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El Supremo no actúa contra López Aguilar y reenvía el caso a Canarias

Viernes 8 de mayo de 2015

El tribunal ve un "déficit argumental" en la documentación de la juez de Las Palmas

Reyes Rincón Madrid 5 MAY 2015 El País

El Tribunal Supremo ha rechazado “por el momento” abrir un procedimiento penal contra el eurodiputado y ex ministro de Justicia Juan Fernando López Aguilar por un supuesto caso de maltrato a su mujer. La Sala de lo Penal ha acordado pedirle al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria que rehaga la exposición razonada que envió al Supremo porque en el texto que mandó no hay argumentos para abrir una causa penal contra López Aguilar, aforado en el Supremo por su cargo de eurodiputado.

La Fiscalía había pedido al Supremo que se investigara al exministro, pero en un auto del que ha sido ponente Manuel Marchena, los magistrados sostienen que, por ahora, no hay base jurídica para hacerlo. Los jueces recuerdan que la documentación remitida desde Canarias está integrada por dos procedimientos. El primero, son unas diligencias iniciadas el 10 de enero de 2015 a raíz de una denuncia presentada por Gorka de la Nuez, hijo de la exesposa de López Aguilar. Pero esta causa fue archivada dos días después en un auto que ni el fiscal, ni el denunciante, ni su madre recurrieron, por lo que ya es firme.

Los magistrados reprochan a la juez de Canarias que haya incluido en su escrito aquella denuncia ya archivada. El segundo procedimiento se abrió a partir de un atestado de la policía que investigaba un incendio en la vivienda de la exmujer, pero el Supremo considera que en el relato de la presunta víctima “no existe una sucesión ordenada” de los delitos que se atribuyen al aforado. La mujer, según los jueces, no fue clara al situar temporalmente las agresiones que denunciaba.

La Sala de lo Penal pide a la instructora que “filtre” los hechos incluidos en la denuncia ya sobreseída y concrete los de la segunda. Para el tribunal “resulta ineludible” que la juez haga una nueva exposición razonada en la que precise qué hechos podrían dar lugar, “si así lo considera acreditado”, a la imputación del aforado.

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