COMISIÓN DE EXILIADOS ARGENTINOS EN MADRID - PAGINA PRINCIPAL
RESPUESTA A NUESTRO PEDIDO DE INFORMACIÓN AL ESTUDIO SPOTA Y ASOCIADOS A continuación le comento los pasos a seguir por todos aquellos que nunca presentaron ningún tipo de reclamo por la indemnización por exilio y/o por las detenciones:
Pasos
urgentes a seguir para quienes decidan iniciar el trámite:
La Ley 24.043 ha sido prorrogada en sucesivas oportunidades por medio de diversas leyes. ACTUALMENTE EL PLAZO PARA PRESENTARSE VENCE EN OCTUBRE DE 2011 Que hacer:
A) Si se presenta sólo:
1- Puede dirigirse al consulado argentino más
próximo a su domicilio, y presentar una SOLICITUD DE BENEFICIO LEY
24043. Es un formulario que el mismo consulado debe tener.
2- Se llena el formulario.
3- Se presenta TENIENDO ESPECIAL CUIDADO EN
HACERSE SELLAR UNA COPIA DEL FORMULARIO Y/O DE TODO LO QUE ESTÉN
ENTREGANDO CON: SELLO DEL CONSULADO, FECHA DE RECEPCIÓN Y FIRMA DE LA
PERSONA QUE LO RECIBE.-
Es muy importante ya que es la única forma de
tener una constancia de que se presentó el reclamo y las
circunstancias de tiempo y lugar de la presentación. En muchos casos
pierden las solicitudes y cuando la persona pregunta por su número de
reclamo le dicen que nunca presentó nada.
Y si uno no presenta en tiempo y forma rechazan
el reclamo por aspectos formales, le aplican la prescripción (una
sanción para el acreedor por no hacer valer su derecho en tiempo
oportuno por ante su deudor). Entonces, aún si la persona tiene todo
probado, lo rechazan por no haberse presentado a tiempo. De ahí lo
importante de tener esa copia en esas condiciones.
4- Aclaración importante: No es indispensable
que al presentar el formulario aporten todas las pruebas, ya que eso
se puede ampliar con posterioridad. Lo fundamental es que llenen con
sus datos personales el formulario y que aclaren que reclaman por el
exilio.
Y que constituyan un domicilio en el ámbito de
la Ciudad Autonoma de Buenos Aires (CApital Federal) a donde van a
llegar todas las notificaciones del procedimiento (intimaciones,
observaciones, resolución).-
B) Si quieren iniciar y/o proseguir
el reclamo con este estudio de abogados:
1- Pueden hacer la presentación en el Consulado y
luego mandarnos las constancias para que se las sigamos desde aquí.
2- Pueden mandarnos un poder a nuestro nombre y
nosotros hacemos todas las presentaciones en la Secretaría de
Derechos Humanos que es el lugar donde se inicia y desarrolla todo el
reclamo.
3- Que necesitamos:
SI O SI PARA INICIAR Y/O
PROSEGUIR UN TRAMITE YA INICIADO:
a- poder a nombre nuestro (ya que sin eso no nos
podemos presentar)
b- unas líneas describiendo la situación
para ubicar el reclamo en tiempo y forma (el relato lo podemos
presentar después más tranquilos)
c- convenio de honorarios.
d- pesos argentinos $100 por gastos.-
CON MÁS
TIEMPO:
a- relato de los hechos
b- DNI, pasaporte/es: en copia certificada.- c- Documentación relacionada con la persecución política y/o exilio (certificados, notas periodísticas, etc) con el relato detallado puedo guiarlo mejor) d- testigos: por lo menos en un primer momento : nombre y apellido, dirección (si no puede dárnoslo al principio, no se preocupe, hay tiempo para agregarlos posteriormente)
El estudio cobra el 10% de lo que se gana en
concepto de honorarios y les pedimos cien pesos ($100) para
gastos de tramitación administrativa.
HIJOS:
Los que nacieron antes del exilio de sus padres y aquellos nacidos dentro de los nueve meses de la llegada de su madre al exilio, pueden reclamar. Los otros pueden presentar el reclamo. Pero es otro tipo de planteo.-
DATOS DEL ESTUDIO: dirección: PARANA NRO. 557, PISO 9°, DEPTO. "A" (C.P. 1017) CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Telefónos (54-11) 4371-7569 / 4372-8493 / 4373-3286 (de 13 a 19 horas, hora de Argentina) E-mail: spota@sinectis.com.ar
Cualquier duda hágamelo saber por este u otro
medio.-
Un saludo grande y que esté bien.-
Atentamente.- Lucrecia Lambardi (Abogada)
Estudio Spota y Asociados.-
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