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La justicia no escucha a las madres: cinco de los seis asesinos vicarios de 2024 ya habían sido denunciados

Miércoles 7 de mayo de 2025

Según el CGPJ, en 2024 el 83% de los hombres que asesinaron a sus hijos o hijas en contextos de violencia vicaria habían sido denunciados previamente por sus parejas o exparejas.

Las expertas recuerdan que "un agresor no es un buen padre" y piden más herramientas concretas.

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Imágenes de la manifestación con motivo del 25N en Málaga.Álex Zea / Europa Press

María Martínez Collado - Madrid-05/05/2025 Público

Todo el mundo recordará la historia de Ángela González Carreño. En abril de 2003, su hija de solo siete años fue asesinada por su padre durante una visita no supervisada. Un padre violento, maltratador, al que esta madre había denunciado más de 30 veces. Durante años imploró protección a los juzgados, pero la justicia española no la escuchó, y fue la ONU, una década después, quien condenó al Estado por su negligencia. Por no haberla protegido ni a ella ni a su criatura, por haber mirado hacia otro lado manteniendo un régimen de visitas cuya consecuencia fue el asesinato de la menor.

Se trata de un problema que sigue vigente y así lo confirman los datos oficiales más recientes, presentados este mismo lunes por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En 2024, nueve niños y niñas fueron asesinados bajo un contexto de violencia de género. En seis de esos crímenes, el agresor era la pareja o expareja de la madre. Y en cinco de ellos, estas mujeres, como González Carreño, habían denunciado previamente la violencia. Dos décadas después, la justicia sigue sin creer a las madres.

La teoría del iceberg en la violencia vicaria

Para Cira García Domínguez, titular del Juzgado de Violencia sobre la mujer nº 1 de Getafe, el principal problema es que la violencia vicaria sigue estando muy invisibilizada: "Solo vemos la violencia vicaria extrema, los asesinatos, porque son los casos que llegan a la prensa y al registro oficial. Pero hay una violencia vicaria cotidiana y habitual, donde los niños se instrumentalizan para dañar a la madre, que está muy presente y apenas se reconoce", expresa a Público.

Aunque la ley de violencia de género introdujo en 2021 una mención expresa a la violencia vicaria en su artículo 1 –a través de la Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia Frente a la Violencia–, la magistrada considera que esta incorporación es insuficiente: "No tiene una traducción en el Código Penal. Mientras no tengamos una tipificación específica, como sí ocurre en países como México, donde se castiga como delito autónomo, seguiremos sin una protección eficaz. No conozco ninguna sentencia por violencia vicaria habitual en los juzgados de lo penal. Al final, se trata de encajarla como maltrato psicológico, que ya es de por sí muy complejo".

En este contexto, García Domínguez advierte también del "interés" por parte de algunos sectores de "desvirtuar el concepto": "Violencia vicaria es violencia contra las mujeres. Ya hay quien empieza a hablar de ’violencia vicaria de género’, como si existiera otra distinta de la que se ejerce para dañar a la madre. Pero lo que define la violencia vicaria no es solo el hecho, sino la intención: se asesina a un hijo o hija para infligir el mayor sufrimiento posible a la madre. No todo asesinato de un hijo por parte de un progenitor es violencia vicaria. Sabemos que tiene que haber esa intención específica de dañar a la mujer".

Desde su experiencia judicial, la jueza ha observado cómo muchos agresores que son denunciados por violencia de género acaban cumpliendo las amenazas que profirieron contra las madres. "Les dicen: ’Te voy a hacer daño donde más te duela, te voy a quitar a los niños’, y luego lo hacen", afirma.

De ahí que uno de los mayores retos que García Domínguez identifica para abordar este tipo de violencia tenga que ver con la detección precoz. "¿Cuál es la clave? Los indicadores de riesgo", arguye con contundencia. Para ello, insiste en que los operadores jurídicos y los equipos técnicos deben estar formados: "Si no se conoce qué es la violencia vicaria, no se pueden identificar las señales. Y, sin eso, no hay prevención". Hace énfasis en esto, sobre todo, a fin de evitar respuestas institucionales sesgadas hacia las madres que tratan de proteger a sus criaturas: "Se las tacha de locas, rígidas, exageradas o manipuladoras. Muchas veces se prioriza al padre".

Continúa operando el falso SAP

En los últimos años, organismos de Naciones Unidas han señalado a España en al menos cinco ocasiones por aplicar, explícitamente o no, el falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) en el sistema judicial. Un concepto pseudocientífico que sostiene que, en contextos de separación o divorcio, uno de los progenitores (la madre) manipula al hijo o hija para que rechace al otro progenitor (el padre).

