Xarxa Feminista PV
Portada del sitio > ARTÍCULOS, PUBLICACIONES, ENTREVISTAS, Vídeos > La violencia machista en la Edad Media a través de los procesos judiciales (...)

La violencia machista en la Edad Media a través de los procesos judiciales que emprendieron las mujeres

Domingo 25 de agosto de 2024

Una tesis doctoral rescata de los archivos los nombres de centenares de mujeres que sufrieron la violencia por ser mujeres a finales del medievo en Castilla. Ya por entonces existían leyes que las amparaban ante violaciones, malos tratos y vejaciones de sus maridos, padres, hijos, vecinos, criados, clérigos o sus señores.

PNG - 195.3 KB
Ilustración sobre mujeres en la Edad Media. — Pixabay

Madrid 23/08/2024 Ana María Público

Una noche del año 1491 en la villa de Medina del Campo (Valladolid), María Gutiérrez de Ávila y su hija adolescente, Catalina, fueron violadas por dos vecinos, Diego García de Castro y Bartolomé Moro, que irrumpieron en su casa mientras dormían y no solo las agredieron sexualmente sino que las golpearon casi hasta la muerte.

María y Catalina denunciaron el delito ante las autoridades locales, pero la denuncia cayó en saco roto porque los agresores eran hidalgos y usaron sus influencias para que el corregidor de la villa archivara el caso.

Sin embargo, tres años después, tras llegar la queja de las mujeres a los Reyes Católicos y a su Consejo Real, que había dictado leyes menos laxas contra el maltrato machista que los Fueros castellanos [conjunto de normas territoriales, a modo de derecho privado, en diversos territorios de la Corona de Castilla], la causa se activó. Los monarcas ordenaron que se practicaran diligencias, como la toma de declaración a los testigos. Desgraciadamente no se conoce la sentencia final, pero el caso ilustra gran parte del recorrido judicial que emprendieron dos mujeres a finales del siglo XV.

Como ellas, otras como María de Vargas, Aldonza Torres, Mencía de Guzmán, Beatriz Delgadillo, Catalina de la Hoz, Inés de Levia y Leonor González de Ávila pleitearon contra sus agresores al final de la Edad Media en Castilla. Unas ganaron y otras perdieron, pero todas ellas y sus familias hicieron uso de las leyes a su alcance, que castigaban la violación, por ejemplo, con la pena de muerte y la entrega del patrimonio del agresor a su víctima.

La historiadora Sabina Álvarez Bezos se sumergió hace una década en los legajos del Archivo de Simancas y el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid para profundizar en el feminicidio durante los siglos XV y principios del XVI bajo los Fueros de Castilla y las leyes de los Reyes Católicos.

El resultado fue una tesis doctoral, luego convertida en libro, con el título Violencia contra las mujeres en la Castilla del final de la Edad Media, editado por la Universidad de Valladolid, que es una radiografía completa del sufrimiento que ya padecían las mujeres por el simple hecho de ser mujeres en el medievo español. Los malos tratos y vejaciones alcanzaban a las féminas de la nobleza tanto como a las de las clases más humildes.

El trabajo de Sabina Álvarez Bezos sorprende a quien lo lee tanto por la semejanza de las atrocidades machistas de antaño con las actuales, 500 años después, así como por el insospechado marco legislativo que ya por entonces amparaba a las mujeres frente a agresiones sexuales, malos tratos, violencia económica y que castigaba duramente el asesinato machista.

"Podemos concluir que, si bien, las mujeres de finales del siglo XV y principios del XVI sufrieron la violencia de los hombres más cercanos: maridos, padres, hermanos, vecinos y clérigos, ellas no fueron víctimas pasivas, sino que lucharon amparándose y apoyándose en la legislación vigente para protegerse, en la medida de lo posible, de las vejaciones y malos tratos. El castigo para los maltratadores era el destierro, las galeras o la pena de muerte", explica a Público la historiadora.

Leyes para las mujeres

En la Corona de Castilla, a lo largo de la Edad Media, la legislación, en general, fue abundante y dispersa. "Si bien los monarcas buscaron unificar las leyes durante todo este periodo, hay que señalar la importancia que tuvieron los fueros locales, que en muchos lugares tuvieron muchísimo peso frente a las leyes reales de carácter general y mostraron una fuerte resistencia a perder su fuerza", explica Sabina Álvarez Bezos, que apunta que respecto a las leyes relacionadas con la violencia contra la mujer, algunos fueros castigaban la violación con una multa, mientras en otros era considerada como un delito equiparable al homicidio y su castigo era la muerte.

Pese a ello, muchos de aquellos crímenes quedaron impunes gracias a la posibilidad de indulto real, que se lograba si la familia de la víctima perdonaba al responsable previo pago de una considerable suma de maravedíes.

En el caso de la niña Ana, de 11 años, violada por Juan de Requena, no consta que su familia perdonara al violador, pero sin embargo este obtuvo el indulto de los reyes y pudo salvar la vida. Juan de Requena, una vez juzgado y sentenciado a muerte, se ofreció a participar en la toma de Granada, en 1492, al servicio de los Reyes Católicos, pues sabía que participando en aquella acción bélica podría lograr el perdón.

