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Iraq: 'Petróleo por Alimentos'

 

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A los 11 años de su aprobación por el Consejo de Seguridad, Jutta Burghardt, ex Directora del Programa Mundial de Alimentos para Iraq, repasa las violaciones de la legislación internacional que las sanciones contra este país están suponiendo

La situación humanitaria en Iraq, el programa humanitario 'Petróleo por Alimentos' y los Derechos Humanos

Jutta Burghardt
Funcionaria del ministerio federal alemán de Cooperación Económica y ex Directora del Programa Mundial de Alimentos en Iraq 1999-2000

(Julio de 2001. Traducción de Pablo Carbajosa, CSCAweb)

Jutta Burghardt fue Directora del Programa Mundial de Alimentos en Iraq entre enero de 1999 y marzo de 2000, fecha en la que dimitió como protesta por la prolongación de las sanciones contra este país y, concretamente, tras la aprobación por el Consejo de Seguridad (CS) de Naciones Unidas (NNUU)) de la resolución 1284 en diciembre del año anterior. La resolución 1284, aprobada con los votos a favor de EEUU y Gran Bretaña y las abstenciones de Francia, Rusia y China, supuso situar la cuestión del embargo contra Iraq en punto muerto tras diez años de aplicación de las sanciones aprobadas en agosto de 1990. La dimisión de Burghardt se unía así a la de los dos anteriores coordinadores del programa humanitario de NNUU para Iraq, Dennis J. Halliday y Hans von Sponcek, quienes dimitieron por similares razones en 1999 y 2000 y en protesta por la política obstruccionista y manipuladora de EEUU y Gran Bretaña del programa "petróleo por alimentos" (resolución 986). En este trabajo inédito, Burghardt repasa las violaciones de la legislación internacional que el embargo contra Iraq está suponiendo, al tiempo que narra su propia experiencia durante su estancia en el país. El texto ha sido remitido para 'CSCAweb' por su autora en julio de 2001 y ha sido traducido por Pablo Carbajosa; previamente fue presentado en Bagdad en la Conferencia Internacional 'Embargo y derechos humanos en Iraq' organizada por la institución 'Baytol Hikma' los días 8 y 9 de mayo de 2001. Tras su dimisión, Burghardt se ha reincorporado como funcionaria al ministerio federal alemán de Cooperación Económica en Bonn. [CSCAweb]

I.
El Secretario General de Naciones Unidas (NNUU), Kofi Annan, ha afirmado repetidamente que "(...) la situación humanitaria de Iraq ha planteado un grave dilema moral a la Organización. NNUU siempre se habían situado del lado de los vulnerables y los débiles y habían tratado de aliviar el sufrimiento. Sin embargo, en este caso han sido acusadas de provocar sufrimientos a todo un pueblo". Con ello, el Secretario General apunta a un rasgo importante de la relación entre NNUU e Iraq. Es de agradecer que sea consciente de ello, puesto que el programa humanitario ["petróleo por alimentos"] se encuentra bajo su supervisión.

Desde luego, hay disparidad entre las actuaciones del Consejo de Seguridad (CS) respecto a Iraq, de acuerdo con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y las de los instrumentos de defensa de los Derechos Humanos de la organización. Mientras el artículo 24 de la Carta de NNUU obliga al CS a actuar de conformidad con los fines y principios de NNUU, el régimen de sanciones impuesto a Iraq por este organismo conduce a graves violaciones de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional establecido.

Las sanciones contra Iraq son las más severas y prolongadas jamás impuestas a un pueblo en toda la Historia. Por añadidura, el embargo comercial establecido de acuerdo con la resolución del CS 661 se ve acompañado de agresiones militares permanentes, unilateralmente desarrolladas, de mayor o menor intensidad, que constituyen, junto con el embargo comercial, un bloqueo de tipo clásico tal como se ha conocido históricamente. Todos somos conscientes de que es a la gente corriente a quien daña casi exclusivamente este embargo.

