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Entrevista a la profesora de Filosofía Esa Díaz León: “El término ‘mujer’ puede tener distintos referentes en distintos contextos”

Miércoles 9 de septiembre de 2020

Catia Faria 22/07/2020 Pikara

Entrevista a la profesora de Filosofía Esa Díaz León, especializada en filosofía de la mente y del lenguaje, la filosofía del género, la raza y la sexualidad.

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Ea Díaz León. / Foto cedida

Esa Díaz León es profesora de filosofía en la Universitat de Barcelona. Ha sido investigadora Ramón y Cajal en la misma universidad y profesora en las universidades de Manitoba (Canadá) y Sheffield (Reino Unido). Su área de especialidad es la filosofía de la mente y del lenguaje, la filosofía del género, la raza y la sexualidad. A pesar de haber contribuido de manera decisiva a las discusiones académicas internacionales sobre estos temas, en particular, a la cuestión de la autodeterminación de género, su trabajo permanece ampliamente desconocido en el Estado español. Con esta entrevista pretendemos sacar a la luz sus ideas, acercarlas a un público más general, de manera a aclarar malentendidos y contribuir a avanzar en la discusión.

Eres filósofa y te dedicas a cuestiones sobre la metafísica del género, la raza y la orientación sexual. Últimamente, estos temas están ocupando un lugar central en la discusión pública sobre la autodeterminación de género y son motivo de un fuerte desacuerdo dentro del movimiento feminista. ¿Podrías explicar brevemente en qué consiste tu trabajo y en qué medida las cuestiones que tratas son relevantes para esta discusión?

Primero de todo, quería agradecer a la revista Pikara Magazine su interés por mi trabajo. En él argumento que la respuesta a estas preguntas sobre la naturaleza de estas características humanas, políticamente relevantes, depende, en parte, de los conceptos que usamos para referirnos a ellas. Es decir, si queremos saber, por ejemplo, qué son las razas, si son propiedades biológicamente significativas o solo un constructo social, primero tenemos que averiguar qué significa nuestro término “raza”, es decir, qué concepto asociamos con este término, y solo así estaremos en posición de establecer si ese significado o concepto se ejemplifica en nuestra realidad o no. Además, en mi trabajo he argumentado que a la hora de determinar los significados de nuestros términos es imposible partir de un punto de vista completamente “neutral”. A la hora de investigar sobre la existencia y la naturaleza del sexo, del género, de la raza o de la orientación sexual, primero tenemos que centrarnos en cuestiones acerca de qué conceptos usamos para referirnos a esos rasgos y, segundo, tenemos que averiguar qué factores políticos han podido influir en qué conceptos hemos usado, y cuales serían los mejores conceptos que podríamos usar en esos ámbitos. Por tanto, a la hora de hablar, por ejemplo, sobre el sexo, la identidad de género, la expresión de género, etc., me parece sesgado hablar simplemente de “los hechos”, incluyendo los hechos sobre qué significan las palabras, como si los hechos estuvieran claros y accesibles para todos, independientemente de los conceptos que usemos para clasificar a las personas según esos rasgos.

De acuerdo con una de las visiones enfrentadas en este debate, “mujer” se entiende como un término basado en el sexo. Esta posición, sin embargo, es problemática. ¿Puedes explicar por qué?

