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Las juristas sobre el magistrado Salas: "Es una muestra más de que la judicatura bebe del patriarcado"

Sábado 7 de enero de 2017

Varias expertas en género responden a Antonio Salas, el juez del Supremo que dijo que "no toda la violencia de género tiene origen en actitudes machistas"

"Desde el punto de vista jurídico no es discutible. El Constitucional dijo en 2008 que las agresiones a mujeres responden a una pauta cultural", dice una fiscal

La Sala de lo Civil del Supremo, donde trabaja Salas, decide sobre cuestiones de familia como las custodias y está formada solo por hombres

Sofía Pérez Mendoza 04/01/2017 - eldiario.es

Antonio Salas trabaja como magistrado en la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo. En sus manos están, entre otras cosas, cuestiones de familia como las custodias o las pensiones alimentarias y asegura que no necesita formación en género para resolverlas, pese a que lleva varios días defendiendo que" no toda la violencia de género tiene su origen en actitudes machistas". La "fuerza física" superior de los hombres y "la maldad de las personas" explican, a su juicio, muchos casos.

Varias juristas especializadas en género consultadas por eldiario.es interpretan las declaraciones de Salas como "una muestra más de que la judicatura bebe del patriarcado". "Hay en la justicia ciertos sectores que siguen anclados y se niegan a ver una evidencia. En este caso, que un magistrado del Supremo ponga en duda la ley de violencia de género tiene una influencia muy negativa", afirma Lucía Avilés, vocal de la Asociación Mujeres Juezas.

Salas ha deslizado en varias ocasiones que no solo hay machismo detrás de la violencia de género, que "no hay que generalizar sobre las causas", lo que contraviene, según las juristas, la misma esencia de la ley orgánica de 2004 contra la violencia machista. "La norma dice que la violencia de género es la que se ejerce contra las mujeres por el hecho de serlo, que hay una estructura", argumenta Avilés.

El Tribunal Constitucional resolvió en una sentencia de 2008, en alusión a la violencia de género, que "una agresión supone un daño mayor en la víctima cuando el agresor actúa conforme a una pauta cultural –la desigualdad en el ámbito de la pareja– generadora de gravísimos daños a sus víctimas y dota así consciente y objetivamente a su comportamiento de un efecto añadido a los propios del uso de la violencia en otro contexto".

"Desde el punto de vista jurídico no es discutible. Ya lo dijo el Constitucional, que las agresiones a mujeres responden a una pauta cultural", sostiene la fiscal Inés Herreros, miembro de la Unión Progresista de Fiscales. Recuerda que "no existe un sistema que oprima sistemáticamente a los hombres" y que "la causa de la violencia machista está muy clara". "Negar que el machismo genera violencia es colocarnos en el principio de los tiempos porque las formas de violencia son muchas", añade la jurista.

La maldad, la fuerza física y la verdad oficial

Y no todas esas formas de violencia atañen a lo físico, recuerdan las expertas. "El magistrado niega con su argumentación que hay otros modos de violencia muy solapados, como la psicológica, que no se resolverían si hubiera igualdad de fuerza física", explica Sonia Vaccaro, psicóloga especialista en violencia basada en el género.

La experta desmonta también el argumento principal del magistrado para explicar la violencia: la "maldad". "Si el motivo fuera ese, el hombre en cuestión cada vez que lo echaran del trabajo también maltrataría. No estaría dispuesto a aguantar el ’no’ de nadie, pero resulta que lo único que no tolera es el ’no’ de su pareja".

El magistrado ha tratado de defenderse de la ola de críticas por sus palabras denunciando que es cuestionado por salirse de la "verdad oficial", por pensar diferente.

"Esto no tiene ningún sentido. Es como si nos ponemos a discutir si el Holocausto existió. En la violencia de género es tanta la evidencia que a estas alturas ya no se debería estar debatiendo si está fundamentada en una asimetría de poder. A veces pensamos que lo más básico está comprendido por la mayoría, y no. Asusta que además venga de la boca de un magistrado del Supremo", apunta Vaccaro.

Un 14% de mujeres en el Supremo

La fiscal Herreros hace un listado infinito de ejemplos de las violencias de género, de las que solo una –la que se ejerce en el ámbito de la pareja– está incluida en la ley. En la enumeración incluye los techos de cristal, una de las muestras de desigualdad más visibles en la judicatura. Solo el 14% de los jueces del Tribunal Supremo –de un total de 80, incluyendo el presidente– son mujeres y en la Sala de lo Civil, de la que forma parte Antonio Salas, no hay ninguna magistrada. Solo está formada por hombres.

"Las mujeres tienen que tener una representación en todos los ámbitos de la esfera social, y máximo en una sala donde se ventilan cuestiones de familia. Igual hay alguien que puede pensar que las mujeres no tenemos nada que decir sobre guardia y custodia o sobre el régimen de alimentos", reivindica Herreros.

Las juristas consultadas insisten en que, además de la paridad en los cargos, "la solución en el ámbito de la judicatura pasa por una formación especializada". "No se puede consentir que se diga que hay que venir formado de casa o que no hace falta", sostienen desde Mujeres Juezas.

Formación en todas las jerarquías

Esa formación, además, "no solo debe afectar a la base de la judicatura". "Todo quedaría en papel mojado si los que tienen que resolver los recursos de los órganos inferiores, como los magistrados del Supremo, no tienen perspectiva de género. ¿De qué sirve que yo, formada, dicte una sentencia si los superiores echan por tierra esos planteamientos?", se pregunta la jueza Lucía Avilés.

La Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género obliga en el artículo 47 al Gobierno, el Consejo General del Poder Judicial y las Comunidades Autónomas a asegurar "una formación específica relativa a la igualdad y no discriminación por razón de sexo y sobre violencia de género en los cursos de formación de jueces y magistrados, fiscales, secretarios judiciales, fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y médicos forenses".

Este aprendizaje se limita al seguimiento de un curso online de un mes, según se introdujo en la Ley Orgánica del Poder Judicial en 2008.

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