Artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que se propone modificar

 

Artículo 176: De la contraloría municipal

 Propuesta introducida por la Asamblea Nacional

Propuesta: El Poder Popular propone a los contralores municipales, que designa el Contralor General de la República.

Texto constitucional actualPropuesta de modificación

Corresponde a la Contraloría Municipal el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes municipales, así como las operaciones relativas a los mismos, sin menoscabo del alcance de las atribuciones de la Contraloría General de la República, y será dirigida por el Contralor o Contralora Municipal, designado o designada por el Concejo mediante concurso público que garantice la idoneidad y capacidad de quien sea designado o designada para el cargo, de acuerdo con las condiciones establecidas por la ley.

Corresponde a la Contraloría Municipal el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes municipales, así como las operaciones relativas a los mismos, bajo la rectoría de la Contraloría General de la República, y será dirigida por el Contralor o Contralora Municipal, designado o designada por el Contralor General de la República, previa postulación por los órganos del Poder Popular del municipio u otras organizaciones sociales del mismo.
Se subraya en celeste el texto que se suprime y en amarillo el que se adiciona o modifica

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