Reunión en Ginebra
para evaluar la aplicación en los Territorios palestinos
de la IV Convención sobre la protección de población
civil
Nota informativa del CSCA.
CSCAweb
(www.nodo50.org/csca)
21 de noviembre de 2001
El próximo 5 de
diciembre, el gobierno de Suiza convoca a las partes firmantes
de la IV Convención de Ginebra -relativa a la Protección
de las Personas Civiles en tiempo de Guerra de 1949- a una conferencia
para revisar su aplicación en los Territorios Ocupados
palestinos. Las organizaciones palestinas de derechos humanos
alertan acerca de las intenciones del gobierno de EEUU de boicotear
la conferencia y declararla "contraproducente"
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El próximo 5 de diciembre, el gobierno de Suiza convoca
a las Partes firmantes de la IV Convención de Ginebra,
relativa a la Protección de las Personas Civiles en tiempo
de Guerra, de 1949, a una conferencia para revisar su aplicación
de en los Territorios Ocupados palestinos.
Las organizaciones palestinas de derechos humanos que acudirán
a dicha reunión pretenden desarrollar un plan de medidas
prácticas a ejecutar de manera inmediata para que se garantice
el respeto de Israel a la IV Convención de Ginebra. el
5 de diciembre de 2001
La Franja de Gaza y Cisjordania, incluida Jerusalén
Oriental, han estado bajo ocupación militar desde 1967.
La aplicación de jure de la IV Convención
de Ginebra sobre dichos territorios está reconocida por
todas las partes firmantes de dicha Convención así
como por la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNNUU)
y por el Consejo de Seguridad (CS). Únicamente Israel
ha rechazado sistemáticamente aceptar su aplicación
en los Territorios Ocupados palestinos (TTOO).
Durante los últimos 34 años de su ocupación,
Israel ha violado repetidamente muchas las disposiciones de la
IV Convención de Ginebra. Sin embargo, el primer año
de la Segunda Intifada ha atestiguado una escalada de violencia
contra la población civil palestina sin precedentes. Asesinatos
premeditados, tortura, mal trato a los presos, destrucción
de hogares y propiedades, transferencia de población (asentamientos
de colonos) y castigos colectivos son solo algunas de las violaciones
que Israel ha cometido y sigue cometiendo contra los civiles
palestinos. Graves infracciones de dicha IV Convención,
estas violaciones constituyen crímenes de guerra según
lo reconoce el Comité Internacional de la Cruz Roja, organizaciones
internacionales de derechos humanos y algunas de las partes firmantes
de la IV Convención de Ginebra.
En la reunión de las partes firmantes de la IV Convención
mantenida el pasado 15 de julio de 1999 en respuesta a una convocatoria
efectuada por la AGNNUU para discutir las medidas que garantizasen
el respeto de Israel a la IV Convención, la presión
ejercida por los gobiernos de EEUU, Canadá y Australia
significó que los intereses políticos mediatizasen
la conferencia hasta el punto que la reunión duró
escasamente quince minutos tras los cuales se hizo pública
una sucinta declaración en laque se manifestaba que "Teniendo
en cuenta los adelantos en la situación de Oriente Medio
en su conjunto, la Conferencia ha sido aplazada con el compromiso
de volver a reunirse nuevamente una vez efectuadas consultas
sobre el desarrollo de la situación humanitaria en el
terreno".
Aunque la reunión era una expresión de la obligación
que impone el Artículo 1 de la IV convención de
Ginebra que llama a "respetar y asegurar el respeto de la
presente Convención bajo cualesquiera circunstancias",
la conferencia fracasó en producir ningún paso
favorable al cumplimiento de esta obligación o a garantizar
la aplicación de la misma por parte de Israel.
Ante esta nueva convocatoria, las organizaciones palestinas de
derechos humanos han expresado su esperanza de que en esta ocasión
no se permita la politización de la conferencia anterior
si bien ya han alertado acerca de las intenciones del gobierno
de EEUU al haber manifestado ya su intención de boicotear
la conferencia y declararla "contraproducente" haciendo
gala de una absoluta falta de respeto por el Derecho Internacional
Humanitario. La naturaleza hipócrita de la Administración
norteamericana -que se autoproclama defensora de la erradicación
del terror internacional- y la defensa a ultranza de los
intereses israelíes, permite a EEUU ignorar el terrorismo
de Estado practicado por Israel contra la población civil
palestina y obviar sus compromisos como parte firmante de la
IV Convención de Ginebra. Respaldando sus acciones, EEUU
dota de impunidad a las violaciones sistemáticas cometidas
por Israel contra los palestinos.
Al igual que en la anterior reunión, las organizaciones
palestinas solicitarán a las partes firmantes de la IV
Convención de Ginebra la necesidad de adoptar un plan
de acción de aplicación inmediata con el fin de
que se exija a Israel el respeto de las obligaciones legales
que le impone la IV Convención.
Igualmente, las organizaciones de derechos humanos palestinas
han reclamado a las partes firmantes de la IV Convención
que no cedan a las presiones de EEUU, que demuestren un firme
respaldo al Derecho Internacional Humanitario y que asuman seriamente
sus obligaciones como partes firmantes de dicha Convención
sin considerar los intereses políticos unilaterales de
algunas de las partes firmantes.
Las organizaciones palestinas solicitan asimismo que las partes
firmantes de la Convención de Ginebra aseguren que Israel
deberá dar cuenta de las violaciones contra los derechos
humanos contraidas por su parte contra la población palestina
y que incluyen crímenes de guerra y actos de terrorismo
de Estado según lo reconocen las propias partes firmantes
de la Convención así como otras instancias internacionales.
Rechazando la utilización política por parte
de EEUU del Derecho Internacional Humanitario, las organizaciones
palestinas reclaman de la comunidad internacional y de las organizaciones
de derechos humanos internacionales que hagan pública
su condena a los intentos de la Administración norteamericana
por politizar esta nueva convocatoria, su exigencia a las partes
contratantes de la IV Convención de Ginebra para que cumpla
con su cometido y con sus obligaciones y para que asuman una
acción inmediata que fuerce a Israel a aplicar las disposiciones
de dicha Convención en los TTOO.
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