El programa humanitario para Iraq -promovido de acuerdo con el Capítulo VII [de la Carta de NNUU] y que forma parte, por tanto, del régimen de sanciones- no garantiza la protección de los derechos humanos en Iraq. Tampoco podría hacerlo si se desarrollase plenamente, de buena fe y sin su actual politización. Se trata de una operación de asistencia y mantenimiento de corto aliento, semejante a la que hallamos en las operaciones habituales de emergencia en todo el mundo, que trata a la población iraquí como si viviese en campos de refugiados. Este programa no puede reemplazar a la plena actividad del Estado, y no substituye a las actividades económicas de toda una nación.

Los derechos humanos son válidos universalmente e igualmente indivisibles. La Declaración Universal de Derechos Humanos establece expresamente que los derechos consagrados por ella son también aplicables en circunstancias de soberanía inhabilitada o disminuida (Artículo 2, Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948). Así pues, son aplicables en Iraq.

II.
El artículo II de la Convención sobre Genocidio (1949) define, inter alia, como genocidio la "(...) deliberada imposición de condiciones de vida que lleven a la destrucción parcial o total de un grupo nacional, étnico, racial o religioso".

No cabe duda alguna de que la imposición de sanciones a Iraq por parte del CS está llevando parcial o totalmente a destruir una nación, y que tal medida fue aplicada y continúa aplicándose de forma deliberada e intencionada. El CS ha sido bien consciente de la situación de Iraq desde el principio. Inmediatamente después de la Guerra del Golfo y en fecha tan temprana como 1991, Marti Athissari y Saddruddin Aga Jan redactaron dos informes destinados al Secretario General. El último de ellos sobre todo evaluaba el mecanismo empleado por lo que luego sería el programa "petróleo por alimentos", afirmando que la situación del pueblo de Iraq y la destrucción de la infraestructura material [debido a la guerra] eran tan graves que la ayuda proporcionada por los donantes internacionales no bastaría para salvar al país de una situación casi apocalíptica. En lugar de eso deberían utilizarse los ingresos del petróleo iraquí.

Por añadidura, Madeleine Albright afirmó en una entrevista con la CBS -mientras era todavía representante permanente en NNUU y miembro decisivo en dichas funciones del Consejo de Seguridad-, a la pregunta de si valía la pena pagar el precio de la muerte de 500.000 niños iraquíes: "Fue una elección difícil, pero sí valió la pena pagar ese precio". Esta declaración debería resultar chocante para cualquiera, pero lo es especialmente para una alemana a la vista del trasfondo de su historia nacional. Albright recalca desde luego que la destrucción de una nación -el genocidio- era y sigue siendo el objetivo perseguido.

Marc Bossuyt, experto belga en Derecho Internacional, se muestra claro y sin ambigüedades en relación con esto. En su informe a la Comisión de Derechos Humanos (Subcomisión sobre Promoción y Protección de Derechos Humanos, E/CN.4/SUB.2/2000/33) del 21 de junio afirma (párrafo 72) indica:

"El régimen de sanciones contra Iraq tiene como clara finalidad infligir deliberadamente al pueblo iraquí condiciones de vida (falta de alimentos adecuados, medicinas, etc.) calculadas para provocar su destrucción física total o parcial. No importa que esta destrucción física deliberada tenga como objetivo ostensible la seguridad de la región. Una vez que se dispuso de pruebas claras de que estaban muriendo miles de civiles y de que cientos de miles morirían en el futuro mientras el CS continuara con las sanciones, las muertes ya no constituían un efecto colateral involuntario: el CS era responsable de todas las consecuencias conocidas de sus actuaciones. No se puede absolver a los organismos sancionadores de haber albergado la 'intención de destruir' al pueblo iraquí. La embajadora norteamericana llegó ciertamente a reconocerlo; cuando se le preguntó si el medio millón de muertos 'valía la pena', respondió: 'Creemos que vale la pena pagar ese precio'. Los Estados que han impuesto las sanciones podrían motivar cuestiones referentes a la Convención sobre Genocidio."

Además, y lo que es más importante, Marc Bossuyt establece en sus recomendaciones que las sanciones que violan el Derecho Internacional y, sobre todo, los Derechos Humanos, "no tienen por qué respetarse", y plantea la cuestión de las compensaciones.

