Sábado 22 de febrero de 2025
Pese a la inhibición, el tribunal ha decidido mantener la medida provisional de protección y no retorno del menor hasta que se pronuncien en Italia.
Esta decisión fue adoptada inicialmente el pasado 7 de enero por un Juzgado de Guardia y cuenta con el respaldo del Ministerio Fiscal.
María Martínez Collado - Madrid-20/02/2025 Público
El Juzgado de Instrucción nº. 9 de Granada ha decidido inhibirse en favor de la Corte de Cagliari en la denuncia por maltrato presentada por Juana Rivas y su hijo mayor contra el padre del menor, pero mantendrá la medida cautelar de protección que hasta ahora ha permitido al niño quedarse con su madre y su hermano en España. El tribunal argumenta, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que la decisión de dejar en manos de Italia la deliberación se debe a que los hechos investigados ocurrieron en el domicilio familiar en Cagliari, donde el pequeño residía con su progenitor, quien además tiene atribuida la guarda y custodia.
Pese a la inhibición, el juzgado ha decidido mantener la medida provisional de protección y no retorno del menor a Italia hasta que se pronuncien los tribunales del país. Esta decisión fue adoptada inicialmente el pasado 7 de enero por un Juzgado de Guardia y cuenta con el respaldo del Ministerio Fiscal.
El caso fue asumido por el Juzgado de Instrucción nº. 9 de Granada tras serle asignado por reparto, después de que la Audiencia Provincial resolviera que no existía impedimento para que la magistrada titular tramitara el procedimiento.
La medida cautelar de suspensión de la vuelta del niño se tomó tras escuchar por primera vez a la criatura en España y se basó en el artículo 30 del Reglamento de la Unión Europea. Esta norma permite a las autoridades judiciales de un país adoptar disposiciones urgentes y provisionales para proteger a un menor en riesgo, aun cuando los hechos hayan ocurrido en otro Estado miembro. El pequeño puedo expresar su "temor" por tener que volver con su padre y el tribunal granadino le dio credibilidad.
El recurso de reforma presentado por la parte demandante contra la inhibición ha sido rechazada por el juzgado de Granada, mientras que aún se está a la espera de que la Audiencia de Granada resuelva el recurso de apelación. En caso de confirmarse la decisión, el expediente judicial será enviado a la Corte de Cagliari una vez traducido al italiano.
"Ya hemos recurrido la decisión de que el caso se envíe a Italia sin que se aplique en España el delito de violencia vicaria. También hemos dicho que vamos a recurrir la sentencia civil de Cagliari. La anterior sentencia civil, con argumentos similares y los mismos peritos, fue anulada por la Corte de Casación italiana", ha explicado Carlos Aránguez, abogado de Rivas.