La tesis de que “mujer” refiere a aquellos individuos que son biológicamente femeninos, y “hombre” refiere a aquellos individuos que son biológicamente masculinos, y se enfrenta a varios problemas. Por un lado, las personas intersex no encajarían fácilmente ni en la categoría “mujer” ni en la categoría “hombre”. Pero hay, por ejemplo, personas intersex que han sido socializadas como mujeres, que se identifican como mujer y son percibidas como mujer por todas las personas de su entorno. Me parece por tanto problemático decir que no cuentan como mujeres. Del mismo modo, hay mujeres trans, es decir, personas que fueron asignadas como biológicamente masculinas al nacer y se identifican como mujeres, que llevan muchos años ocupando una posición social muy similar a la mayoría de las mujeres, que se identifican como mujeres, que son percibidas como mujeres por personas de su entorno, en muchos casos han tenido cirugía genital y tratamiento hormonal y, por tanto, comparten algunas propiedades biológicas con aquellas mujeres que son asignadas como biológicamente femeninas al nacer. Igualmente me parecería problemático decir que no cuentan como mujeres. Por un lado, no está claro que el concepto ordinario de “mujer” no se aplique realmente a ellas. Y por otro lado, en la medida en que el concepto ordinario no esté claro, o no esté determinado, como hay que tomar decisiones acerca de cómo hacer el término más claro y preciso, me parece plausible que hay razones de índole moral y política para incluir a esas personas que no comparten todos los rasgos de las personas biológicamente femeninas en la categoría “mujer”.

Por otra parte, la posición que entiende “mujer” como un término basado en el género, también tiene problemas. ¿Cuáles son?

En lo que respecta al género, hay que distinguir varias nociones relacionadas pero diferentes: género como clase social, expresión de género, e identidad de género. El género como clase social se refiere a la posición social de los sujetos, es decir, a las prácticas y normas sociales que afectan a los sujetos en función de cuál haya sido el sexo asignado al nacer, o en función de cuál sea el sexo que las personas del entorno crean o imaginen que le ha sido asignado al nacer. Esta es una noción de género que refiere a prácticas sociales externas al sujeto. La filósofa Sally Haslanger ha elaborado con detalle esta noción de género como clase social. La expresión de género, en cambio, refiere al comportamiento de un sujeto, con respecto a las normas sociales asignadas a un género u otro, por ejemplo relativas a la vestimenta, postura, intereses, rasgos de carácter, trabajo, rol sexual, rol en el cuidado de los hijos, etc. En nuestra sociedad hay normas acerca de qué tipo de comportamiento debería llevar a cabo un sujeto, con respecto a estos ámbitos, dependiendo de si se percibe como hombre o como mujer. Las personas podemos tener comportamientos muy diversos en estos ámbitos. Si una persona tiene comportamientos al menos en algunas de estas dimensiones, que se asemejan a los asociados a los hombres, tiene una expresión de género masculina, y si tiene comportamientos que se asemejan a los asociados a las mujeres, tiene una expresión de género femenina. Por último, la identidad de género se refiere al mapa interno que tenga un sujeto, por el cual se puede identificar con la posición social atribuida a los hombres, o la posición social atribuida a las mujeres, o a ninguna de las dos; en esta definición me baso en el trabajo de la filósofa Katharine Jenkins. Cuando hablo de identificarse con una clase social, no quiero decir que una persona que se identifique como mujer tiene que estar de acuerdo con las normas que se atribuyen a las mujeres. De hecho, una persona se puede identificar con la posición social de las mujeres, en el sentido de que esa es la posición social que mejor da sentido a su experiencia, sin que tenga que estar de acuerdo con las normas y expectativas que se atribuyen a las mujeres. De hecho, esta persona puede identificarse con esa posición social para “cambiarla desde dentro”, por así decirlo, es decir, para resistir esas normas sociales que son opresivas.

Está claro que la identidad de género es distinta del género como posición social y de la expresión de género. Por ejemplo, una mujer trans podría ocupar una posición social similar a los hombres, y tener una expresión de género masculina, antes de la transición, pero identificarse como mujer. A mi juicio, una noción de “mujer” que no incluya a estas personas es problemática, por razones similares a las aducidas arriba. Y por tanto, creo que la noción de identidad de género es más relevante a la hora de definir el término “mujer”, que la expresión de género o el género como clase social.

Tu contribución al debate académico internacional sobre el significado de “mujer” ha sido crucial. En tu artículo “Mujer” como término políticamente significativo: una solución al rompecabezas defiendes, en la línea de las posiciones contextualistas, que “mujer” tiene diferentes significados en diferentes contextos y que determinar quién es mujer va a depender, en según qué momentos, de nuestros propósitos morales y políticos más generales. ¿Qué significa exactamente esto?