Los principios del Tribunal de Nuremberg -que fueron respaldados por la Asamblea General de las Naciones Unidas- ponen de relieve que existe una responsabilidad individual frente a las órdenes. Cito:

"El hecho de que una persona actúe llevando a cabo órdenes de su gobierno o de un superior no le libera de responsabilidad de acuerdo con las leyes internacionales, siempre y cuando le sea posible efectuar una elección moral."

En este contexto, es importante saber -y desearía que mis antiguos colegas del programa [humanitario] sobre Iraq de NNUU fueran conscientes de ello- que la Convención sobre Genocidio, así como los Principios de Nuremberg, establecen que la complicidad en un crimen contra la Humanidad constituye un delito de acuerdo con las leyes internacionales. Creo personalmente que ayudar a ocultar los efectos de las sanciones sobre el pueblo iraquí equivale a complicidad, y yo decidí que disponía moralmente de la posibilidad de escoger.

III.
Destacaré a continuación algunas disposiciones fundamentales de derechos humanos para ponerlas en relación con la situación del pueblo iraquí.

Violación del derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de las personas (Declaración Universal de Derechos Humanos, Artículo 3)

a) La resolución del CS 687 [de fin de la Guerra del Golfo] estipula que existe un alto el fuego en vigor que depende de la aceptación oficial de esa resolución por parte de Iraq, como es el caso. Sin embargo, regularmente se suceden los bombardeos en zonas llamadas de exclusión aérea, unilateralmente impuestas, bombardeos que han provocado muertos y heridos entre los ciudadanos de Basora y otros lugares, contando a algunos pastores jóvenes. ¿Son conscientes estas personas de esa zona meridional de que, de acuerdo con la versión oficial de quienes han establecido esas zonas, los ataques se llevan a cabo "para su protección"?

b) Desde que UNICEF publicó un estudio cuidadosamente elaborado en 1999, es del conocimiento general, además de un hecho aceptado internacionalmente, que 500.000 niños iraquíes han perdido la vida debido a las sanciones. En conjunto, más de 1,4 millones de ciudadanos iraquíes se han convertido en víctimas del embargo hasta hoy.

Violación del Derecho a un nivel de vida adecuado

El Convenio Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales indica en su Artículo 11:

"1. Los Estados firmantes de la presente Convención reconocen el derecho de todo ciudadano a un nivel de vida adecuado para sí mismo y para su familia, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuados y la continua mejora de las condiciones de vida. Los Estados firmantes adoptarán las medidas apropiadas para garantizar la consecución de este derecho, reconociendo a estos efectos la importancia esencial de la cooperación internacional basada en el libre consentimiento.
"2. Los Estados miembros de la presente convención, reconociendo el derecho fundamental de todo ser humano a quedar libre del hambre, adoptarán individualmente y por medio de la cooperación internacional, las medidas necesarias, incluyendo programas concretos." [Subrayado de la autora.]

a) Con el embargo, casi todas las actividades económicas industriales se encuentran en suspenso. Como consecuencia, apenas si hay empleo o posibilidades de ingresos, ni ingresos fiscales que pueda percibir el Estado.

b) En marzo de 1999, el ministro iraquí de Trabajo y Asuntos Sociales me confesó que sólo el 40% de las industrias eran operativas, con un volumen de producción del 10%. De acuerdo con su valoración, del 90 al 95% de los iraquíes viven por debajo del nivel de pobreza. Este ministerio proporcionaba habitualmente algún modesto sustento a quienes vivían en la pura miseria. Sin embargo, en 1994 se interrumpió la inscripción de indigentes, debido a que el ministerio ya no podía afrontar cifras cada vez mayores.

c) Antes del inicio de las sanciones, Iraq había llegado a aproximarse a la condición de país del Primer Mundo, gracias a los esfuerzos del actual gobierno, después de años de agitación interna y siglos de abandono. De hecho, Iraq se había convertido en una potencia regional árabe. Todavía hoy pueden encontrarse restos de esos logros.

