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PERÚ: Fujimori y el crimen de Estado contra las mujeres indígenas

Viernes 12 de febrero de 2021

El 1 de marzo un juez peruano decidirá si el expresidente y otros antiguos miembros de sus gobiernos deben ser juzgados por la esterilización forzada de miles de mujeres indígenas en los noventa. Se abre un atisbo de esperanza

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Centro de Salud I, barrio Ramón Castilla, donde se realizaron sistemáticamente esterilizaciones forzadas (Perú). A.B

Alejandra Ballón Gutiérrez 9/02/2021 CTXT

Miles de mujeres indígenas están a punto de lograr el paso más importante tras más de dos décadas de incansable búsqueda de verdad, justicia y reparación. El expresidente de Perú, entre 1990 y el 2000, Alberto Fujimori, sus exministros de salud Alejandro Aguinaga, Marino Costa y Eduardo Yong, así como exfuncionarios del ministerio de Salud (MINSA) están a un paso de ser juzgados. El 1 de marzo de 2021, un juez determinará si se abre proceso penal por las miles de esterilizaciones forzadas practicadas bajo el Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar (PNSRPF) aplicado entre 1996-2000. Antes de la puesta en marcha de este, ya venían, sin embargo, realizándose esterilizaciones forzadas desde 1990, cuando Fujimori llegó al poder, y sus operaciones se extendieron hasta 2001, cuando el mandatario ya no ocupaba el Palacio de Gobierno.

El PNSRPF, un programa de salud pública que se implementó durante el último quinquenio del conflicto armado interno y en el marco del proceso de pacificación en nombre de la lucha contrainsurgente, fue el más masivo jamás aplicado en las Américas. Globalmente, se puede considerar el más compulsivo después del aplicado por el régimen nazi en Europa. Durante el mismo se violaron sistemáticamente los derechos sexuales y reproductivos de cientos de miles de mujeres y hombres indígenas de Perú.

En el mismo año en que comenzó el PNSPRF se iniciaron también las denuncias por parte de las mujeres afectadas, sus familiares, autoridades de salud, la Iglesia católica, abogadas feministas o movimientos de mujeres. Luego de más de dos décadas de lucha, y tras las investigaciones iniciadas por la Fiscalía en el 2002, por fin en 2018 la propia Fiscalía presentó acusación. Acto seguido, la defensa de los acusados intentó que se archivara el caso. El 27 de octubre de 2019, el Tribunal Constitucional rechazó esa solicitud. Con ello se estableció que la audiencia donde se decidiría la apertura o el archivamiento del proceso judicial debía tener lugar en marzo del año 2020. Sin embargo, dado que en ese mes se inició el confinamiento en Perú por la primera ola de covid-19, la búsqueda de justicia se vio postergada una vez más.

La nueva fecha para la esperada audiencia se estableció para el 11 de enero de 2021. Ahí debieron sustentarse los cargos al expresidente, sus ministros de salud y demás responsables políticos. Sin embargo, el juez Rafael Martín Martínez la anuló en el momento sin fijar una nueva fecha. ¿Cuál fue el argumento para tal dilatación? Según el juez, que no se habían conseguido los intérpretes específicos para las variantes idiomáticas quechuas de las afectadas indígenas. Dichos intérpretes son muy fáciles de localizar mediante la Dirección de Lenguas Indígenas y del Área de Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura. En suma, ¿quién era el encargado, el responsable de garantizar la presencia de intérpretes para facilitar el debido proceso? El propio Estado peruano. En diciembre de 2020, el Grupo de Seguimiento a las Reparaciones por Esterilizaciones Forzadas (GREF), un colectivo que agrupa a organizaciones de víctimas, instituciones y profesionales independientes, había enviado una carta al fiscal preguntando justamente cómo se iba a garantizar el debido proceso recalcando la necesidad de intérpretes. Pero el GREF no obtuvo respuesta alguna de Fiscalía.