Pero la desacreditación de las madres sigue plenamente operativa. Así lo advirtió el Informe anual 2024 del Defensor del Pueblo, publicado el pasado mes de marzo, que volvió a poner sobre la mesa cómo cada año mujeres que intentan proteger a sus hijos de la violencia se encuentran con un muro institucional que no solo les niega ayuda, sino que en muchos casos les revictimiza. La institución que dirige Ángel Gabilondo dedicó buena parte del apartado titulado Violencia contra las mujeres a insistir en que la violencia vicaria sigue cobrándose víctimas mientras el sistema legal y administrativo les da la espalda a las madres protectoras.

El Defensor del Pueblo señaló la dificultad que enfrentan estas mujeres para que tanto sus hijos como ellas sean reconocidas como víctimas. También apuntó la necesidad de poner fin al "arrancamientos de menores". Es decir, a situaciones en las que la Policía, por orden judicial, entrega la guarda de los hijos al padre cuando la madre ha incumplido el régimen de visitas, en un intento por proteger a los menores de ese entorno violento. Exactamente por lo que condenaron a Juana Rivas.

De acuerdo con lo registrado por el CGPJ, en 2024 el 83% de los hombres que asesinaron a sus hijos o hijas en contextos de violencia vicaria habían sido denunciados previamente por sus parejas o exparejas. Cinco niñas y cuatro niños, con una edad media de 6,2 años, fueron asesinados. De los cuales cinco de ellos tenían nacionalidad española, en línea con la tendencia histórica que muestra que cerca del 74% de las víctimas son menores de diez años y el mismo porcentaje tienen nacionalidad española. Desde 2013, solo en el 35,4% de los casos se habían presentado denuncias antes del asesinato, por lo que el dato de 2024 marca un aumento notable.

Desde el CGPJ, tanto la presidenta del Observatorio, Esther Erice, como la vocal del CGPJ Esther Rojo han subrayado este repunte y han admitido que, en "muchos de estos casos", no constan medidas cautelares ni órdenes de protección.

Necesidad de nuevas herramientas

Victoria Rosell, magistrada y exdelegada del Gobierno contra la violencia de género, lamenta que, tal y como ya advirtió la fiscal Teresa Peramato y confirmaron los datos del Consejo General del Poder Judicial, solo se suelen suspender las visitas a aproximadamente el 3% de los padres que están inculpados.

Ante esta situación, Rosell defiende con rotundidad que "un agresor no es un buen padre", y recuerda que en la reforma de 2021 se estableció "la suspensión automática del derecho de visitas como regla general y no como excepción". Este principio "se incluyó tanto en el Código Civil (para regular las visitas incluso en ausencia de denuncia) como en la Ley de Enjuiciamiento Criminal", que rige los procedimientos penales. "La regla general es la suspensión de toda comunicación y visitas del agresor con los hijos", insiste Rosell, "y la excepción es que puedan mantenerse por resolución judicial fundada y tras oír a la infancia y a las personas expertas".

Aun así, la aplicación práctica de esa norma está lejos de ser lo habitual. "Esto, según todos los informes, está tardando mucho en hacerse cumplir como regla general", incide en declaraciones para Publico. Rosell rechaza que el problema sea legislativo. "No hace falta ya un cambio de ley", asegura. De hecho, "el Tribunal Constitucional avaló el modelo actual, en el que se permite una excepción judicial razonada a la suspensión automática. Algunas feministas se quejaron de que no fuera imperativo", recuerda, "pero el Tribunal Constitucional dejó claro que sin esa excepción no lo habría considerado constitucional". Para la jueza, el problema no está en las normas, sino en su aplicación: "Es evidente que no es una cuestión legal, sino una cuestión de formación y de cultura judicial. Las leyes son difíciles de cambiar, pero mucho más difícil es cambiar la cultura judicial".

García Domínguez, por su parte, considera que la solución está en la prevención y, para ello, aboga por generar herramientas específicas para detectar la violencia vicaria sobre los menores: "No hay ningún instrumento de valoración respecto de los niños y las niñas", advierte. Actualmente, se utiliza el sistema Viogen, pero según la magistrada, eso ya "no es suficiente".

"Seguimos utilizando el Viogen, que es para sus madres, lo cual no me parece mal, pero habría que incorporar ítems o preguntas específicas sobre violencia vicaria. De las 42 preguntas que conforman el cuestionario actual, solo una hace referencia a si el agresor ha amenazado con hacer daño a los hijos", señala la jueza. "Es contradictorio", reflexiona, "porque, por ejemplo, se considera un caso de especial relevancia si hay menores a cargo, pero no hay un caso de especial relevancia por riesgo de violencia vicaria", concluye.

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