Manual de instrucciones en caso de violaciones

"Si bien es cierto que, de un modo recurrente y tópico, la sociedad contemporánea ha venido creyendo que en la Edad Media las mujeres estaban desprotegidas y que apenas tenían derechos, ni posibilidad de acudir a la Justicia, es posible constatar, a través de la lectura de las diversas leyes del reino, que sí contaban con protección jurídica", revela la historiadora.

En este sentido, eran los escribanos públicos los que aplicaban las normas. Ellos redactaban, daban fe y validaban las diversas actuaciones jurídicas que se seguían en los procesos civiles y criminales. Para ello, debían ajustarse a una especie de manual de instrucciones, según Álvarez Bezos.

La credibilidad de la víctima

Aquel protocolo indicaba que tras la denuncia de la mujer o de su familia, el juez tomaba declaración a la víctima, "haciéndole algunas preguntas convenientes". Después se ordenaba a las "matronas o comadres" que la reconocieran físicamente para informar sobre su "virginidad o corrompimiento, por tenerse esta comprobación por gran parte del cuerpo del delito".

La norma proseguía: "Hecho el reconocimiento, y declaración de él bajo juramento, pues de otra forma será imperfecta, aunque sea en casos de creencia solo, constando del desfloramiento de la mujer, es bastante causa para prender y embargársele los bienes al que dijera ella ser el delincuente".

Desde el siglo X la violación es delito

En el año 972 el Fuero de Canales de la Sierra (La Rioja) establecía que cuando una mujer fuese violada debería hacer pública la agresión ante el señor del lugar mediante la acción de "dar voces". De no hacerlo de esa manera, no podría percibir ninguna indemnización, mientras que si actuaba como era preceptivo, le correspondería una parte de la pena pecuniaria a la que sería condenado el agresor, consta en la tesis doctoral.

"Queda con esto claro que ya tempranamente, en el siglo X, la violación era tenida por delito. Siglos después, el Fuero de Madrid, otorgado por Alfonso VIII en 1202, condena la violación con la pena de muerte", dice la autora.

Otras normas de la época establecían multas cuantiosas de hasta cien maravedíes para quien raptase a una mujer joven o viuda, además de la pena de destierro, como constaba en el Fuero de Zamora.

La mujer pertenecía al marido

Por muchas disposiciones legales a favor de las mujeres, no se puede obviar que en aquella época se consideraba que estas pertenecían al marido; tanto era así que incluso cuando buscaban protección lejos del cónyuge maltratador, los protectores debían pagar multas por "acoger en su casa o defender a una mujer casada, sin el consentimiento de su marido". Pero no era imposible obtener el amparo de la Justicia en esos casos, siempre que se pudieran demostrar la violencia machista.

Es el caso de Teresa Pérez, vecina de Medina del Campo, casada en segundas nupcias, tras enviudar, con Pedro de Medina, que resultó ser un maltratador. En 1492 Teresa huyó con su hijo, del primer matrimonio, y Pedro de Medina la denunció por abandono de hogar y adulterio.

Los malos tratos de Pedro de Medina

Inmediatamente por orden del corregidor de la villa Teresa fue llamada por pregones por toda la localidad, es decir, fue hecha pública su supuesta falta entre los vecinos. Pero Teresa no había huido con otro hombre, sino que había escapado de los malos tratos de su marido. Y aunque finalmente pudo demostrarlo, una primera sentencia en su contra la obligó a regresar con el agresor.

"Esta mujer que parece conocer la ley, o al menos estar bien aconsejada, se acoge a ella para demostrar su inocencia, exponiendo todos los defectos que se han producido en el primer proceso. Por un lado, se han ocasionado errores de tiempo, de lugar y otras circunstancias que el derecho en uso imponía. Se procedió contra ella, llamándola mediante pregones sin el requerimiento previo de un alguacil", explica Álvarez Bezos en su tesis.

Recogiendo la documentación de los archivos, la historiadora constata que Teresa no regresó con su marido sino que apeló al Consejo Real aduciendo que él le había provocado "muchas heridas y palos", porque no quería vender su hacienda y, mucho menos, dársela a él para que se la gastase en vicios. Por estas razones, le había abandonado ante el temor de que la obligase a vender sus bienes, a desheredar a su hijo o incluso, en el peor de los casos, la llegase a matar.

Según estaba contemplado en la ley y en tanto se resolvía el pleito, ella ingresó voluntariamente en la cárcel real, emplazándose al marido para que se presentase ante la Justicia si consideraba que debía seguir defendiéndose. De no ser así, la razón le sería dada a Teresa, algo que se puede intuir, aunque no constatar, porque no hay más rastro en el registro después de que Pedro de Medina adujera no recordar los nombres de las personas que podrían testificar a su favor.

"Podemos preguntarnos por qué 500 años después las mujeres seguimos padeciendo esta misma violencia. Quizá ha tenido mucho que ver una historia masculinizada y patriarcal, que ha buscado hacer desaparecer las luchas de nuestras antepasadas. Lo que no se conoce, para algunos, no ha existido. Pero hoy como ayer, seguimos en lucha", declara Sabina Álvarez Bezos.

Comentar esta breve

SPIP | esqueleto | | Mapa del sitio | Seguir la vida del sitio RSS 2.0