"Fujimori, además, no acudió a la audiencia alegando problemas de salud ni tampoco la presenció por vía telemática"

La opinión pública comprendió que los argumentos sobre cómo garantizar el debido proceso se estaban utilizando en realidad para dilatarlo. Fujimori, además, no acudió a la audiencia alegando problemas de salud ni tampoco la presenció por vía telemática. De estas formas tan simples continuó la renuencia del Estado peruano a investigar un caso que afecta a más de 314.000 mujeres y 24.000 hombres esterilizados entre 1993 y 2000 –344.594 mujeres entre 1990 y 2000–. Las afectadas, organizaciones de mujeres, organizaciones de derechos humanos y la sociedad civil en general realizaron entonces protestas ante el poder judicial, en los medios de comunicación y en las redes sociales, hasta que finalmente el juez confirmó la nueva fecha para la audiencia: este primero de marzo de 2021.

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Alfombra Roja denunciando las esterilizaciones forzadas en el Palacio de Justicia en Lima, 2013 / A.B

De ser positivo el resultado de esta próxima audiencia, el Estado peruano daría inicio al proceso penal. Por primera vez en esta ya larga historia, luego de veinticinco años de lucha, se permitiría así que tuviera lugar un juicio. Si esto sucediera, los pasos siguientes deberían ser la investigación judicial (que duraría de dos a tres años), el juicio (entre cinco y seis años) y la sentencia. Pero si el Estado peruano persiste en mantener su renuencia a investigar un caso que a todas luces tiene suficiente evidencia, no hará otra cosa que revictimizar a las afectadas y continuar con un claro fortalecimiento de la impunidad institucional. Este aletargamiento en la búsqueda de justicia y reparación incumple el acuerdo amistoso establecido entre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Estado peruano en 2003 a propósito de lo que se calificaba explícitamente como “violación por el Estado peruano de los derechos a la vida, a la integridad personal y a igualdad ante la ley, consagrados en (...) la Convención Americana sobre Derechos Humanos... así como violaciones a (...) la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer... [al] Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales... y a (…) la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)”. Cabe señalar además que, en pleno contexto de pandemia, se estableció un grupo de trabajo en el Ministerio de Justicia en el que no se ha incluido la participación de las afectadas. Es debido a estos constantes obstáculos interpuestos que la Asociación de Mujeres Peruanas Afectadas por la Esterilización Forzada (AMPAEF) se vio obligada a presentar el caso recientemente frente a la mencionada CEDAW.

Se trata de un caso respaldado a fecha de hoy por miles de testimonios de víctimas en todo el territorio nacional, sobre todo mujeres indígenas y nativas, mujeres rurales y migrantes internas descendientes de pueblos originarios andinos y amazónicos. Las afectadas están organizadas en diversas asociaciones regionales, las cuales a su vez conforman la AMPAEF. Existen en este momento dos denuncias masivas. La primera abarca un universo de 1.321 víctimas (5 fallecidas y 1.316 sobrevivientes), de donde se ha retirado arbitrariamente a más de 800 afectadas. Se trata precisamente de la denuncia que ha desembocado en la esperada audiencia del próximo 1 de marzo. Pero una segunda denuncia abarca, en paralelo a la anterior, a más de 1.000 afectadas. Lleva cuatro años en proceso de acopio de información y sobre ella se espera una pronta decisión. Con todo, no se agotan ahí las denuncias: existen otras más de 10.000 a título individual, apiladas en el Ministerio Público, que no son parte de ninguna investigación en curso. Por si fuera poco, debemos contar los más de 8.000 testimonios que hoy en día conforman el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas (REVIESFO) en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que esperamos sean tomados en cuenta por la justicia. Por lo tanto, si bien la cantidad de casos que se contienen en las dos denuncias colectivas es abrumadora, es muchísimo mayor el número real de personas afectadas. Se calcula que del universo de 272.028 mujeres y 22.004 hombres peruanos sometidos al proceso de anticoncepción quirúrgica entre 1996 y 2001, y que ocasionó la muerte de al menos 18 personas, solamente alrededor del 35% de las personas afectadas por el PNSRPF fueron operadas dentro del marco de un consentimiento legítimo.