d) Los indicadores sociales habían llegado a ser excelentes antes de las sanciones. De acuerdo con la UNESCO, la tasa de alfabetización había alcanzado un 95%, demostrando que el gobierno había satisfecho "el derecho a la educación, incluyendo las disposiciones sobre educación primaria obligatoria", que ya no es posible poner en práctica, y por lo que la UNESCO le había concedido un premio. En marzo del 2000, la tasa de alfabetización había descendido hasta un 58 % con una tasa esperada de reducción suplementaria de un 5% anual.

e) La sociedad iraquí se ha visto completamente apartada de los intercambios con el mundo exterior (lo que viola el "derecho a disfrutar de los frutos del progreso científico y de sus aplicaciones"). Este abismo resultará extremadamente difícil de cerrar para la población y sobre todo para la generación que está creciendo hoy día. Aunque las sanciones se levantaran mañana mismo, reconstruir la sociedad contando con la reconstitución de las capacidades individuales llevaría muchos años, de ser posible en su totalidad. El deterioro de la educación y la enseñanza profesional, tendrá efectos a largo plazo por lo menos sobre una generación. Los niños que no pudieron ir a la escuela nunca podrán reponerse de esa pérdida.

f) Vivir a diario con la tensión -desde hace ya más de diez años- de tener que buscar el sustento familiar resulta tremendamente agotador. Cuando no se puede hacer nada por prestarles ayuda, las personas enfermas en el seno de la familia causan depresión y desesperación, además de desmotivación en la vida y las expectativas personales. Encontré sumamente descorazonador atestiguar la pérdida de oportunidades vitales de un pueblo de 25 millones. Entre el personal [iraquí] del programa humanitario [de NNUU] se contaba un 60 % de profesionales plenamente cualificados que realizaban labores por debajo de su capacidad. Nuestros conductores eran en su mayor parte ingenieros y agrónomos. En mi equipo había incluso un piloto y un director de banco.

g) La clase media iraquí no sólo se halla empobrecida por la falta de trabajo y de la posibilidad de percibir ingresos, sino también porque sus ahorros y sus inversiones han quedado reducidas a cero. La depreciación del dinar iraquí frente al dólar norteamericano llega al 6.000 %, mientras que los ingresos medios se encuentran entre 5.000 y 6.000 dinares, aproximadamente entre 2,5 y 3 dólares. (antes de las sanciones el valor de un dinar se cifraba en 3,3 dólares; hoy vale 0,004 dólares).

h) El efecto acumulativo de las sanciones y la continua privación durante más de 10 años de una situación bélica prolongada es lo que provoca la desintegración de la sociedad iraquí y la destrucción del pueblo iraquí. Muchos iraquíes me han confesado que sobrevivir a diario les resulta un milagro.

i) Desde hace más de 10 años, la población iraquí recibe solamente alimentos básicos: harina, arroz, algo de judías o lentejas, algo de leche en polvo, aceite vegetal, sal, azúcar y té, sin alimentos frescos como verduras, fruta, productos lácteos frescos y carne (lo que infringe el derecho a la alimentación). Muchos de quienes no tienen otras fuentes de ingresos tienen que trocar los artículos de la cesta de la compra por otros medios de subsistencia. En los años 1999 y 2000 la observación rutinaria demostró que dos tercios de la población del centro/sur de Iraq consumía lo correspondiente a sus raciones alimenticias mensuales en los primeros 20 días. Siempre nos hemos preguntado cómo se las arreglaba esta parte de la población para subsistir hasta final de mes. Para empeorar las cosas, en 1999 se produjo una epidemia de fiebre aftosa que mató a más de un millón de animales. Desde fines de 1998 también se ha registrado una grave sequía en la región, lo que ha tenido dañinos efectos suplementarios sobre las cosechas, sobre los dueños de animales y el suministro de agua a la población. En ambos asuntos el Comité de Sanciones [del CS] proporcionó ayuda insuficiente a Iraq. ¡Compárese simplemente con el pánico que se apoderó de Europa con el tema de la epidemia de fiebre aftosa!
j) Que la situación de este pueblo no sea todavía peor de lo que es hoy en día resulta admirable y debe atribuirse a mi modo de ver a la enorme disciplina, laboriosidad, ingenio práctico e increíble energía del pueblo iraquí.

