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Por decisión del Ministerio del Interior, la policía palestina obstaculiza los desplazamientos de los pacientes que reciben tratamiento médico fuera de Gaza

Comunicado de prensa PCHR/Centro Palestino de Derechos Humanos

De acuerdo con las investigaciones llevadas a cabo por el CPDH, el lunes, 7 de diciembre, por la mañana, la policía palestina estacionada en el puesto de control aduanero cercano al cruce de Beit Janun (Erez) impidió a 37 pacientes y a sus acompañantes encaminarse al cruce para dirigirse a hospitales ubicados en Cisjordania, incluyendo Jerusalén, y en Israel. La policía argumentó que estos pacientes no habían solicitado permiso a la Oficina de Registros de Viaje del Ministerio del Interior

www.pchrgaza.org
Traducción: Pablo Carbajosa

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El Centro Palestino de Derechos Humanos (CPDH) condena las restricciones impuestas a los desplazamientos al exterior de la población de la Franja de Gaza. Estas restricciones se aplican también  a los pacientes que van en busca del tratamiento médico que no es posible encontrar en la Franja. El CPDH apela al Gobierno de Gaza para que elimine todas las restricciones de viaje impuestas, en particular la obligación de conseguir permiso del Ministerio del Interior en  Gaza; estos requisitos contradicen las disposiciones de la Ley Fundamental palestina y las normas internacionales relativas a la libertad de movimientos.

De acuerdo con las investigaciones llevadas a cabo por el CPDH, el lunes, 7 de diciembre, por la mañana, la policía palestina estacionada en el puesto de control aduanero cercano al paso fronterizo de Beit Janun (Erez) impidió a 37 pacientes y a sus acompañantes encaminarse al cruce para dirigirse a hospitales ubicados en Cisjordania, incluyendo Jerusalén, e Israel. La policía argumentó que estos pacientes no habían solicitado permiso a la Oficina de Registro de Viajes del Ministerio del Interior. Según algunos de estos pacientes, se les obligó a volver al complejo gubernamental para solicitar los permisos, y una vez allí se les obligó a esperar más de tres horas. Varios de estos pacientes tenían ya reservada hora para intervenciones quirúrgicas en hospitales palestinos o israelíes en esta fecha, y estas medidas han impedido su desplazamiento al hospital, lo que suscita preocupación por su salud.    

El 25 de noviembre de 2009, el Ministerio del Interior comunicó la apertura de la oficina para registro de viajes en el complejo gubernamental de la ciudad de Gaza. El Ministerio exige que cualquier persona que desee desplazarse al extranjero se remita a esta oficina con el fin de conseguir el permiso con tres días de antelación al viaje previsto. El formulario de solicitud de dicho permiso se divide en tres secciones: información personal, destino y propósito del viaje y acompañantes, y una declaración jurada acompañada de firma. Además, han de adjuntarse a la solicitud dos fotos personales, fotocopias del carné de identidad y pasaporte, fotocopia de los documentos que especifican el propósito del viaje y  fotocopia del permiso obtenido del otro lado de la frontera (de Israel). Ha de aportarse el original de todos estos documentos para confirmar que las copias son veraces.   

Estas medidas restrictivas se han impuesto cuando la población civil palestina de la Franja de Gaza sufre todavía las consecuencias de la prohibición total de viajar fuera de la Franja impuesta por las Fuerzas de Ocupación de Israel (FOI) desde el 25 de junio de 2006, cuando las FOI reforzaron el asedio al que someten a Gaza. De acuerdo con este régimen de clausura, a la mayoría de la población civil palestina se le ha impedido salir de la Franja por el paso de Beit Janun (Erez), con la salvedad de un número muy limitado de pacientes y comerciantes. Por ende, docenas de pacientes han estado sufriendo las complicaciones de obtener permisos para recibir tratamiento médico en hospitales palestinos y/o israelíes, y a muchos de ellos se les ha impedido viajar aun disponiendo de permisos, y otros han tenido que esperar largas horas e incluso días. Vale la pena hacer notar que la expedición de permisos por parte de las FOI se produce con frecuencia a horas tardías de la noche, y a los pacientes se les da instrucciones para desplazarse al paso de Beit Janun (Eretz) a la mañana siguiente, lo que hace imposible reunir las condiciones exigidas para conseguir permisos de viaje del Ministerio del Interior en Gaza.  

El CPDH sigue con la máxima preocupación las restricciones y obstáculos impuestos por el Ministerio del Interior que limitan los desplazamientos de la población de Gaza fuera del territorio. El CPDH estima que dichas medidas violan el derecho de todos los palestinos a la libertad de movimientos, dentro del cual se encuentran los desplazamientos fuera de las zonas controladas por la Autoridad Nacional Palestina (ANP); violan en particular el artículo 9 de la Ley Fundamental Palestina, que apela a la igualdad ante la judicatura y la ley.  También perjudican la libertad de desplazarse por el propio territorio, y fuera del mismo o de regreso a él, cuando así lo deseen. Por añadidura, esas medidas ilegales violan la normativa de derechos humanos, incluyendo el artículo 12 del Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, al que se adhirió la ANP. El CPDH expresa su inquietud por que dichas medidas puedan conducir a violaciones de los derechos de los civiles palestinos a recibir la atención física y mental más adecuada. 

El CPDH condena contundentemente las medidas impuestas por el gobierno en Gaza, que restringen la libertad de movimientos de la población de la Franja y apela al gobierno palestino de la Franja de Gaza a:

1) Anular el requisito que exige obtener permiso para viajar de la Franja de Gaza a Cisjordania y/o al extranjero en la Oficina de Registro de Viajes, pues constituye una violación de su derecho a la libertad de movimientos. 

2) Tomar todas las medidas necesarias para facilitar el desplazamiento de pacientes de la Franja de Gaza, sobre todo a los hospitales palestinos de Cisjordania, incluyendo Jerusalén, o a los hospitales israelíes; todos los documentos presentados por los pacientes son oficiales, emitidos por el Departamento de Tratamiento Médico Externo, de acuerdo con los procedimientos acreditados que cuentan con la firma de los médicos especialistas, el Alto Comité para el Tratamiento Médico Externo y el Departamento de Adquisición de Servicios del Ministerio de Sanidad.