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La ley del ’solo sí es sí’ contempla la reparación jurídica y económica a las víctimas de violencia sexual

Viernes 23 de octubre de 2020

El proyecto de ley que propone el Gobierno incluye un fondo de reparación de las víctimas de trata y explotación sexual con fondos decomisados a la industria proxeneta. La norma también contempla de forma específica y transveral las violencias sexuales que sufren niños y niñas e instaurará centros especializados para su atención.

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Manifestación de mujeres en Madrid en protesta por la puesta en libertad de ’La Manada’ y demandando un cambio de ley (JUAN CARLOS HIDALGO | EFE)

Madrid 22/10/2020 Marisa kohan Público

La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual que ultima el Gobierno, incorporará todo un paquete de medidas para la reparación integral de las víctimas, que no sólo será jurídico, sino también económico.

"Estamos ante una ley pionera y vanguardista a nivel internacional y que da garantías y protección a las víctimas de todas las formas de violencias sexuales", explican fuentes de Igualdad. Los aspecto novedosos no sólo se restringen a la áreas de prevención y sensibilización, sino que será la primera vez que una ley de violencias machistas incorpore la reparación para las víctimas de violencias sexuales".

En este sentido, fuentes del Ministerio de Igualdad explicaron que una de la novedades del proyecto de ley será la creación de un fondo de recuperación de víctimas de violencia sexual y trata con fines de explotación sexual que se alimentará de los fondos decomisados en la lucha contra el proxenetismo. Los fondos saldrían de bienes y ganancias decomisados por la justicia a los condenados por delitos de proxenetismo. Aunque no se cuantificó que cantidad de fondos se podrían recaudar por esta vía, afirman que este negocio mueve diariamente en nuestro país unos cinco millones de euros, la mayoría en dinero negro y sería de justicia que sirviera para reparar a la víctima.

La ley prevé también reconocer el feminicido sexual definido como el homicidio de mujeres y niñas, aunque este término no tendrá consecuencias jurídicas, sino que se aplicará al ámbito estadístico y para la reparación de las víctimas. Una consecuencia de este reconocimiento, será que las hijas e hijos huérfanos por esta violencia podrán percibir pensiones de orfandad en las mismas condiciones que lo hacen los hijos cuyas madres han sido asesinadas por sus parejas o exparejas.

El espíritu de la ley contempla equiparar los medios y la atención de la violencia sexual a las que existen en la actualidad para las víctimas de violencia de género dentro de la pareja y elevar la atención social tal como ocurrió con aquella. Para ello fuentes del ministerio desgranaron una larga lista de actuaciones contenidas en el proyecto de ley, que incluye un amplio plan de formación de fuerzas de seguridad del Estado, jueces, sanitarios, equipos psicosociales en temas específicos de violencia sexual.

Centros especiales para atender a niñas y niños

Tras el proceso de enmiendas, en el que participaron más de 70 organizaciones, el proyecto de ley sufrió importantes modificaciones. Una de ellas ha sido la incorporación de forma específica y transversal de las violencias sexuales que sufren niñas y niños. Un contenido que el Gobierno decidió tratar de forma específica en la ley de libertades sexuales en lugar de hacerlo en la ley de Infancia que está a punto de iniciar su trámite en el Parlamento.

El proyecto de ley contempla la creación de espacios especiales para la atención de niño y niñas víctimas de la violencia sexual, las conocidas en el mundo anglosajón como Children Houses (Casas de niños) o Barnahus en los países nórdicos y que desde hace más de una década funcionan en diversos países europeos. Se trata de centros especiales formados por profesionales de diversos ámbitos y centrados en la atención y recuperación de los niños que han sufrido este tipo de violencias.

Las medidas contempladas en el proyecto de ley esperan acabar con "las barreras y la desprotección" y supone la puesta en marcha de un itinerario específico para estas víctimas. Este modelo sitúa en el centro de la intervención a la niña o al niño víctima de violencias sexuales, y supone dos avances importantes. Por un lado reduce de forma drástica la revictimicación de los menores, lo que mejora la capacidad para obtener el testimonio y mejora la posibilidades de concluir las investigación judiciales en casos que son difíciles de acreditar.

Un estudio reciente de la organización Save the Children explicaba que sólo entre un 15% y un 20% de los abusos sexuales a menores se llegan a denunciar y tan sólo un 15% de éstos llegan a juicio, debido a que la falta de acreditación del delito acaba archivando la mayoría de los procedimientos judiciales.

’Sólo sí es sí’

Cualquier acto de naturaleza sexual que no sea consentido será considerado como una agresión sexual (violación). La norma, más conocida como la ley del ’sólo sí es sí’ por las protestas en las calles que siguieron a la sentencia de La Manada, supondrá, además, la modificación del Código Penal para eliminar la actual distinción que hace la norma entre abuso y agresión sexual.

En la actualidad nuestro ordenamiento jurídico considera agresión sólo aquellos casos en los que se haya podido probar que la violación se produjo con fuerza o intimidación, lo que acababa poniendo sobre las mujeres la necesidad de probar su resistencia ante al agresiones y revictimizándola, tal como se denunció en el caso de la víctima de La Manada. La propuesta que ahora pone sobre la mesa el Ministerio de Igualdad supone un cambio de perspectiva y de valoración de la prueba encaminado al evitar la el riesgo de esa victimización secundaria.

Según fuentes del Ministerio de Igualdad, el cambio de definición y la eliminación del requisito de violencia para ser considerada una violación, supone que los abusos que se cometan sobre personas que se hallen privadas de voluntad o bajo los efectos de sustancias químicas, serán ahora considerados agresiones sexuales.

Con esta medida, España se adapta a los requerimientos del Convenio de Estambul, un tratado sobre derechos humanos ratificado por nuestro país en 2014 y que obliga a regular los delitos sexuales en función del consentimiento de la víctima y no otros elementos.

Estas modificaciones, tal como han explicado fuentes de Igualdad suponen diversos cambios en la legislación. En especial en el Código Penal que modifica la tipificación de diversos delitos penales, pero no reduce la cuantías de las penas. Tal como afirman fuentes del ministerio si los miembros de La Manada fueran juzgados con estas modificaciones, serían condenados a 15 años de prisión, los mismos que acabó imponiéndoles el Tribunal Supremo en 2019. Lo que ocurre es que al existir ahora un sólo delito, "un único tipo de relato" basado en la agresión sexual, la horquilla de penas se amplía. "Si hasta ahora el tipo básico de delito por agresión sexual era de uno a tres años de cárcel o multa, con esta reforma las penas pasan de un año a cuatro y no hay multa", afirman desde el ministerio.

Los vientres de alquiler, un delito que irá en la ley del aborto

Fuentes del ministerio afirman que finalmente se optó por hacer una ley amplia sobre violencias sexuales, lo que deja algunos delitos fuera de las normas, porque tampoco están contempladas en la actualidad en la ley de violencia de género de 2004. Entre estos delitos que se quedan huérfanos de ley figuran el aborto forzado, la esterilización forzosa, la violencia gineco-obstétrica y los vientres de alquiler. Esto delitos quedarán incorporados en la ley de Salud Sexual y Reproductiva que el ministerio de Igualdad prometió reformar.

El texto legal, que está aún pendiente de comenzar su tramitación parlamentaria en la que aún puede sufrir modificaciones, también propone modificaciones legales para incrementar el número de delitos contemplados como agresiones sexuales, en línea con lo que proponen los convenios internacionales firmados. Así el Código Penal contemplará dentro de este apartado la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acecho con connotación sexual y la trata con fines d explotación sexual.

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