Violaciones del Derecho a la Salud

El Convenio internacional sobre derechos económicos, sociales y culturales en su Artículo 12, indica:

"1. Los Estados firmantes de la presente Convención reconocen el derecho de todos al disfrute del mayor nivel posible de salud física y mental.
"2. Los pasos que han de dar los partidos firmantes de la presente Convención a fin de alcanzar la plena realización de este derecho incluirán lo necesario para:
a) Disposiciones para la reducción de la mortalidad infantil y durante el parto, así como para un saludable desarrollo del niño;
b) La mejora de todos los aspectos de higiene medioambiental e industrial;
c) La prevención, tratamiento y control de enfermedades epidémicas, endémicas y laborales;
d) La creación de condiciones que garanticen todos los servicios médicos, así como la atención médica en caso de enfermedad."

a) Con anterioridad a las sanciones, el sistema sanitario de Iraq era la envidia de la región. Todos sabemos que hoy en día la situación sanitaria de los iraquíes, así como su sistema de atención sanitaria, es desoladora. La esperanza de vida se ha reducido. Muchos niños iraquíes sufren atrofias debido a la falta de alimentación adecuada. Pero una deficiencia alimentaria crónica no sólo ocasiona insuficiencias físicas: también tiene efectos negativos sobre las capacidades mentales. Con ocasión de un programa que llevamos a cabo, el gobierno iraquí nos comunicó que habían censado a más 700.000 niños malnutridos menores de cinco años.

b) Además de sufrir Iraq enormes destrozos durante la Guerra del Golfo, se hizo uso por vez primera de munición de uranio empobrecido. En el curso de mis visitas, mi impresión fue de alarma y sobresalto. La sensación era que esa zona se había vuelto inhabitable para los seres humanos. La mayor parte de los lectores serán ya conscientes de los hechos, pero repetiré aquí la información transmitida por el representante de la OMS en Iraq, de expertos iraquíes y de los profesores alemanes Günther y Schott. La cuestión que discutimos guarda también relación con el derecho a la vida y la Convención sobre Genocidio. El uso de munición de uranio empobrecido libera partículas tóxicas químicas y radioactivas en forma de aerosol. El uranio empobrecido emite principalmente partículas alfa y tiene una vida media de 4.500 millones de años. En el cuerpo humano se deposita sobre todo en los huesos y ataca a la médula ósea así como al ADN. En Iraq los materiales tóxicos han entrado ya en la cadena alimentaria. En la provincia de Basora, sobre todo, fue absorbido por las aguas subterráneas. En conjunto, más de 300 toneladas de materiales de uranio empobrecido están todavía enterradas en suelos iraquíes.

La administración iraquí tiene a más de mil personas -soldados y familiares bajo observación. Se ha registrado un aumento de los casos de cáncer sólo a partir de 1996/97, cinco años después de los hechos. Se espera que aumenten en los próximos años. Los expertos iraquíes suponen, aunque no han podido probarlo (a pesar de haber intentado consultar varias veces desde 1995 a las organizaciones pertinentes, entre las que se contaba la OMS) que el aumento de la leucemia, la aparición de tipos de cáncer infrecuentes, de linfomas, de cáncer de los riñones, pulmones y páncreas se debe al uranio empobrecido, munición utilizada por EEUU y en menor medida por el Reino Unido. Los especialistas iraquíes también han documentado casos de esterilidad en hombres y mujeres (sobre todo entre los jóvenes), y deformaciones inhabituales, tales como niños sin brazos o con los brazos deformes, sin dedos, con la cabeza deforme, o sin orejas. También han observado un enorme aumento del cáncer de mama, sobre todo entre las jóvenes de entre 17 y 20 años. Y han registrado asimismo deformaciones en animales.

