En respuesta a:
13 de enero de 2020
El Tribunal Supremo establece que la llamada de un agresor sobre el que pesa la prohibición de comunicarse con su víctima "supone un ataque a la seguridad y a la tranquilidad de la persona a la que se pretende proteger con la resolución".
madrid 13/01/2020 EFE Público
El Tribunal Supremo ha (...)