 230: Del periodo presidencial

Propuesta: Periodo presidencial de siete años y reelección.

Texto constitucional actualPropuesta de modificación

El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período

El período presidencial es de siete años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida.
Se subraya en celeste el texto que se suprime y en amarillo el que se adiciona o modifica

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