El Centro Palestino de Derechos
Humanos de Gaza rechaza el pacto para poner fin al cerco a la
Basílica de la Natividad en Belén
Centro Palestino de Derechos Humanos,
Gaza, comunicado 69/2002, 11 de mayo de 2002
Traducción CSCAweb (www.nodo50.org/csca), 13-05-02
"El pacto profundiza
la conspiración internacional de silencio respecto a las
prácticas israelíes y permite que Israel, lamentablemente
en cooperación con la comunidad internacional, actúe
como un Estado al margen de la ley"
Arafat, entre dos
popes de la Iglesia Ortodoxa, durante su visita a la Basílica
de la Natividad en Belén el 13 de mayo
El Centro Palestino de Derechos Humanos (CPDH) de Gaza condena
el pacto palestino-israelí inspirado por Europa mediante
el cual 39 palestinos que permanecían asediados en la
Basílica de la Natividad [en Belén] han sido ilegalmente
deportados con el fin de poner término al cerco israelí
que ha durado casi cuarenta días. El CPDH afirma que el
traslado involuntario de personas (transfer) protegidas
bajo las Convenciones de Ginebra constituye un Crimen de Guerra.
Según lo que ha trascendido públicamente sobre
el pacto y su ejecución el viernes, 10 de mayo de 2002,
todos los palestinos que se habían albergado en la Basílica
de la Natividad fueron trasladados a una base militar de las
fuerzas de ocupación israelíes cercana a Belén
para ser sometidos a interrogatorio por oficiales de la seguridad
israelí. Después, y según lo pactado, 13
de ellos fueron conducidos al aeropuerto israelí de Ben
Gurión para ser deportados en un avión militar
británico hasta Chipre, donde permanecerán temporalmente
hasta que se haya alcanzado un acuerdo sobre los países
que les recibirán. Además, 26 palestinos fueron
transportados en vehículos a la Franja de Gaza tras haber
sido golpeados y humillados por las fuerzas de ocupación
israelíes. Los deportados no tuvieron oportunidad de entrar
en contacto con sus familias antes de su deportación.
Los otros palestinos y clérigos encerrados en la Iglesia,
más de 80 personas, fueron puestos en libertad para que
regresasen a sus casas.
Mientras la comunidad internacional da la bienvenida al pacto
y muestra acuerdo en su conclusión, el CPDH expresa su
consternación por tal intervención internacional
ya que constituye en su esencia una gravísima violación
de el Derecho Humanitario. El CPDH confirma que una vez más
se ha dado primacía a las consideraciones políticas
por encima de la legalidad internacional, a expensas de civiles
palestinos protegidos por el Derecho Internacional Humanitario.
La deportación individual o en masa de población
protegida, desde un territorio ocupado, está definida
como una grave violación, a saber, Crimen de Guerra, bajo
la IV Convención de Ginebra de 1949, Artículo 147,
y por el Primer Protocolo Adicional a las Convenciones de Ginebra.
El CPDH confirma asimismo que el Artículo 8 de la IV Convención
de Ginebra estipula que "las personas protegidas no pueden
hacer renuncia bajo ningún concepto, en parte o en su
totalidad, y bajo ninguna circunstancia, a los derechos que
tienen garantizados por la presente Convención (...)",
anulando con ello cualquier acuerdo de los concernidos.
A la luz de lo anteriormente expuesto:
1. El CPDH reclama el envío de una comisión
de investigación internacional e independiente para que
investigue el cerco de uno de los más santos lugares del
mundo, la Basílica de la Natividad, y otras potenciales
violaciones del Derecho Internacional Humanitario y los derechos
humanos, incluido el asesinato de civiles que fueron asediados
en la Iglesia.
2. El CPDH afirma que la deportación de palestinos
que están protegidos por la IV Convención de Ginebra
de 1949 constituye una grave violación de la Convención,
a saber, Crimen de Guerra.
3. El CPDH enfatiza que la aceptación palestina o individual
de la deportación no legaliza tal medida ilegal.
4. El CPDH condena y denuncia la posición de aquellos
estados que han ayudado o participado para alcanzar el mencionado
pacto en violación de la legislación internacional.
5. El CPDH hace un llamamiento para que los países
que reciban a estos deportados palestinos garanticen su seguridad
sin vulnerar su estatuto legal y que trabajen para su retorno
a su país.
6. El CPDH, en cooperación con otras partes internacionales,
estará atento a la cuestión de los deportados palestinos
en los países donde sean recibidos por si tales países
pudieran en ese caso violar el Derecho Internacional Humanitario.
7. El CPDH considera que el pacto profundiza la conspiración
internacional de silencio respecto a las prácticas israelíes
y permite que Israel, lamentablemente en cooperación con
la comunidad internacional, actúe como un Estado al margen
de la ley.

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