En el artículo que mencionas, como bien explicas, defiendo una teoría contextualista sobre el significado de la palabra “mujer”. Una teoría contextualista sobre el significado de un término dado quiere decir que ese término no tiene un significado unívoco en todo contexto, independientemente de quien lo pronuncie y en qué circunstancias, sino que el mismo término, pronunciado por distintas personas o en distintas circunstancias, puede tener referentes distintos. Por ejemplo, hay términos acerca de los cuales el contextualismo parece muy plausible: el pronombre “yo” refiere a Esa Díaz León cuando lo pronuncio yo, pero refiere a la actriz Sara Ramírez cuando ella pronuncia la palabra “yo”. El término “alto” tiene un significado distinto si, por ejemplo, hablamos de quién es alto en la clase de mi sobrino de 10 años, o de quién es alto dentro de la liga profesional de baloncesto. Similarmente, algunas filósofas han sugerido que la palabra “mujer” podría tener diferentes referentes, dependiendo de quién la pronuncie o en qué contexto.

En concreto, en mi artículo defiendo que el término “mujer” puede cambiar de significado, no dependiendo de las creencias que tenga el hablante que pronuncia el término, sino más bien dependiendo de los factores de tipo ético y político que afecten a los sujetos sobre los que versa la frase en la que aparece el término. Por ejemplo, para usar un caso que discute la filósofa Jennifer Saul, si estamos en el contexto de una investigación forense, y una científica dice “este hueso perteneció a una mujer”, parece plausible decir que la noción relevante en este contexto es la noción de ser humano biológicamente femenino, por tanto esta es la referencia del término, en esa proferencia. Por poner otro ejemplo, si estamos en el contexto de un congreso de filosofía feminista donde se pregunta el género en el registro de los participantes, para saber cuántas mujeres han participado, parece claro que si una mujer trans contesta al cuestionario diciendo “yo soy una mujer”, esta frase sería verdadera, porque la noción relevante en ese contexto tiene que ver con la identidad de género de las personas.

Hay casos más difíciles. Jennifer Saul discute un caso ficticio de una clínica en Reino Unido, donde el NHS [servicio nacional de salud] ha enviado directrices pidiendo que se hagan citologías a todas las mujeres para prevenir cáncer cervical. En el contexto donde se han dado esas directrices, si un médico pronuncia una frase del tipo “tenemos que llamar a todas las mujeres que sean pacientes de nuestra clínica”, se podría argumentar que el término “mujer” refiere a aquellos que tienen cérvix. Esto es controvertido: se puede contra-argumentar que los médicos deberían usar el término “personas con cérvix” no “mujeres” en sus cartas a sus pacientes para requerir la citología. En cualquier caso, se puede argumentar que si de hecho usaran el término “mujer” en esa correspondencia con los pacientes, la noción relevante, en ese contexto concreto, sería la noción de individuo biológicamente femenino. Pero en la mayoría de contextos, yo sugiero, la noción relevante va a ser la de identidad de género, o la de género como clase social. Por ejemplo, en un artículo periodístico sobre la brecha salarial entre hombres y mujeres, me parece claro que la noción relevante no es la noción de sexo biológico, sino la noción de género como clase social. Cuando hablamos de diferencia de salarios entre hombres y mujeres, estamos apelando a las distintas posiciones sociales que ocupan hombres y mujeres, y cómo un aspecto de esa jerarquía social tiene que ver con la diferencia de salarios para un mismo trabajo. Por ejemplo en el contexto de una manifestación a favor de los derechos de las mujeres llamada “marcha de mujeres” me parece claro que la noción relevante tiene que ver con la identidad de género.

