Viernes 21 de septiembre de 2018
Por Tremending 20.09.2018 Público
Este jueves una sentencia del Tribunal Supremo determinaba que cualquier contacto corporal con significación sexual no consentido es abuso y no coacciones como hasta ahora. Una noticia que supone un pequeño avance en la lucha contra la violencia a las mujeres, pero no en este caso. En esta misma sentencia no establece una condena porque "no se expresan con la suficiente claridad los datos fácticos precisos para concluir la existencia de un delito de abuso sexual". “O sea, que sí, para otros casos. Pero en este, no”, reflexionaba a través de Twitter la magistrada Victoria Rosell.
A través de un hilo, Rosell analiza los hechos del caso y propone otro titular "más honesto": "Tocar el pecho y cintura si no consta intención sexual es coacción leve". Una reflexión que han compartido varios usuarios porque "pueden existir razones procesales- conocidas- para no revocar una absolución. Pero no nos lo cuenten al revés. Que no estamos locas".