Violaciones del Derecho a la Autodeterminación

La Parte I, Artículo 1, Convenio Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 16 de diciembre de 1966, señala que:

"1. Todos los pueblos tienen derecho a la autodeterminación. En virtud de ese derecho determinan libremente su estatus político y persiguen su desarrollo económico, social y cultural.
"2. Todos los pueblos pueden disponer libremente y para sus propios fines de su riqueza y recursos naturales sin perjuicio de cualesquiera obligaciones que se deriven de la cooperación económica internacional, basándose en el principio del beneficio mutuo y del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus medios de subsistencia.
"3. Los Estados firmantes de esta convención (...) promoverán la realización del derecho a la autodeterminación y respetarán ese derecho, de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas."

a) El elemento clave de las sanciones, incluyendo los mecanismos establecidos de acuerdo con el programa "petróleo por alimentos", es que el gobierno de Iraq no debe comerciar y, sobre todo, no recibir ningún ingreso procedente de la venta de petróleo; en otras palabras: no debe generar divisas. La exención del régimen de sanciones -y el propio programa "petróleo por alimentos"- lo deja muy claro: los ingresos procedentes de la venta de petróleo se destinan a una cuenta secuestrada controlada por NNUU. Hemos tenido noticia de que Iraq ni siquiera podía recibir equipos anticuados adquiridos con fondos propios. Por el contrario, recibimos instrucciones de destruir estos equipos.

b) Se supone que el programa "petróleo por alimentos" ha de garantizar el suministro de bienes esenciales para la población de Iraq y proporcionar inversiones en infraestructuras esenciales. Actúa en el campo de la medicina y equipos médicos, electricidad, agricultura, regadíos, suministro de agua, educación elemental y superior, transporte y comunicaciones, construcción de viviendas, y mantenimiento y rehabilitación de la producción de petróleo, esto último fuente esencial de ingresos para la financiación de esos suministros humanitarios.

c) Todos los bienes que se han recibido a finales de 2000 representan un desembolso o inversión per capita de aproximadamente 100 dólares por persona y año, de los cuales cerca de 75 dólares se gastan sólo en la cesta de la compra., que resulta habitualmente la partida más costosa de cualquier programa de emergencia. De acuerdo con el programa, a menudo faltan componentes y no se cumplen las especificaciones. Aunque el programa prevé la aplicación de prácticas comerciales normales, hoy es el día en que no se ha permitido a Iraq aplicarlas a la contratación de artículos de alimentación. Esto conduce, por supuesto, a que los proveedores exploten la situación en potencia o en la práctica. Así pues, además de la baja tasa de eficiencia del programa debida a tantos contratos bloqueados (cuyo valor se estima en 3.400 millones de dólares a fecha de 9 de abril de 2001), muchos de los artículos en manos de los iraquíes son inservibles (sobre todo en los sectores agrícola, alimenticio y médico).

d) A mi llegada [a Iraq] en enero de 1999, el gobierno iraquí necesitaba fondos para el transporte, almacenamiento, gestión y administración internos sólo de la operación de alimentos por un total de 160.000 millones de dinares anuales. Existen por supuesto costes internos adicionales en los demás sectores del programa, pero sobre todo en el sector del petróleo. Está claro que este "programa humanitario" resulta doblemente lesivo para la economía iraquí.

e) Por un lado, hasta el día de hoy el gobierno no ha podido hacer uso de sus fondos para cubrir los costes internos y se ve, por tanto, obligado a imprimir las cantidades correspondientes, incrementando de este modo la inflación y contribuyendo a la depreciación de la moneda. Por otro, hay que importar todos los artículos del programa, aunque se disponga de ellos en el país, como sucede con el trigo, el aceite vegetal y la sal. No sólo es un negocio ingente para el resto del mundo. También va en detrimento de la ya maltrecha economía iraquí.

f) Sin embargo, a pesar de las tremendas restricciones que experimentan las actividades del gobierno (exiguo personal, salarios mínimos, posibilidades casi nulas de controlar a las empresas y los envíos al extranjero, medios de transporte reducidos, enormes restricciones de comunicación, el ministerio de Comercio lleva a cabo el suministro de alimentos -posiblemente el mayor del mundo durante un periodo tan prolongado- de la forma más eficaz y efectiva. En Iraq, todos y cada uno de los casi 25 millones de ciudadanos reciben regularmente su ración mensual.