En la discusión pública, se escucha, a menudo, desde el sector comúnmente llamado en español ‘abolicionista de género’, que las personas tratadas de forma sistemáticamente desventajosa en una sociedad patriarcal como la nuestra son aquellas percibidas como teniendo determinadas características reproductivas, asociadas con el sexo biológico femenino. Por ello, afirman, el reconocimiento de la autodeterminación de género significaría acabar con la categoría “mujer” y con ello frustrar la lucha contra el patriarcado y la supremacía masculina. Este debate ha asumido, recientemente, proporciones inimaginables, al haber sido protagonizado a escala internacional por la escritora J.K. Rowling. ¿Qué piensas en general sobre esta situación y en particular sobre la tesis de que respetar la identidad de género de una persona implica la eliminación del sexo?

Creo que en esta cuestión la teoría contextualista sobre el significado del “mujer” puede ayudar. En concreto, como he explicado, esta teoría afirma que el término “mujer” puede tener distintos referentes en distintos contextos. Así, se puede defender que en la mayoría de contextos cotidianos, la palabra “mujer” se debe entender de manera transinclusiva, pero que hay algunos contextos donde tiene otros referentes: por ejemplo, podría referir a los individuos que son biológicamente femeninos, o a los individuos que ocupan una cierta posición social en virtud de ser percibidos como siendo biológicamente femeninos. Por tanto, no es el caso que tesis sobre el significado de “mujer” que sean transinclusivas impliquen la eliminación del sexo biológico, como posible referente del término en algunos contextos excepcionales.

Además, como expliqué más arriba, las tesis transinclusivas afirman que el término “mujer”, o bien de hecho refiere en muchos contextos, o bien debería referir, a la identidad de género. Esto no quiere decir que haya que eliminar la categoría de sexo biológico. Es perfectamente compatible mantener, junto con una teoría transincluyente, que la categoría del sexo biológico es útil explicativamente, y que se debería referir a ella en una descripción completa de la realidad, pero quizás por medio de otros términos, no el término “mujer”, al menos en muchos contextos.

Se identifica frecuentemente las posiciones que reconocen la autodeterminación de género con posiciones alineadas con la llamada teoría queer, según la cual el sexo es, fundamentalmente, una construcción social. ¿No significa esto, entonces, que el sexo no es real? Por otra parte, ¿implica el reconocimiento de la autodeterminación de género un compromiso con la teoría queer?

La denominada teoría queer, a mi juicio, no es una tesis concreta, sino un conglomerado de tesis y metodologías diferentes, así que creo que es difícil rechazar “la” teoría queer en su conjunto como algo unitario. Me parece, pues, que algunas críticas vertidas recientemente en las redes sociales y en los medios de comunicación se basan en una simplificación de la teoría queer. Yo creo que hay algunas ideas que podemos incluir bajo el epígrafe teoría queer que son acertadas y valiosas, pero no me comprometo con todo lo que se haya escrito bajo ese epígrafe.

Quisiera comentar brevemente algunas ideas que me parecen muy útiles para nuestro debate. Por ejemplo, dentro de la teoría queer se ha discutido la idea de la construcción social del sexo. Muchas filósofas feministas que se identifican con la teoría queer han explicado de manera clara que hay varias nociones de construcción social, y es importante no confundirlas. Por ejemplo, es importante distinguir entre la construcción social de un concepto, y la construcción social de la propiedad o grupo al que refiere ese concepto. Es muy distinto opinar que el concepto de electrón está construido socialmente, lo que parece innegable, ya que este concepto está creado gracias a complejas prácticas sociales, o que los electrones en sí mismos están construidos socialmente, esto parece poco plausible, ya que en un universo sin sociedades seguirían existiendo los electrones, aunque nadie los representaría así. Por tanto, muchos debates en la teoría queer sobre la construcción social del sexo, a mi juicio, pueden interpretarse de manera útil en términos de la construcción social del concepto de sexo biológico. Parece plausible decir que este concepto es fruto de factores y prácticas sociales. En concreto, el sexo biológico consiste en un cúmulo de rasgos de distintos tipos (referidos a los cromosomas, niveles hormonales, órganos genitales internos, órganos genitales externos, características sexuales secundarias, etc.). Estos rasgos tienden a coexistir en un ser humano, pero no siempre coexisten, como en el caso de las personas intersex. Por tanto, dada esta variedad de factores, hay diferentes formas de definir el concepto de sexo biológico, dando más o menos peso a unos u otros factores. Aquí por tanto hay espacio para decisiones humanas, y esto es justamente lo que señala esta idea de la teoría queer. No me parece que esta idea sea peligrosa, o implique la invisibilización de las mujeres.

