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España - Madrid. Un estudio revela discriminación hacia las mujeres en algunos convenios colectivos

Sábado 6 de mayo de 2006

Pese al avance que se está produciendo en la región en igualdad de oportunidades, el Análisis de la negociación colectiva de la Comunidad de Madrid desde la perspectiva de género pone sobre la mesa la discriminación que sufren las mujeres en algunos sectores.

El análisis de un centenar de convenios colectivos de la Comunidad revela, por ejemplo, que el convenio de ’aparcamientos, garajes, servicios de lavado y engrase y autoestaciones’ habla de trabajos prohibidos para las mujeres.

Por contra, una veintena de convenios mantienen las categorías profesionales en femenino, por lo que se refieren a limpiadoras, secretarias, planchadoras, costureras, envasadoras, enfermeras tituladas, cameras de piso, cajeras, dependientas, etc.

La mayoría de los convenios recogen la Ley 39/1999 de Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, pero casi ninguno incluye las modificaciones posteriores. Del centenar de convenios, sólo los del Ayuntamiento y Comunidad de Madrid e Instituto Municipal de Deportes incluyen mejoras en el permiso de maternidad establecido por ley. Respecto a la lactancia, la mitad de los documentos contienen alguna regulación sobre el tema, aunque tampoco introducen mejoras a la ley.

Embarazo

Además, sólo treinta y nueve convenios recogen alguna regulación especifica sobre reproducción-embarazo, siendo en la mayoría de los casos el cambio de puesto de trabajo, si este supusiera un peligro para el niño o la madre.

En el caso de las excedencias para el cuidado de hijos y familiares, sesenta convenios contienen alguna referencia y aproximadamente la mitad han modificado su contenido adaptándose al contenido de la Ley de Conciliación de la vida familiar y laboral.

En cuanto a la violencia de género en el ámbito laboral, algo más de un tercio de los convenios mencionan el acoso sexual. Por otro lado, sorprende que en tres de los convenios siga apareciendo el término ’dote por matrimonio’, supuestamente dirigido tanto a hombres como mujeres.

Discriminación salarial

Por último, respecto a los salarios, en casi un tercio de los convenios se observan indicios de discriminación retributiva indirecta hacia categorías o puestos de trabajo tradicionalmente ocupados por mujeres. De hecho, sólo siete de los documentos analizados -la mayoría del sector Comercio- contienen cláusulas declarativas del principio de igualdad de retribución, aunque ninguna de ellas es correcta.

Fuente: Democracia paritaria. Themis

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