g) En la resolución del CS 1284 (del 12 de diciembre de 1999, la llamada Resolución Totalizadora) introducida por el Reino Unido y relativa a los capítulos de compensaciones a Kuwait, humanitarios y de desarme, se están realizando esfuerzos para otorgar a Iraq incentivos para cooperar en el terreno del desarme, introduciendo simplificaciones de procedimiento y otras medidas en el campo humanitario. Sin embargo, en vez de levantar las sanciones (según estipula el párrafo 22, de resolución de alto el fuego 687) la resolución introduce un nuevo elemento: la suspensión de las sanciones. Y de acuerdo con la explicación de voto dada por EEUU, esa suspensión no implicaría que el gobierno iraquí recobrase el control de sus ingresos petrolíferos.

h) Por ende, las actuales deliberaciones de EEUU para introducir las llamadas sanciones inteligentes tienen como objeto estrechar el control de NNUU sobre los ingresos petrolíferos y prometen que llegarán al país mayor número de bienes civiles. No obstante, dado que el gobierno iraquí carece de control sobre sus fondos, la conclusión lógica sería que se ampliaran las actividades de NNUU según fuera necesario. Creo que es imposible gestionar las necesidades de todo un país por medio de una oficina situada en Nueva York, lo mismo que a través de incómodos procedimientos entre los que se cuentan la concesión a voluntad de contratos. Esto me parece peor incluso que los procesos económicos que hemos visto operar en las economías de planificación centralizada del pasado.

Prohibición al Estado de satisfacer sus obligaciones de acuerdo con el Convenio Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales

"1. Cada uno de los Estados firmantes se compromete a dar pasos, individualmente y por medio de la ayuda y cooperación, sobre todo técnica y económica, al máximo de sus recursos disponibles, con vistas a alcanzar progresivamente la plena realización de los derechos reconocidos en el actual Convenio por todos los medios apropiados, incluyendo sobre todo la adopción de medidas legislativas (Artículo 2)."

a) De acuerdo con la letra y el espíritu del Convenio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, un gobierno es responsable del bienestar de su pueblo y está obligado a fomentarlo. Se supone que el programa humanitario puede proporcionar sólo un mínimo de las necesidades básicas de la población gracias a la cooperación del gobierno con NNUU Sin embargo, los obstáculos creados por dos miembros del Comité de Sanciones [del Consejo de Seguridad] llevan a una situación en la que el gobierno no puede satisfacer apropiadamente ni siquiera esta tarea. Y puesto que apenas si hay quien conozca los entresijos del complejo mecanismo de este programa, resulta fácil que esos mismos miembros saquen partido de esta circunstancia y reprochen al gobierno que no lleve a cabo estas labores básicas.

b) Concluyendo: sólo un país que sea capaz de ejercer su derecho a la autodeterminación se encuentra en situación de poner en práctica la Convención Internacional y satisfacer las obligaciones contraídas al formar parte de la misma. A Iraq se le niega este derecho, que había sido adecuadamente satisfecho antes de la imposición de las sanciones invirtiendo en educación, salud, infraestructura, y con el que aún se siente comprometido, como este testigo ha tenido ocasión de comprobar.

IV. Perspectivas
Soy pesimista sobre el hecho de que lleguen a levantarse alguna vez las sanciones. ¡Son demasiado buenas para ser verdad! Al mantener operativas las sanciones, se mantiene bajo control a la región petrolífera árabe, se pueden vender enormes partidas de armamento a los países vecinos, e Iraq, una posible potencia regional, queda reducido a una sociedad débil y desintegrada, lo cual acabará por plantear otro problema político regional de continuar así.

Sin embargo, y a fin de que el CS no disponga de más pretextos para continuar reajustando el régimen de sanciones, Iraq debería recibir cuanto antes el respaldo de la nueva comisión de desarme] UNMOVIC de que está libre de armas de destrucción masiva. Y confío en que el gobierno iraquí esté dispuesto a cooperar si, y sólo si, puede esperar un trato justo y el levantamiento real de las sanciones. A estos efectos se había iniciado un diálogo en NNUU Iraq debe recuperar también lo antes posible su lugar de derecho en la comunidad internacional, además del de miembro de pleno derecho de la OPEP y de agente constructivo en el contexto regional.