Además, las filósofas feministas han mostrado que la tesis de que una entidad está construida socialmente no implica que esta entidad no sea real. Por ejemplo, parece plausible decir que el género, o la raza, están construidas socialmente, pero son muy reales. En mi artículo ¿Qué es la construcción social? desarrollo estas ideas con más detalle.

¿Como ves la progresiva transición del PSOE, recientemente expresada en su argumentario interno, que pretende negar el reconocimiento de la autodeterminación de género a efectos jurídicos, apelando a los eventuales riesgos de hacerlo? Por ejemplo, que hombres cis con historial de violencia se aprovechen de esa posibilidad jurídica para poder acceder a los espacios exclusivos de mujeres, como baños, vestuarios, cárceles, etc., y seguir ejerciendo violencia sobre estas.

En efecto, el argumentario filtrado del PSOE me parece que contiene muchas falacias, y por cierto difiere de las opiniones expresadas en su programa electoral en las últimas elecciones, y en su acuerdo para el Gobierno de coalición. La comunidad trans, mediante la FELGTB y la Fundación Triángulo, ha redactado un manifiesto al que se han adherido multitud de personas, como yo, que responde a estos argumentos de manera a mi juicio impecable.

Para añadir algún matiz a lo que dice el manifiesto, en el argumentario del PSOE se afirma lo siguiente: “A las mujeres las matan por nacer mujeres, a las niñas les mutilan los genitales, por nacer mujeres las asignan socialmente la responsabilidad de los cuidados, por nacer mujeres las casan forzosamente y las cercenan la voluntad individual, por nacer mujeres las niegan el derecho al voto, las impiden acceder a recursos y sufren los índices más altos de pobreza o precariedad, etc. En esta desigualdad estructural que supone el sexo, se basa la discriminación, la violencia machista y la ausencia de reconocimiento pleno de la ciudadanía de las mujeres y niñas. Si se niega el sexo, se niega la desigualdad que se mide y se construye en base a este hecho biológico”.

Me parece que esta explicación de la discriminación de las mujeres es incompleta. El factor explicativo más relevante no es el sexo biológico, ya que podemos imaginar fácilmente un mundo posible donde los seres humanos tengan exactamente los mismos rasgos biológicos que en este, pero no haya discriminación. Por tanto, el principio explicativo “a las mujeres las matan por nacer mujeres” es incompleto. A las mujeres las discriminan porque nacen en una sociedad donde hay unas estructuras sociales jerárquicas, donde aquellos que son percibidos como siendo biológicamente femeninos son discriminados. Por tanto, el factor más relevante explicativamente es la posición social que conlleva esta discriminación. Entonces, si hay personas con rasgos biológicos diferentes pero que ocupan una posición social similar, ellas también ejemplifican esos principios que explican la discriminación en términos estructurales. Si hablamos de discriminación de tipo laboral, económica, cultural, sexual, etc., a mi juicio es claro que mujeres trans, que no hayan tenido tratamiento de reasignación de género, también pueden ocupar esa posición social que es responsable de la discriminación. Por ejemplo, las mujeres trans serían discriminadas a la hora de conseguir trabajo, con respecto a la brecha salarial, en el mundo académico, etc., de manera similar a las mujeres cis, y en muchas ocasiones, de forma más severa. Me resulta difícil comprender cómo las feministas pueden abogar por una categoría de mujer que pretenda ser explicativa de la discriminación de género, que no incluya a las mujeres trans. Me parece que esa exclusión desvirtuaría claramente la comprensión del fenómeno de la discriminación por género.

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