¿Cuáles son las razones por las que estos crímenes de Estado tienen dificultades todavía hoy para ser afrontados en un dificultoso proceso judicial? Los motivos son varios y resultan en su conjunto muy significativos de la falta de consideración que hasta el momento ha existido sobre este tipo de violencia específica ejercida mayoritariamente sobre las mujeres indígenas. El caso de esterilizaciones forzadas, por ejemplo, quedó fuera del marco de investigación de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) que entre 2001 y 2003 elaboró un Informe Final sobre el conflicto armado interno, incluyendo el terrorismo y la violencia de Estado que sufrió el Perú durante las décadas de los ochenta y noventa. Cuando la CVR inició el acopio de información, la esterilización forzosa no fue incluida como una de las categorías de violencia dentro de su sistema de catalogación. Por lo tanto, a pesar de que sí se recabaron testimonios de víctimas que denunciaron los hechos, estos no pudieron ser tomados en consideración para la conclusiones. La academia no esclareció ni denunció estas violencias a la fecha de publicación del Informe, y todo ello a pesar de que existían incluso investigaciones periodísticas locales que venían publicando las graves denuncias desde el mismo 1996. También sucedió que las principales ONG de derechos humanos y feministas estuvieron divididas, en lo que se refiere a las vulneraciones de derechos de las mujeres campesinas y nativas, durante los años en que se ejerció el PNSRPF. El Comité de América Latina y El Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), una red internacional de ONG, sí publicó en 1999 su informe Nada personal. Reporte de derechos humanos sobre la investigación sobre la aplicación de la anticoncepción quirúrgica en el Perú 1996-1998, la Defensoría del Pueblo llevó a cabo diversos informes sobre el tema entre 1998-2005 y el MINSA y el Congreso peruano hicieron públicas sus propias investigaciones sobre el tema en 2002. Todos estos informes denunciaban las graves vulneraciones de derechos y, sin embargo, de todas las violencias cometidas contra las mujeres peruanas en el marco del conflicto armado interno, la esterilización forzosa es la única que hasta la fecha no es parte ni del Registro Único de Víctimas (RUV) ni del Plan Integral de Reparaciones (PIR). Aún en fechas muy recientes, el actual Congreso de la República no aprobó la inclusión de las mujeres afectadas por las esterilizaciones forzadas dentro del PIR cuando fue debatida en el Pleno Mujer de septiembre de 2020.

"Chile concedió en 2007 la extradición de Fujimori para que fuera juzgado por siete casos, entre los que no se contaban las esterilizaciones forzadas"

Por si fuera poco, a todos los obstáculos descritos hay que sumarle uno más: Chile concedió en 2007 la extradición de Fujimori para que fuera juzgado por siete casos, entre los que no se contaban las esterilizaciones forzadas. Por lo tanto, para que sea sometido a la justicia peruana por este crimen de lesa humanidad, imprescriptible, se deberá solicitar una ampliación de los motivos de su extradición. Un camino largo, lleno de todos los obstáculos descritos. Y, aun así, ya se empieza a desmontar una larga impunidad gracias a la persistencia del reclamo de víctimas, familiares, algunas instituciones y organizaciones sociales. Este primero de marzo de 2021, una fecha ineludible para la justicia peruana, no es poca cosa lo que esta en juego: se trata del acceso a la justicia por parte de las mujeres subalternas y de la obligación que existe de juzgar un genocidio, poniendo así límites a la impunidad gubernamental, en este caso con respecto al crimen de guerra más grave cometido por el Estado peruano contra las mujeres indígenas desde la colonia. En suma, es la oportunidad nacional de dar un gran paso hacia la verdad, la justicia y la reparación a las que tienen derecho las mujeres peruanas de pueblos originarios. Se trata de establecer un hito histórico, pero también de abrir un tiempo de reflexión inexorable, precisamente ahora que nos encaminamos, en el presente año de 2021, a las celebraciones del Bicentenario de la Independencia del Perú. Porque este Bicentenario, con más motivo aún por la celebración de este juicio, no puede tener lugar ignorando la historia de los pueblos originarios y de las mujeres indígenas peruanas.

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Alejandra Ballón Gutiérrez (Arequipa, 1975) es artista visual, activista feminista y antropóloga social, ha editado el libro Memorias del caso peruano de esterilización forzada (2014). Impulsó el proyecto de acciones colectivas Alfombra Roja (2013-2019) y coordina actualmente el proyecto de investigación multidisciplinario La Madre, ambos en apoyo del reclamo de justicia para las mujeres indígenas víctimas del PNSRPF.

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