En respuesta a:
10 de diciembre de 2019
Establece que la madre no pudo cometer un delito de sustracción de la menor porque "ya en junio de 2019 tenía atribuida definitivamente la guardia y custodia" de su hija. Además reprende al juez de instrucción que le quitó la custodia porque "carecía de competencias" para tomar dicha medida. (...)